Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 19/2/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 34

19 de febrero de 2021

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o Se deberá cumplir con todas las medidas de protección del medio ambiente recogidas en el documento ambiental presentado.
o Si en el transcurso de las labores de ejecución se localizara algún resto arqueológico o paleontológico, se deberá comunicar de forma inmediata a la Dirección General de Cultura y Patrimonio para su correcta valoración y tratamiento.
Con carácter previo a la aprobación definitiva deberá presentar tres copias más del documento técnico en papel y 3 copias en formato digital con textos en formato pdf y planos en pdf y formato editable dwg y georreferenciados, incluyendo además los correspondientes planos completos del PGOU a los que debe sustituir esta modificación.
Así mismo, antes de la aprobación definitiva deberá constar en la documentación técnica el estudio económico financiero o memoria de Sostenibilidad Económica debidamente informado por la Unidad de Intervención Municipal.
La aprobación inicial de la modificación fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de 4 de junio de 2019. Durante el periodo de información pública no se presentó ninguna alegación, según certificado del Secretario Accidental del Ayuntamiento, de 1 de agosto de 2019.
En cuanto a la tramitación ambiental de esta modificación, se emitió Resolución de INAGA de 4 de enero de 2019, que determina no someter dicha modificación a procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria, por los siguientes motivos:
La continuidad de los usos que implica la modificación.
La reducida repercusión sobre los valores naturales del término municipal.
No obstante, INAGA emite Informe Ambiental Estratégico, en el que se incorporan las siguientes medidas ambientales:
Se deberá cumplir con todas las medidas de protección del medio ambiente recogidas en el documento ambiental presentado.
Si en el transcurso de las labores de ejecución se localizara algún resto arqueológico o paleontológico, se deberá comunicar de forma inmediata a la Dirección General de Cultura y Patrimonio para su correcta valoración y tratamiento.
Los nuevos desarrollos deberán incorporar medidas de eficiencia y eficacia frente al cambio climático, tanto en el diseño de la urbanización como en la edificación. Para ello se deberán establecer en el proyecto de urbanización, medidas específicas que favorezcan la permeabilidad de los suelos, la integración de infraestructuras verdes, el uso de los modos blandos de transporte, etc. En el ámbito de la edificación se debería impulsar el ahorro y eficiencia en el uso del agua y de la energía.
Durante el trámite de consultas realizado por el INAGA se emitió informe por la Dirección General de Ordenación del Territorio, por la Dirección General de Patrimonio Cultural y por la organización SEO BirdLife. Los dos primeros concluyeron que no se prevén efectos negativos derivados de la modificación, ni sobre el territorio, ni tampoco sobre el patrimonio cultural. El tercero realiza consideraciones generales en relación con la minimización de impactos.
Con respecto a los informes sectoriales, se han solicitado y emitido los siguientes:
Dirección General de Movilidad e Infraestructuras del Gobierno de Aragón, emitido el 20 de agosto de 2018, en sentido favorable.
Informe de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, emitido el 28 de octubre de 2020 en sentido favorable a la modificación, en lo que se refiere a servidumbres aeronáuticas, siempre y cuando las construcciones propuestas u otros objetos fijos postes, antenas, carteles no vulneren las servidumbres aeronáuticas. Este informe recoge el emitido por la Dirección General de Transportes del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón, de 22
de junio de 2020, en sentido favorable.
TERCERO.- La documentación técnica presentada por el Ayuntamiento de Teruel consta de tres ejemplares de la modificación aislada en formato papel y digital, redactados en noviembre de 2019 por el Ingeniero de Caminos D. Ernesto Pradas Sánchez para la empresa ETITER, diligenciados como documento aprobado inicialmente por el Secretario de la Corporación Municipal. Constan de los siguientes documentos:
Documento nº 1: Memoria:
1. Objeto.
2. Antecedentes urbanísticos.
3. Tramitación.
4. Justificación de la modificación planteada.
5. Efectos sobre el territorio.
6. Documentos de que consta la presente memoria.
7. Conclusión.
Anejos a la memoria:
Anejo nº 1: Plano comparativo.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 19/2/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaysEspagne

Date19/02/2021

Page count55

Edition count5745

Première édition02/01/2001

Dernière édition06/06/2024

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