Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 23/4/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 804

Santa Rosa, 23 de Abril de 2010

Artesanal Central Honorio Jiménez, Agrupación Mujeres Solidarias, Centro Prestador de Asistencia Socio Económico, Asociación Centro de Jubilados y Pensionados de Villa Santillán, Comisión de Apoyo de la Escuela de Danzas Folklóricas Argentinas Firmamento Criollo, Agrupación Gaucha El Lonjazo, todas con domicilio legal en la ciudad de Santa Rosa, que en el plazo de 15 días computados desde el octavo posterior a la última publicación en el Boletín Oficial, deberán presentar en la Coordinación de Fiscalización dependiente del Ministerio de Bienestar Social, sita en calle Bartolomé Mitre N 143 de Santa Rosa, la documental que de cuenta del cumplimiento de sus respectivas disposiciones estatutarias y de las legales vigentes, bajo apercibimiento de hacer cesar su autorización para funcionar conforme lo expuesto en los considerandos precedentes Decreto 132/07 y artículo 47 del Decreto 1684/79.
A esos efectos, publíquense edictos por 3 días en el Boletín Oficial.-

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Res. Nº 187
-12-IV-10- Art. 1º.Declárase la caducidad de los beneficiaries otorgados a la señora María E. MAGARIÑOS, DNI
Nº 13.384.032, mediante Resolución Nº 220/01, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula SÉPTIMA
del Contrato de Mutuo obrante a fojas 25/26, y de conformidad a lo expuesto en los considerandos precedentes, adeudando al 31 de Marzo de 2010, la suma de $ 8.571,08.Res. Nº 193 16-IV-10- Art. 1º.- Otórgase un Aporte no Reintegrable por la suma de $
30.000,00, a favor de la Municipalidad de La Humada- 072-9-, destinado a la reparación, mantenimiento y limpieza de la represa y canales que abastecen de agua al Emprendimiento Productivo Agua de Torres.Res. Nº 194 16-IV-10- Art. 1º.Reintégrese al señor Fabio Raúl BRUNENGO, DNl N 18.053.678, con domicilio en calle 31 N 1885, de la ciudad de General Pico, la suma de $
1.362,24, en un todo de conformidad a lo expuesto en los considerandos precedentes.Res. Nº 195 16-IV-10- Art. 1º.- Otórgase un Aporte no Reintegrable por la suma de $
30.000,00, a favor de la Municipalidad de Rancul 187-5-, destinado a la compra de ganado vacuno para el tambo del "Instituto Agrotécnico Rancul", de la mencionada localidad.Res. Nº 196 16-IV-10- Art. 1º.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $
7.300,00, a favor de la Municipalidad de Macachín -012-5-, para cubrir gastos de Capacitación y
BOLETÍN OFICIAL N 2889

Asistencia Técnica de la Planta de Desecado de la Unidad Demostrativa de Aromáticas.Res. Nº 199 16-IV-10- Art. 1º.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $
30.000,00, a favor de la Municipalidad de Conhello -081-0-, que será destinado para cubrir los gastos de Capacitación y Asistencia Técnica a productores de miel; con el fin de lograr mejorar la producción y calidad de la misma, y ubicar a la Provincia en una posición superior de comercialización.-

MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 12
Santa Rosa, 08 de Abril de 2010
VISTO:
Lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley N 2548 - Impositiva Año 2010 - y el Decreto N
405/10, y CONSIDERANDO:
Que, en el marco del artículo 50 de la Ley N 2548 - Impositiva Año 2010 -, por el Decreto N
405/10 se incrementaron en un treinta por ciento 30 % las alícuotas a aplicar por los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuyas sumatoria de bases imponibles correspondientes al año 2009 superen los PESOS
QUINIENTOS MILLONES $ 500.000.000.- o desarrollen actividades de préstamo de dinero, descuento de documentos y similares, siendo sujetos no regidos por la Ley Nacional N 21526 de Entidades Financieras;
Que, la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral y esta Dirección General de Rentas han aprobado los aplicativos denominados SiFeRe Sistema Federal de Recaudación Convenio Multilateral y DJIBOD, respectivamente, mediante los cuales se posibilita la confección de las declaraciones juradas anuales y mensuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;
Que, a fin de facilitar el cumplimiento espontáneo de las obligaciones fiscales aplicando la modificación de alícuotas antes referida, resulta conveniente aprobar una nueva versión del aplicativo DJIBOD, así como detallar los nuevos valores de las alícuotas resultantes;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 8, 9 y 10 del Código Fiscal t.0. 2006;
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 23/4/2010

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaysArgentine

Date23/04/2010

Page count69

Edition count919

Première édition09/06/2000

Dernière édition30/12/2020

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