Boletín Oficial de la República Argentina del 16/08/2002 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.964 1 Sección lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01 y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 1023/01 y 436/00, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional, excluidos los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.
Que por resultar necesario proceder a la prórroga de contratos para asegurar la continuidad de las actividades de la Administración de Programas Especiales organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, en jurisdicción del MINISTERIO DE
SALUD con personalidad jurídica y con régimen de autarquía administrativa, económica y financiera, fueron suscriptos ad-referendun del PODER EJECUTIVO NACIONAL los contratos agregados en el Expediente del Visto, cuya aprobación se gestiona en esta instancia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 1º del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Decreto 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébanse los contratos celebrados entre la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES y las personas que se mencionan en el ANEXO, que forma parte del presente, conforme las condiciones, plazos, montos mensuales y totales allí consignados.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Ginés M. González García.
NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Capital Federal.

MINISTERIO DE LA PRODUCCION
Decreto 1483/2002
Apruébanse renovaciones y/o prórrogas de contrataciones del Programa Marco de Trabajo denominado Apoyo a la Gestión de Comercio Interior y a las Propuestas Relacionadas con el Mercosur, celebradas por la Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor.
Bs. As., 15/8/2002
VISTO el Expediente Nº S01:0171922/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, el artículo 47 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672
t.o. 1999, la Ley Nº 24.629, la Ley Nº 25.565, la Decisión Administrativa Nº 19 de fecha 27
de marzo de 2002, el Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 17 de fecha 16 de enero de 2002, la Resolución del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA Nº 4 de fecha 28 de febrero de 2002, el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su Decreto Reglamentario Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, y CONSIDERANDO:
Que por medio del artículo 5º de la Ley Nº 24.629, se determinó que los contratos de locación de servicios que resulten indispensables para la cobertura de servicios esenciales, incluidos los de los entes descentralizados, deberán tener respaldo presupuesta-

rio y ser autorizados por decreto del PODER
EJECUTIVO NACIONAL, por Decisión Administrativa, o por Resolución del ente descentralizado, en la que constarán detalladamente los fundamentos de las contrataciones, sus respectivos montos y las obligaciones que generen.
Que por el Decreto Nº 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en éstos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto Nº 601/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01.
Que la creciente complejidad de las funciones propias del Programa Marco de Trabajo denominado APOYO A LA GESTION DE
COMERCIO INTERIOR Y A LAS PROPUESTAS RELACIONADAS CON EL MERCOSUR
dependiente de la SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA
DEFENSA DEL CONSUMIDOR del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, hace aconsejable fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicha Secretaría, resultando necesario aprobar las renovaciones y/o prórrogas de las contrataciones del personal que se detalla en los Anexos I y II adjuntos al presente decreto, efectuadas en el marco del Decreto Nº 1184/01.
Que por resultar necesario proceder a la renovación y/o prórroga de contratos para asegurar la continuidad de las actividades del Programa Marco de Trabajo denominado APOYO A LA GESTION DE COMERCIO INTERIOR Y A LAS PROPUESTAS RELACIONADAS CON EL MERCOSUR dependiente de la SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA DEL
CONSUMIDOR del MINISTERIO DE LA
PRODUCCION, dicha Jurisdicción suscribió ad referéndum del PODER EJECUTIVO
NACIONAL los contratos agregados en el expediente citado en el visto, cuya aprobación se gestiona en esta instancia de conformidad con lo propuesto.
Que se dio cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fecha 15
de marzo de 2002.
Que la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete según lo dispuesto por el artículo 2º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 17/02.
Que la COORDINACION DE CONTRATOS Y
PASANTIAS dependiente de la DIRECCION
GENERAL DE RECURSOS HUMANOS de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete según lo dispuesto por el artículo 3º de la Resolución del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA Nº 4/02.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION Nº 7 de fecha 4 de febrero de 2002.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébanse las renovaciones y/o prórrogas de las contrataciones del Programa Marco de Trabajo denominado APOYO A LA GESTION DE COMERCIO INTERIOR Y A LAS PROPUESTAS RELACIONADAS CON EL MERCOSUR, celebradas entre la SECRETARIA DE LA
COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA
DEFENSA DEL CONSUMIDOR dependiente del MINISTERIO DE LA PRODUCCION y las personas que se detallan en los Anexos I y II, que forman parte integrante del presente decreto, conforme las condiciones, plazos, montos mensuales y totales que se consignan en cada caso.

Viernes 16 de agosto de 2002

2

Que la creciente complejidad de las funciones propias del Programa Marco de Trabajo denominado APOYO A LA GESTION DEL
SISTEMA NACIONAL DE ARBITRAJE DE
CONSUMO dependiente de la SECRETARIA
DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, hace aconsejable fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicha Secretaría, resultando necesario aprobar las renovaciones y/o prórrogas de las contrataciones del personal que se detalla en el Anexo al presente decreto, efectuadas en el marco del Decreto Nº 1184/01.

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Roberto Lavagna.

Que por resultar necesario proceder a la renovación y/o prórroga de contratos para asegurar la continuidad de las actividades del Programa Marco de Trabajo denominado APOYO A LA GESTION DEL SISTEMA NACIONAL DE ARBITRAJE DE CONSUMO
dependiente de la SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR del MINISTERIO
DE LA PRODUCCION, dicha Jurisdicción suscribió ad referéndum del PODER EJECUTIVO NACIONAL los contratos agregados en el expediente citado en el Visto, cuya aprobación se gestiona en esta instancia de conformidad con lo propuesto.

NOTA: Este Decreto se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Capital Federal.

Que se dio cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002.

Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio, de acuerdo a lo indicado en los Anexos I y II
adjuntos al presente decreto.

MINISTERIO DE LA PRODUCCION
Decreto 1484/2002
Apruébanse renovaciones y/o prórrogas de contrataciones del Programa Marco de Trabajo denominado Apoyo a la Gestión del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo, celebradas por la Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor.
Bs. As., 15/8/2002
VISTO el Expediente Nº S01:0171925/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, el artículo 47 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672
t.o. 1999, la Ley Nº 24.629, la Ley Nº 25.565, la Decisión Administrativa Nº 19 de fecha 27
de marzo de 2002, el Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 17 de fecha 16 de enero de 2002, la Resolución del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA. Nº 4 de fecha 28 de febrero de 2002, el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su Decreto Reglamentario Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, y CONSIDERANDO:
Que por medio del artículo 5º de la Ley Nº 24.629, se determinó que los contratos de locación de servicios que resulten indispensables para la cobertura de servicios esenciales, incluidos los de los entes descentralizados, deberán tener respaldo presupuestario y ser autorizados por decreto del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, por Decisión Administrativa, o por Resolución del ente descentralizado, en la que constarán detalladamente los fundamentos de las contrataciones, sus respectivos montos y las obligaciones que generen.
Que por el Decreto Nº491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada - en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001 - en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto Nº 601/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01.

Que la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete según lo dispuesto por el artículo 2º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 17/02.
Que la COORDINACION DE CONTRATOS Y
PASANTIAS dependiente de la DIRECCION
GENERAL DE RECURSOS HUMANOS de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete según lo dispuesto por el artículo 3º de la Resolución del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA Nº 4/02.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA
ha tomado la intervención que Ie compete en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION Nº 7 de fecha 4 de febrero de 2002.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébanse las renovaciones y/o prórrogas de las contrataciones del Programa Marco de Trabajo denominado APOYO A LA GESTION DEL SISTEMA NACIONAL DE ARBITRAJE DE CONSUMO, celebradas entre la SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR dependiente del MINISTERIO DE LA PRODUCCION
y las personas que se detallan en el Anexo, que forma parte integrante del presente decreto, conforme las condiciones, plazos, montos mensuales y totales que se consignan en cada caso.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio, de acuerdo a lo indicado en el Anexo adjunto al presente decreto.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Roberto Lavagna.
NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Capital Federal.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/08/2002 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date16/08/2002

Page count20

Edition count9374

Première édition02/01/1989

Dernière édition22/06/2024

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