Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 14/11/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

Registrada bajo el Nº 12054
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º - Apruébase el Contrato de Comodato suscripto en fecha 12 de Enero de 2001
entre la Empresa Provincial de la Energía, dependiente del Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda y la Comuna de San Agustín, mediante el cual se cede a esta última el inmueble ubicado en calle Santa Fe y Córdoba de la localidad de San Agustín, departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, inscripto en el Registro General Santa Fe en el Tomo 266
P, Folio 939, N 34.884/91.
Dicho Contrato de Comodato fue aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto N 1229
en fecha 4 de Junio de 2001 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el número 1419 el 28 de Junio de 2001, Folio 211, Tomo III, el que se adjunta a la presente ley pasando a formar parte integrante de la misma.
ARTICULO 2º - Autorízase al Poder Ejecutivo a donar a la Comuna de San Agustín, departamento Las Colonias, el inmueble referido en el artículo precedente, inscripto en el Registro General Santa Fe al Tomo 266 P, Folio 939, N 34.884/91.
ARTICULO 3º - La donación se autoriza con el cargo que el inmueble sea destinado al funcionamiento de un aula satelital y para el desarrollo de tareas comunitarias y sociales de interés público.
ARTICULO 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE A LOS
DIECISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.Alberto Nazareno Hammerly Presidente Cámara de Diputados Norberto Betique Presidente Provisional Cámara de Senadores Avelino Lago Secretario Parlamentario Cámara de Diputados Dr.Ricardo Paulichenco Secretario Legislativo Cámara de Senadores SANTA FE, 6 de noviembre de 2002
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello ocial y publíquese en el Boletín Ocial.
CARLOS REUTEMANN
Gobernador de Santa Fe La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2 Piso - Santa Fe Tel.0342-4506607 - email:ditecleg@arnet.com.ar

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 14/11/2002

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaysArgentine

Date14/11/2002

Page count24

Edition count695

Première édition03/05/2002

Dernière édition24/05/2024

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