Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Octubre, 09 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 114

un Diario local por por TRES VECES en CINCO DÍAS, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación d e los mismos art. 162 del C.P.C.. SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de septiembre de 2023. Firmado por Chorolque, Liliana - Secretario de Cámara.04/06/09 OCT. LIQ. Nº 33811 $1.650,00.Dr. Gustavo Alberto Toro Vocal Pte. de la Cámara Civil y Comercial - Sala IV del Centro Judicial San Pedro, en Expte. No A-046412/2010
caratulado: "Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: ACUÑA, ANTONIA c/ LEACH SA. ARGENTINE ESTATES LIMITED", procede a notificar el siguiente proveído:- San Pedro de Jujuy, 7 de septiembre de 2023. I.- Previo a correr traslado de la demanda y atento lo solicitado por la actora en escritos digitales N 660801 y 773151, cítese como terceros interesados al presente proceso al ESTADO PROVINCIAL DE JUJUY, con domicil io en calle San Martín 450, y a la MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE JUJUY, con domicilio en Mitre 285 esq. Alsina, a los colindantes Sres. Juan Carlos CHOQUE con domicilio en Avenida 25 de Mayo N474, B 23 de Agosto y Dolores Teresa QUIROGA de JUAREZ con domicilio en calle Buenos Aires N373, B 23 de Agosto de 373 y a toda persona que se considere con derecho sobre el inmueble en cuestión; para que tomen conocimiento del juicio y si consideran afectados sus derechos soliciten en forma expresa, clara y concluyente y en el plazo de QUINCE15 DIAS HABILES la participación como demandados, haciéndoles saber que su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos art. 534 Cód. Proc. Civil.- II.- Sin perjuicio de lo precedente, ordénesecon la intervención de Oficial Público o juez de paz de la localidad - la colocación en lugar visible del acceso al inmueble, de Cartel Indicativo que deberá expresar las referencias necesarias de la existencia del juicio, cuyas medidas no podrán ser menor a 2,00 m x 1,50 m, debiend o acreditarse su emplazamiento con tomas fotográficas y acta de constatación labrada al efecto art. 536 Cód. Proc. Civil.- III.- Asimismo, y en razón del principio de publicidad dispuesto en el art. 7 del Cód. Proc. Civil, y dispónese la publicación de edictos por tres 3 veces en cinco 5 días en Boletín Oficial y un diario autorizado de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble art.531 2do. párrf. del Cód. Proc. Civil.- Además, y conforme lo dispuesto en el art.535, los edictos deberán ser exhibidos en el el Municipio, y se trasmitirán mediante radiodifusión local, durante 30 días , debiendo acreditarse con la certificación respectiva.- IV.Finalmente, una vez transcurridos QUINCE 15 DIAS HABILES, contados a partir de la última notificación de los individualizados en apdo.III precedente, se correrá traslado de la demanda conforme lo previsto en el art. 537 del Cód. Proc. Civil, proveyéndose en su caso-, los requisitos establecidos en el art.531 del Cód. Proc. Civil respecto a los propietarios ignorados o indeterminados.- V.-Notifíquese por cédula.- Firmado: Dr. GUSTAVO ALBERTO TORO.- Vocal Presidente de Trámite.- Ante mi Dra. ROMINA Y. ALEJANDRA PEREZ.- Prosecretaria.- Publíquese por tres 3 veces en cinco 5 días en Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.- San Pedro de Jujuy, 20 de septiembre de 2023.04/06/09 OCT. LIQ. Nº 33888-33889-33890 $1.650,00.El Dr. JOSE A. LÓPEZ IRIARTE JUEZ de la sala I, Vocalía N 2 de la C. C. y C. en el Expte C 107559/18: PRESCRIPCION ADQUISITIVA
DE INMUEBLE: LOPEZ LUCINDA c/ CASASOLA ADRIAN SUS HEREDEROS y CONTRA QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO, procede a notificar la siguiente sentencia: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, a los ocho días del mes de septiembre de 2023, los señores jueces de la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia, Dres. JOSÉ ALEJANDRO LÓPEZ IRIARTE, ESTEBAN JAVIER ARIAS
CAU y ELBA RITA CABEZAS, bajo la presidencia del primero de los nombrados, vieron el Expediente N C -107.559/2018, caratulado: PRESCRIPCION
ADQUISITIVA DE INMUEBLES: LOPEZ, LUCINDA c/ CASASOLA, ADRIAN SUS HEREDEROS y QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO
SOBRE EL INMUEBLE A USUCAPIR y su agregado Expediente: C-063.515/2016, caratulado MEDIDAS PREPARATORIAS A LA PRESCRIPCIÓN
ADQUISITIVA: LOPEZ, LUCINDA C/ CASASOLA, ADRIÁN Y/O QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO SOBRE EL INMUEBLE A
PRESCRIBIR; en los que: El Dr. José Alejandro LÓPEZ IRIARTE, dijo: El Dr. Esteban Javier ARIAS CAU dijo: Que comparto el criterio sostenido por el ponente, habiendo sido objeto de deliberación y análisis todos los aspectos que presentaba el proceso, por lo que adhiero al voto emitido. La Dra. Elba Rita CABEZAS dijo: Que por idéntico fundamento que el expresado por el preopinante, entiendo que se debe fallar en el sentido expuesto en el primer voto. Por todo lo expuesto la Sala I de la Cámara en lo Civil y Provincial de Jujuy, RESUELVE: I.- Hacer lugar a la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva de dominio promovida por la Sra. Lucinda LOPEZ en contra de ADRIAN CASASOLA y/o sus HEREDEROS y, en consecuencia, declarar que por la posesión por más de veinte años la demandante ha adquirido por usucapión, el 11 de septiembre de 2010, la propiedad del inmueble individualizado como Circunscripción 3, Sección 1, Parcela 19, Manzana 34, Padrón JB6323, Matrícula B-4574, ubicado en la calle Salta no 72 del Barrio Santa Ana de la ciudad de MONTERRICO, Provincia de Jujuy. II.- III.- IV.- Ordenar la publicación de los edictos de la parte dispositiva de la sentencia de conformidad al art.
541 del C.P.C. V.- Firme y ejecutoriada la presente sentencia, acreditada la publicación de edictos ordenada en el punto anterior, y una vez acompañado por la demandante el certificado de pago previsto por el artículo 168 del Código Fiscal de la Provincia de Jujuy, líbrese oficio a la Dirección General de Inmuebles para la inscripción de la prescripción adquisitiva declarada en el punto I.-, a cuyo efecto se extenderá testimonio de la parte dispositiva de la presente, dejándose constancia que una vez cumplida la inscripción se entregará como título a la parte actora. VI.- Registrar, protocolizar, agregar copia en autos, notificar por cédula, dar intervención a C.A.P.S.A.P. y a la Dirección Provincial de Rentas y oportunamente archivar. Fdo.: Dres. José Alejandro López Iriarte - Esteban Javier Arias Cau - Elba Rita Cabezas. Jueces. Ant mi: Dra. Eleonora Aurea Calluso - Secretaria.
04/06/09 OCT. LIQ. Nº 33949 $1.650,00.La Dra. SAPAG ANA MARIA del HUERTO, JUEZ - Vocal de la Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, y Pte. de trámite en Expte. nº C- 102.138/17, PRESCRIPCION ADQUISITIVA de INMUEBLE: VILLALOBOS FRANCISCO CELESTINO c. PASQUINI
LOPEZ JORGE, ha dispuesto lo siguiente -"SAN SALVADOR de JUJUY, 24 de AGOSTO del 2.023 1. Atento el informe actuarial que antecede y lo solicitado por el Dr. Alejandro D. Copa, y en virtud de lo previsto por el Art. 298 2 apartado - del C.P.C., dése por decaído el derecho a contestar la demanda al Sr. Jorge Pasquini López. Firme, se designara como representante de los mismos al Sr. Defensor Oficial Civil que por turno corresponda. 2.
notifíquese al Sr. Jorge Pasquini López por medio de Edictos por TRES veces en CINCO días en el Boletín Oficial y un diario l ocal. 3.- 4.- Notifíquese Fdo. DRA. MARIA DEL HUERTO SAPAG - JUEZ - ANTE MI AGUSTINA TAGLIOLI - SECRETARIA.04/06/09 OCT. LIQ. Nº 33947 $1.650,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION

Dra. Mirta del Milagro Vega, Juez por Habilitación del Tribunal de Familia, Vocalía Unipersonal Nº 8, Centro Judicial San Pedro, Provincia de Jujuy, hace saber que en el Expte. Nº D 041650/22, caratulado: CESACION DE CUOTA ALIMENTARIA: CHOCALA, GERARDO c/ ROMERO, MARCOS
EZEQUIEL, se ha dictado la siguiente resolución: San Pedro de Jujuy, 03 de agosto del 2022.-I.- Téngase por presentado al Sr. Gerardo Chocala D.N.I. Nº
3244

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/10/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date09/10/2023

Page count31

Edition count1199

Première édition10/01/2018

Dernière édition21/05/2024

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