Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 15/9/2017
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel
BOP TE Número 176
15 de septiembre de 2017
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Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno de 31 de julio de 2017 por la que se convocan becas de comedor para el curso 2017/2018, por el procedimiento de concurrencia competitiva.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de esta subvención los progenitores o tutores legales de los alumnos matriculados en centros escolares de la Ciudad, en segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria que cumplan los siguientes requisitos:
Que todos los miembros que componen la unidad familiar del solicitante estén empadronados y residan en el Municipio de Alcañiz.
Se entenderá como unidad familiar del solicitante, el padre, la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, en su caso, los hermanos solteros menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar, a los mayores de edad cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.
En el caso de divorcio, separación legal o de hecho de los padres, no se considerará miembro computable aquel de ellos que en la fecha de solicitud no conviviera con el solicitante, sin perjuicio de que en la renta familiar se incluya su contribución económica. Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, cuya renta se incluirá dentro del cómputo de la renta familiar.
No tener deudas pendientes contraídas con el Ayuntamiento, la Hacienda Pública o la Seguridad Social.
No obtener ayudas de Administraciones Públicas o Entidades sociales para la misma finalidad.
No estar incurso en ningún expediente de reintegro de subvenciones públicas como consecuencia del incumplimiento de los fines de las ayudas conseguidas o de la falta de justificación de las mismas.
No estar incurso en ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones, según lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Para resultar beneficiario de las ayudas del servicio de comedor será requisito indispensable que los ingresos de la unidad familiar o renta anual disponible familiar en 2015 no superen en valor al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples I.P.R.E.M, creado por Real Decreto-Ley 3/2004, de 25 de junio, determinado anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, fijado en 6.390,13 euros anuales multiplicado por dos, estableciéndose el límite de renta en 12.780,26 euros.
Segundo. Objeto.
El objeto de la subvención es regular el procedimiento de concesión de ayudas, becas, destinadas a sufragar los gastos ocasionados por el uso del servicio de comedor escolar del alumnado escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos, en el término municipal de Alcañiz, para el curso 2017/2018.
Tercero. Cuantía de la ayuda.
La cuantía individualizada de las ayudas previstas es de ochocientos sesenta euros 860 € por beneficiario y curso escolar completo, debiendo asumir el padre, madre o tutor legal del alumno el resto del importe del servicio de comedor escolar que se señale en los centros públicos. En los centros privados concertados, el padre, madre o tutor legal abonarán la diferencia entre la ayuda concedida y el importe del servicio de comedor establecido por la titularidad del centro. El importe mensual de la ayuda ascenderá a ochenta y seis euros 86 € por beneficiario y mes.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes se presentarán en el modelo normalizado que figura como Anexo de esta convocatoria en el Registro General del Ayuntamiento, o por cualquiera de los medios establecidos en Derecho. El plazo de presentación será de 15 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
ALCAÑIZ, 13 de septiembre de 2017.- El Alcalde-Presidente de Alcañiz, D. Juan Carlos Gracia Suso
Núm. 74.002
MONREAL DEL CAMPO
Solicitada por Esther Núñez García en representación de Reciclados del Levante, S.L. licencia ambiental de actividad clasificada para ACONDICIONAMIENTO DE NAVE INDUSTRIAL PARA INSTALACIÓN DE
PLANTA DE GESTIÓN DE RESIDUOS NO PELIGROSOS a emplazar en polígono industrial "El Tollo", parcela 9.1, referencia catastral 9944328XL3194S0001WE, según Proyecto redactado por el ingeniero técnico industrial D. Jacinto Polo Angosto, visado con fecha 30-06-2016, en este Ayuntamiento se tramita el oportuno expediente.
En cumplimiento con el artículo 77.3 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se procede a abrir período de información pública por un periodo de quince días natura-