Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 29/7/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 174

Jueves 29 de julio de 2021

de audiencia al interesado, a los ciudadanos afectados y al público interesado indicando que el plan de restauración del proyecto de investigación mencionado podrá ser examinado, informando previamente lo que sigue:
a Solicitud de autorización del plan de restauración: 15 de octubre de 2020.
b Autoridad competente para resolver: Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Sevilla.
c Propuesta de resolución: a la vista de la documentación aportada por el peticionario se propone resolución favorable al plan de restauración con fecha 8 de junio de 2021 para el PI Al-Andaluz Fr. 1. RSC 7950-1, y del 22 de junio de 2021 para los PI Al-Andaluz Fr. 2. RSC 7950-2 y PI Al-Andaluz Fr.3. RSC 7950-3, sin perjuicio de las alegaciones que pudieran ser presentadas en el periodo de información pública, y de los informes y condicionados que pudieran presentar los organismos consultados.
d Plazo de exposición al público: 30 días, desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio.
f Lugar de exposición: La documentación podrá consultarse en el Departamento de Minas del Servicio de Industria, Energía y Minas de la Delegación Territorial en Sevilla, en horario de 9.00 a 14.00 mediante cita previa dirigida a la siguiente dirección de correo: departamento.minas.sevilla.dgob@juntadeandalucia.es y en la Web de la Junta de Andalucía en el portal de la Transparencia https juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html, donde estará expuesto durante un periodo de 30 días vinculados al boletín oficial de mayor alcance territorial.
g Procedimiento de participación pública: los establecidos en los artículos 82 a 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y artículo 6.5 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio.
Tercero. Las alegaciones y/o aportaciones adicionales, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta el presente acuerdo, deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, pudiendo ser en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía o en cualquier registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Sevilla a 23 de junio de 2021.La Delegada Territorial, María del Mar Rull Fernández.
8W-6382-P

Delegación Territorial en Sevilla Convenio o acuerdo: Ayuntamiento de Lora de Estepa.
Expediente: 41/01/0068/2021.
Fecha: 2 de junio de 2021.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Destinatario: José Hidalgo Jiménez.
Código: 41101072012021.
Visto el convenio colectivo del Ayuntamiento de Lora de Estepa Código 41101072012021, suscrito por la referida entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia en los términos del artículo 2 del texto convencional.
Visto lo dispuesto en el artículo 90.2 Del real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre E.T., por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores Boletín Oficial del Estado 255, de 24 de octubre de 2015, de acuerdo con el cual los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.
Visto lo dispuesto en los artículos 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado 143, de 12 de junio de 2010, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, serán objeto de inscripción en los registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de planes de igualdad y otros.
Visto lo dispuesto en los artículos 3, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado núm. 143
de 12 de junio, Real Decreto 4043/82 de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, Decreto 32/2019, de 5 de febrero y Decreto 26/2020, de 24 de febrero, que regulan la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificando el Decreto 342/2012, de 31 de julio. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto 6/2019, de 11 de febrero, en relación con el Decreto 100/2019, de 12 de febrero que regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 31, de 14 de febrero de 2019, modificado por Decreto 115/2020
de 8 de septiembre Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 55, de 10 de septiembre de 2020.
Esta Delegación Territorial acuerda:
Primero.Registrar y ordenar el depósito del convenio colectivo del Ayuntamiento de Lora de Estepa Código 41101072012021, suscrito por la referida entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia en los términos del artículo 2 del texto convencional.
Segundo.Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
En Sevilla a 2 de junio de 2021.La Delegada Territorial, María del Mar Rull Fernández.
CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE LORA DE ESTEPA PARA EL PERIODO 2021-2023

Preámbulo El presente convenio es fruto del acuerdo de la Mesa General de Negociación constituida al amparo de lo establecido en el artículo 31 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, sobre regulación de los Órganos de Representación, Determinación de las condiciones de trabajo y Participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y cumpliendo los requisitos de representación y capacidad de firma establecidos por los artículos 87 y 88 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores. Es voluntad de las partes, que dicho acuerdo suponga un compromiso mutuo en la mejora de los servicios públicos municipales, alcanzando los niveles de eficacia y eficiencia necesarios en su gestión, y estableciendo un marco normativo común para el personal laboral y funcionarios.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 29/7/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaysEspagne

Date29/07/2021

Page count64

Edition count6939

Première édition02/11/1999

Dernière édition30/11/2022

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