Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/7/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Julio, 13 de 2022.

Boletín Oficial Nº 77

PLANIFICACION ESTRATEGICA Y MODERNIZACION"

ARTICULO 2.- Modifícase la Estructura Orgánico-Funcional del Ministerio de Ambiente, como a continuación Se indica:
A Suprímase la U. DE O. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL.
Créase la U. de O. SECRETARIA DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL.
B Suprímase la U. DE O. DIRECCION DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y PROYECTOS AMBIENTALES.
Créase la U. DE O. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CAMBIO CLIMATICO.
ARTICULO 3.- Como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo 2 del presente Decreto Acuerdo:
SUPRIMASE:
Cargos:
Director Provincial de Ordenamiento Ambiental Territorial Director de Planificación Estratégica y Proyectos Ambientales TOTAL
CREASE:
Cargos:
Secretario de Ordenamiento Ambiental Territorial Director Provincial de Cambio Climático TOTAL

N
1 1
2 N
1 1
2

ARTICULO 4.- Apruébanse el Anexo I "Misiones y Funciones de la Secretaría de Ordenamiento Ambiental Territorial y de la Dirección Provincial de Cambio Climático", y el Anexo II "Organigrama del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático" que forman parte del presente Decreto Acuerdo.ARTICULO 5.- Autorizase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar las modificaciones presupuestarias y transferencia de créditos correspondientes, a los fines del cumplimiento del presente Decreto.ARTICULO 6.- Una vez realizadas las transferencias pertinentes, lo dispuesto en este Decreto se atenderá con la respectiva partida de gastos de personal, prevista para el Ministerio de Salud, y en caso de resultar insuficiente, autorízase a Contaduría de la Provincia a .realizar las transferencias de crédito necesarias tomando fondos de la partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a cargo del Tesoro 1 -1-1-1-1-20 para refuerzo de Partidas de Personal y Reestructuraciones.ARTICULO 7.- Dese a la Legislatura de la Provincia para su ratificación.ARTICULO 8.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para su publicación en forma integral, y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Gobierno de Justicia; Ha cienda y Finanzas; Desarrollo Económico y Producción; Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Salud; Desarrollo Humano; Educación; Trabajo y Empleo; Cultura y Turismo;
Seguridad y de Planificación Estratégica y Modernización. Pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva-al Ministerio de Ambiente a demás efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

ANEXO I
SECRETARIA DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL
MISION:
La Secretaría de Ordenamiento Ambiental Territorial tiene como misión el ordenamiento ambiental, teniendo en cuenta los aspectos políticos, físicos, sociales, tecnológicos, culturales, económicos, jurídicos y ecológicos de la realidad provincial, deberá asegurar el uso ambientalmente adecuado de los recursos ambientales, posibilitar la máxima producción y utilización de los diferentes ecosistemas, garantizar la mínima degradación y desaprovechamiento y promover la participación social, en las decisiones fundamentales del desarrollo sustentable.
Asimismo tiene como misión organizar el flujo de la información para conducir las actividades de desarrollo, la disponibilidad de un sistema de información ambiental es imprescindible y fundamental para lograr una gestión ambiental eficaz y rigurosa, capaz de realizar una asignación optima de los recursos naturales, la difusión pública del conocimiento sobre las condiciones y limitaciones en las que pueden desenvolverse las actividades de producción y consumo, y asegurar, dentro de un modelo de desarrollo duradero, el mantenimiento y mejora de la calidad de vida de la población jujeña.
Promover el ordenamiento ambiental territorial, dentro de la concepción de un desarrollo sostenible surge la necesidad de un profundo conocimiento de la información medioambiental tanto para el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático y todos los otros organismos responsables de nuestra Provincia , que participan en los procesos de toma de decisiones.
FUNCIONES:
1.
Entender en el ordenamiento y en la planificación ambiental, colaborando con la Superioridad en el diseño y ejecución de políticas en la materia 2.
Brindar orientación a las entidades territoriales, a los esquemas asociativos territoriales, a las áreas metropolitanas, municipios, comunas y a las regiones de planeación y gestión, en materia de ordenamiento ambiental del territorio.
3.
Participar en la elaboración de regímenes normativos que permitan la instrumentación jurídica-administrativa del ordenamiento ambiental del territorio 4.
Liderar y /o participar en diagnósticos biofísicos y socioculturales para e1 OAT.
5.
Participar y gestionar un Plan para el Ordenamiento Ambiental Territorial.
6.
Gestionar y/o participar en la formulación y evaluación de planes, programas y proyectos de desarrollo ambiental locales en función del OAT.
7.
Gestionar y monitorear la ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo ambiental para el cumplimiento del OAT.
8.
Gestionar y/o participar en la formulación, evaluación y control de políticas, planes, programas y proyectos para el uso, manejo y conservación del suelo y la biodiversidad.
9.
Diseñar y gestionar sistemas de gestión ambiental.
10. Desarrollar la estructura de funcionamiento global del territorio provincial, procurando generar la coordinación inter jurisdiccional entre los Municipios.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/7/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date13/07/2022

Page count36

Edition count1199

Première édition10/01/2018

Dernière édition21/05/2024

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