Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 10/4/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel
BOP TE Número 69
10 de abril de 2024
18
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En Hijar, a fecha de firma electrónica. El Presidente, Alfonso M. Peréz Ornaque.
Núm. 2024-1165
COMARCA DEL BAJO MARTÍN
Mediante decreto de Presidencia de fecha 28 de marzo de 2024 se ha aprobado y dispuesto el sometimiento a exposición pública de las liquidaciones y el padrón-lista cobratoria de los recibos relativos al precio público por la prestación del servicio de ayuda domiciliaria, servicio de apoyo al cuidador, servicio Kanguro y servicios del Centro de Día de la Comarca del Bajo Martín correspondientes al mes de marzo de 2024. Dicha documentación se encuentra a disposición de los interesados en las oficinas generales de la Comarca, sitas en calle Carretera Alcañiz, 72, de Híjar durante el plazo de diez días naturales a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOP TE.
Contra dicha resolución cabe la interposición del recurso de reposición regulado en el artículo 14 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del padrón-lista cobratoria de obligados al pago. Contra su resolución podrán los interesados interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo regulados en la ley de tal orden jurisdiccional.
Se anuncia la cobranza en período voluntario del precio público por la prestación de los servicios arriba mencionados durante el mes de marzo de 2024, realizándose el cargo en cuenta de los recibos domiciliados el día siguiente a la finalización de exposición pública del padrón.
Vencido el período voluntario de pago sin que resultase satisfecha la deuda, se iniciará el período ejecutivo que determina el devengo de los recargos e intereses de demora sobre el importe de la deuda no ingresada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 69 y siguientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Híjar, a 2 de abril de 2024 El presidente, Alfonso Manuel Pérez Ornaque.
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