Boletín Oficial de la República Argentina del 04/07/2002 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.934 1 Sección
BOLETIN

Jueves 4 de julio de 2002

1

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, JUEVES 4 DE JULIO DE 2002

$ 0,70

AÑO CX

Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.934
PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA
DR. ANTONIO E. ARCURI
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

www.boletin.jus.gov.ar Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 173.974

LEYES
LEY ORGANICA DE LOS PARTIDOS
POLITICOS
Ley 25.611
Modificación de la Ley N 23.298.
Sancionada: Junio 19 de 2002.
Promulgada Parcialmente: Julio 3 de 2002.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1 Modifícase el artículo 5 de la Ley 23.298 el que quedará redactado al siguiente tenor:
Artículo 5. Esta ley es de orden público y se aplicará a los partidos que intervengan en la elección de autoridades nacionales.
ARTICULO 2 Incorpóranse como tercer y cuarto párrafos del artículo 10 de la Ley 23.298
los siguientes textos:

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

Artículo 10. Al solicitar su reconocimiento, las alianzas deberán presentar un acuerdo suscripto por los partidos que la integran, en el que se establezca la forma en que se distribuirán, entre ellos, los aportes públicos para el financiamiento de los partidos y de las campañas. La falta de presentación del acuerdo implicará previa intimación el rechazo de la solicitud de reconocimiento.
El juez federal con competencia electoral interviniente registrará el acuerdo y remitirá copia certificada del mismo al Ministerio del Interior.
ARTICULO 3 Modifícase el artículo 29 de la Ley 23.298 el que quedará redactado al siguiente tenor:
Artículo 29. Las elecciones para autoridades partidarias y para elegir candidatos a cargos electivos, salvo para el cargo de presidente y vicepresidente de la nación y de legisladores nacionales, se regirán por la carta orgánica, subsidiariamente por esta ley y, en lo que resulte aplicable, por la legislación electoral. Las elecciones para candidatos a presidente, vicepresidente y a legisladores nacionales se regirán por lo dispuesto por esta ley y, subsidiariamente, por la legislación electoral.
ARTICULO 4 Incorpórase como artículo 29
bis de la Ley 23.298 el siguiente:
Artículo 29 bis. En los partidos políticos o alianzas electorales nacionales la elección de los candidatos a presidente y vicepresidente, así como la de los candidatos a senadores y diputados nacionales se realizarán a través de internas abiertas. La fecha de la elección deberá ser comunicada por el juzgado federal con competencia electoral de cada distrito.
La campaña electoral para la elección interna abierta podrá iniciarse treinta 30 días antes y deberá finalizar cuarenta y ocho 48 horas antes de la fecha fijada para la elección.
La emisión, en medios televisivos, de espacios de publicidad destinados a captar el sufragio se limitará a los diez 10 días previos a la fecha fijada para la elección.
El juzgado federal con competencia electoral de cada distrito confeccionará y entregará a los partidos políticos o alianzas el padrón que se utilizará en la elección el que incluirá, para cada caso, a los afiliados del partido o de los partidos miembros de la alianza y a los ciudadanos que no tengan afiliación partidaria.
El voto será secreto y no obligatorio. Los ciudadanos podrán votar en la elección interna abierta de sólo un partido o alianza. La emisión del voto se registrará en el documento cívico utilizado, mediante la utilización de un sello uniforme cuyo modelo será determinado por la Cámara Nacional Electoral.
La elección de los candidatos a presidente y vicepresidente se hará por fórmula y será proclamada la candidatura de la fórmula presidencial que haya obtenido la mayoría simple de votos afirmativos válidos emitidos.
La proclamación de los candidatos a senadores y diputados nacionales se realizará conforme al sistema electoral adoptado por cada partido o alianza.
ARTICULO 5 Derógase el inciso c del artículo 50 de la Ley 23.298.

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

SUMARIO
Pág.
ADMINISTRACION FINANCIERA
Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR
PUBLICO NACIONAL
Resolución 41/2002-SH
Apruébase la actualización y ordenamiento de la Clasificación Institucional para el Sector Público Nacional.

8

ADMINISTRACION NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 569/2002-ANSES
Incorpórase a la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Raíces Argentinas Ltda. en la operatoria de Descuentos a Favor de Terceras Entidades.

7

Resolución 570/2002-ANSES
Operatoria de Descuentos a Favor de Terceras Entidades. Renovación del convenio suscripto con la Asociación Mutual Raíces Argentinas.

7

AGENTES DEL SEGURO
DE SALUD
Resolución 783/2002-APE
Adecuación del monto de la franquicia establecida en el inciso 6 del Anexo II de la Resolución N 1/98 al actual contexto económico y financiero y del país.
Excepciones.
CONTRATACIONES DEL ESTADO
Resolución Conjunta 126/2002-ME
y 6/2002-MI
Dase por prorrogado el plazo para el cumplimiento del cometido de la Comisión de Recepción que debe verificar el estado de cumplimiento de prestaciones a cargo de la firma contratista, en relación con la rescisión del contrato suscripto entre el Estado Nacional y Siemens lt Services S.A. para la provisión de un Sistema Integral de Identificación de las Personas, Control Migratorio e Información Eleccionaria.
FACTURAS DE CREDITO
Resolución 142/2002-ME
Exceptúase a los negocios jurídicos correspondientes a diversas actividades, de la obligatoriedad de aplicar el régimen de emisión de factura de crédito, establecido en el Capítulo XV del Título X del Libro II del Código de Comercio.
LEY ORGANICA DE LOS PARTIDOS POLITICOS
Ley 25.611
Modificación de la Ley N 23.298.
PRESUPUESTO
Resolución 34/2002-SH
Dispónese una depuración de las cuentas contables del Balance General, conforme lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley N 11.672 Complementaria y Permanente de Presupuesto t.o. 1999.

3

17

1

3

2

REGISTRO DE LA PROPIEDAD
INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
Disposición Técnico Registral 6/2002-RPICF
Certificación sobre la situación jurídica de un inmueble para más de un acto simultáneos. Reserva de prioridad para cada uno de los trámites iniciados.

SANIDAD ANIMAL
Resolución 536/2002-SENASA
Modificación del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal. Corrales y Anexos. Corrales de estadía de equinos. Descanso de las tropas de vacunos, ovinos, porcinos y equinos.

5

Resolución 537/2002-SENASA
Modificación del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal.
Sellado sanitario de carnes. Sello para bovino, ovino, porcino y caprino.

6

SEGUROS DE RENTA VITALICIA
Resolución Conjunta 28.806-SSN y 8/2002-SAFJP
Contratos de rentas vitalicias en moneda extranjera. Prorrógase el plazo establecido en la Resolución Conjunta SAFJP N 3/2002 y SSN N 28.714.

6

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución 541/2002-SENASA
Modificación de la Resolución N 642/99, mediante la cual se dispuso la confección del digesto jurídico del organismo, al que se denominará Código de Normas SENASA.

3

3

Decreto 1168/2002
Desígnase Subprocurador.

PRODUCTOS FITOSANITARIOS
Resolución 539/2002-SENASA
Instructivo para completar el formulario de inscripción en el Registro Nacional de Establecimientos Productores y/o Formuladores de Productos Fitosanitarios.

12

SERVICIOS POSTALES
Resolución 551/2002-CNC
Dispónese la baja de la firma Ninja Postal S.A. del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

2

PRODUCCION APICOLA
Resolución 535/2002-SENASA
Establécense procedimientos para el traslado de núcleos, paquetes y colmenas de abejas. Permiso Sanitario.

REGISTROS SECCIONALES
DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR
Y DE CREDITOS PRENDARIOS
Resolución 396/2002-MJDH
Procedimiento mediante el cual los Encargados liquidarán los emolumentos mensuales que les corresponde percibir por sus servicios. Retribución prevista para el caso de constataciones referidas a Motovehículos, Maquinaria Agrícola, Vial e Industrial y Créditos Prendarios.

8

PROCURACION DEL TESORO
DE LA NACION
Decreto 1167/2002
Acéptase la renuncia del Subprocurador.

PRODUCCION AGRICOLA
Resolución Conjunta 143/2002-ME y 24/2002-MP
Norma a la que se ajustarán los contratos de canje de insumos agrícolas por producto final y/o de las compraventas de insumos agrícolas concertados en dólares estadounidenses. Derógase la Resolución N
10/2002 del ex Ministerio de Economía e Infraestructura.

Pág.

17

Resolución 558/2002-CNC
Inscríbese a la firma El Postal del Sur S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

5

Resolución 559/2002-CNC
Inscríbese a la firma B & D Comunicación Empresaria S.A. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

5

Resolución 560/2002-CNC
Inscríbese a la firma El Rápido S.A. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

5

Resolución 561/2002-CNC
Inscríbese a la firma American Courier S.A. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

4

Resolución 562/2002-CNC
Inscríbese a la firma IL Postino S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

4

Resolución 563/2002-CNC
Inscríbese a la firma Trans Ban S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

4

SISTEMA NACIONAL
DE PREVISION SOCIAL
Resolución 565/2002-ANSES
Apruébase el calendario de pago de prestaciones del Sistema Nacional de Previsión, para la emisión correspondiente a agosto de 2002.

7

TITULOS HONORIFICOS
Decreto 1165/2002
Otórgase el Título de Aviador Militar Honoris Causa a un oficial de la Fuerza Aérea de la República del Perú.
2 16

14

Decreto 1166/2002
Otórgase el Título de Aviador Militar Honoris Causa a un oficial de la Fuerza Aérea de la República de Bolivia.

2

DECRETOS SINTETIZADOS

2

AVISOS OFICIALES

18

Nuevos
20

Anteriores
22

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/07/2002 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date04/07/2002

Page count24

Edition count9356

Première édition02/01/1989

Dernière édition04/06/2024

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