Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 30/8/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2016 - Año Bicentenario de la Declaración de la Independencia de la República Argentina Memoria, Verdad y Justicia.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXI Nº 5067

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 30 de Agosto de 2016.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. JUAN FRANCO DONNINI
Ministro de Economía y Obras Públicas Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud Prof. ROBERTO LUIS BORSELLI
Presidente Consejo Provincial de Educación Dra. ANGELINA MARIA ESTHER ABBONA
Fiscal de Estado
suales, Interactivos y de Datos SATSAID en el marco de la Ley N 2986 de Negociación Colectiva del Sector Público consistente en el incremento del diez por ciento 10% al básico, retroactivo al 1
de junio del año 2016; el incremento del diecisiete por ciento 17 % en el adicional por antigedad, quedando en ciento diez pesos $ 110 hasta el 31
de agosto, fijándose en la suma de pesos ciento sesenta $ 160,00 a partir del 1 de septiembre bajo la modalidad dispuesta en el acta; incremento del ciento nueve por ciento 109 % en el adicional por refrigerio, quedando el mismo en ciento quince pesos $ 115,00 por día; equiparación del adicional por título y del adicional por responsabilidad profesional y/o técnica con los importes acordados en la paritaria central, todo ello conforme surge del Anexo I que forma parte del presente; recategorización del personal en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo según el listado adjunto como Anexo II del acta que se homologa; la modificación del escalafón del personal de planta permanente que se encuentra dentro del régimen de la Administración Pública Central y que presta funciones en LU
85 TV Canal 9 al Convenio Colectivo 131/75 del SATSAID conforme Anexo IV del acta celebrada;
efectivizar el pase a planta permanente del personal contratado bajo el Convenio Colectivo de Trabajo propuesto en el Anexo III que cumpla con los requisitos correspondientes a partir del 1 de junio de 2016 conforme surge del acta en cuestión; el pase a planta permanente a través del Ministerio Secretaría General de la Gobernación del personal encuadrado en el Decreto N 1490, cuyo listado se detalla en el Anexo V; y la incorporación del adicional del código 736 a aquellos agentes que cumplan efectivamente con los requisitos de las Leyes Provinciales Nros. 1808 y 1885 conforme el listado adjunto por la Asociación Sindical; en un todo de acuerdo a los considerandos del presente y al Acta y Anexos que forman parte integrante del mismo.Artículo 2.- ESTABLECESE que los incrementos acordados se efectuarán conforme las modalidades establecidas en el acta de paritaria que se homologa.Artículo 3.- AUTORIZASE al Ministerio de Economía y Obras Públicas de la Provincia para que a través de la Contaduría General de la Provincia, emita las instrucciones pertinentes para instrumentar operativamente los alcances del presente Decreto, facultándolo además a efectuar las adecuaciones presupuestarias que correspondan dentro de los alcances del presente.Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno y la señora Ministra Secretaria en el Departamento Secretaría General de la Gobernación.
Artículo 5.- PASE al Ministerio de Gobierno Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social quien realizará las comunicaciones de práctica y al Canal Provincial de Televisión L.U. 85 T.V. Canal 9 a sus efectos, tomen conocimiento los Ministerios de Economía y Obras Públicas, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.-

decretoS del poder ejecutivo DECRETO Nº 1157

RIO GALLEGOS, 14 de Junio de 2016.VISTO:
El Expediente MG-STySS N 559.021/16, elevado por el Ministerio de Gobierno;
CONSIDERANDO:
Que como continuidad de las Negociaciones Colectivas de Trabajo de los diversos sectores que forman parte de Administración Pública Provincial, se pone a consideración de este Poder Ejecutivo el acuerdo arribado entre los representantes del Estado Provincial y el Sindicato Argentino de Televisión, Telecomunicaciones, Servicios Audiovisuales, Interactivos y de Datos SATSAID en la audiencia celebrada el día 1º de Junio del año 2016, en el marco de la Ley N 2986 de Negociación Colectiva del Sector Público;
Que en virtud de ello, y dentro del marco de diálogo que insumieron tales negociaciones, en sesión de fecha 1º de junio del año 2016, se han acordado una serie de puntos y propuestas previamente debatidas en sesión de fecha 17 de mayo del año 2016;
Que en el marco de lo expuesto, el Poder Ejecutivo propuso diversos puntos relacionados a distintos porcentajes respecto al salario básico; al adicional por antigedad; adicional por refrigerio; equiparación del adicional por título y por responsabilidad profesional y/o técnica, adjuntando cuadros anexos con las modificaciones propuestas, las cuales serán de aplicación a partir del 1º de junio del año 2016;
Que en dicho orden las partes acuerdan el incremento del diez por ciento 10% al básico, retroactivo al 1º de junio del año 2016; el incremento del diecisiete por ciento 17 % en el adicional por antigedad, quedando en ciento diez pesos $ 110 hasta el 31 de agosto, fijándose en la suma de pesos ciento sesenta $ 160,00 a partir del 1º de septiembre del año 2016, bajo la modalidad dispuesta en el acta; incremento del ciento nueve por ciento 109 % en el adicional por refrigerio, quedando el mismo en ciento quince pesos $ 115,00 por día; equiparación del adicional por título y del adicional por responsabilidad profesional y/o técnica con los importes acordados en la paritaria central, todo ello conforme surge del Anexo I que forma parte del presente;
Que en la misma sesión se acordó la recategorización del personal en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo según el listado adjunto como Anexo II del acta que se Homologa;
Que asimismo las partes consensuan que el personal de planta permanente que se encuentra dentro del régimen de la Administración Pública Central y que presta funciones en LU 85 TV Canal 9, modificarán su escalafón al Convenio Colectivo 131/75 del SATSAID conforme Anexo IV del acta celebrada;
Que por otra parte, y luego de un intenso debate, se acuerda hacer efectivo el pase a planta permanente del personal contratado bajo el Convenio Colectivo de Trabajo propuesto en el Anexo III, que cumpla con los requisitos correspondientes a partir
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5067 DE 26 PAGINAS

del 1º de junio del año 2016; conforme surge del acta en cuestión;
Que en el mismo sentido, se acuerda el pase a planta permanente a través del Ministerio Secretaría General de la Gobernación del personal encuadrado en el Decreto N 1490, cuyo listado se detalla en el Anexo V;
Que finalmente las partes acuerdan incorporar el adicional del código 736 a aquellos agentes que cumplan efectivamente con los requisitos de las Leyes Provinciales Nros. 1808 y 1885 conforme el listado adjunto por la Asociación Sindical y según la modalidad allí dispuesta;
Que habiendo tomado intervención el Ministerio Secretaría General de la Gobernación, mediante Nota N 158/SP/MSGG/16, se informa que por un error involuntario de las partes intervinientes en la paritaria que se homologa se han consignado en forma inexacta algunas referencias numéricas tanto en la redacción del Acta como en los Anexos;
Que a esos fines y con el consenso de las partes signatarias del Acta al pie de la nota en cuestión corresponde que donde dice: Anexo III, se deba leer como Anexo IV y donde dice Anexo IV se lea como Anexo III;
Que como consecuencia del informe consignado, corresponde la readecuación de las referencias tanto en el acta como en sus Anexos;
Que en función al desarrollo antes expuesto, a Fs.
24 la Secretaría de Trabajo insta el pertinente trámite conforme lo establece la Ley 2986.
Por ello, atento al estado de las actuaciones, con arreglo a las previsiones contenidas en el Art. 119 de la Constitución Provincial, Artículo 13 de la Ley N 2986;
Por ello y atento a los Dictámenes DPAJ-N
474/16, emitido por la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 25 y SLyT-GOBN 0642/16, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- HOMOLOGASE el Acuerdo arribado en audiencia paritaria celebrada en fecha 1
de junio del año 2016, entre los representantes del Estado Provincial y el Sindicato Argentino de Televisión, Telecomunicaciones, Servicios Audiovi-

Dra. KIRCHNER Dr. Fernando Miguel Basanta Sra. Claudia Alejandra Martínez

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 30/8/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date30/08/2016

Page count26

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

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