Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/9/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 04 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 106

9316-G-19, asignada a la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ley 6149 Ejercicio 2020.ARTICULO 4.- Como consecuencia de lo dispuesto por el Artículo 2, y en virtud de las previsiones del Decreto-Acuerdo N 9316-G-19, a partir de la fecha del presente Decreto queda resuelto el Contrato de Locación de Servidos suscripto entre el Estado Provincial y la señora NADIA PAMELA ZUBIETA.ARTICULO 5.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 6.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, gírese a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal para conocimiento y registro. Fecho, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.-

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ARTÍCULO 3.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley N 1886/48.ARTÍCULO 4.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento.
Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

DECRETO Nº 1021-G/2020.EXPTE Nº 0300-384-2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 JUN. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Otorgase Personería Jurídica a favor de la ASOCIACION CIVIL EX
FERROVIARIOS GENERAL BELGRANO con asiento en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y apruébase su Estatuto Social que consta de treinta y seis 36 Artículos, y como Escritura Pública N 180/19 del Registro Notarial N 79 de la Provincia de Jujuy, corre agregado en fs. 31 a 39vta. de autos.ARTICULO 2.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia.-

DECRETO Nº 1197-MS/2020.EXPTE Nº 1414-267/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 JUL. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del CABO PRIMERO PÉREZ FERNANDO ALBERTO, D.N.I. N 27.401.529, Legajo N 14.656, de acuerdo a las previsiones del artículo 93 inc. c de la Ley N 3758/81 modificado por el Decreto N 2810-G/01.ARTÍCULO 2.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del CABO PRIMERO PÉREZ FERNANDO
ALBERTO, D.N.I. N 27.401.529, Legajo N 14.656, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14 inc. d de la Ley 3759/81 y Decreto Nº 1161-MS/16.ARTÍCULO 3.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley N 1886/48.ARTÍCULO 4.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento.
Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

DECRETO Nº 1162-MS/2020.EXPTE Nº 1414-9591/2017.SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 JUN. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del SARGENTO CRUZ ARNALDO ALFREDO, D.N.I. N
26.983.559, Legajo N 14.623, de acuerdo a las previsiones del artículo 93 inc. c de la Ley N
3758/81 modificado por el Decreto N 2810-G/01.ARTÍCULO 2.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del SARGENTO CRUZ ARNALDO ALFREDO, D.N.I. N 26.983.559, Legajo N 14.623, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14 inc. d de la Ley 3759/81 y Decreto Nº 1161-MS/16.ARTÍCULO 3.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley N 1886/48.ARTÍCULO 4.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento.
Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.-

DECRETO Nº 1198-MS/2020.EXPTE Nº 1414-236/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 JUL. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del CABO TITO ARIEL CIRO, D.N.I. N 29.167.664, Legajo N 15.672, de acuerdo a las previsiones del artículo 93 inc. c de la Ley N 3758/81
modificado por el Decreto N 2810-G/01.ARTÍCULO 2.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del CABO TITO ARIEL CIRO, D.N.I. N 29.167.664, Legajo N 15.672, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14 inc. d de la Ley 3759/81 y Decreto Nº 1161-MS/16.ARTÍCULO 3.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley N 1886/48.ARTÍCULO 4.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento.
Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

DECRETO Nº 1164-MS/2020.EXPTE Nº 1414-247/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 JUN. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Téngase por aceptada, con retroactividad al 01 de Julio del año 2019, la Renuncia presentada por el Sr. MORENO JOSE MARIA, D.N.I. N 26.224.953, Legajo N
13.682, al cargo de Sargento del Cuerpo de Seguridad Cuerpo Profesional Escalafón otros de Policía de la Provincia.ARTÍCULO 2.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ces. de la Ley N 1886/48.ARTÍCULO 3.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento.
Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.-

DECRETO N 7478-ISPTvV/2018.EXPTE. N 6865-M/1987.Agregados: N0516-760/1991; N0516-2130/1997
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 AGO.2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Rectifíquense los Artículos 2, 3 y 7 del Decreto N 8638-H/2011, por los motivos expresados en el exordio, los que quedaran redactados de la siguiente manera:
ARTICULO 2.- Adjudicase en venta a favor de la Sra. Jovita Navarro, DNI N
5.731.397, el terreno fiscal individualizado como Lote N 22, Manzana N 386, Padrón A-66379, Matricula A-19227, ubicado en el Barrio Alto Comedero de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy;
ARTICULO 3.- Fijase en la suma de PESOS OCHO MIL TRESCIENTOS
VEINTE $8.320 el precio del lote de referencia, monto que se encuentra CANCELADO en su totalidad;
ARTICULO 7.- Por Escribanía de Gobierno se extenderá la respectiva Escritura de Venta;
ARTICULO 2.- Dejase establecido que el precio de venta del lote fiscal en cuestión se encuentra CANCELADO, no adeudándose suma alguna en concepto de tierras fiscales.ARTÍCULO 3.- Por Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos de la Provincia de Jujuy se extenderá la respectiva Escritura Traslativa de Dominio a favor de la adjudicataria.ARTICULO 4.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, notifíquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno abierto para su difusión, siga a Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos de la Provincia de Jujuy a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 3.
Remítase copia certificada a la Dirección Provincial de Inmuebles, Dirección Provincial de Rentas, Dirección de Regularización Dominial, Dirección Provincial de Rentas a sus efectos.
Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 1166-MS/2020.EXPTE Nº 1414-1297/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 JUN. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- a situación de Disponibilidad del SARGENTO GUTIÉRREZ ÁNGEL
EDUARDO, D.N.I. N 28.050.620, Legajo N 15.973, de acuerdo a las previsiones del artículo 93 inc. c de la Ley N 3758/81 modificado por el Decreto N 2810-G/01.ARTÍCULO 2.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del SARGENTO GUTIÉRREZ ÁNGEL EDUARDO, D.N.I. N 28.050.620, Legajo N 15.973, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14 inc. d de la Ley 3759/81 y Decreto Nº 1161-MS/16.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/9/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date03/09/2020

Page count12

Edition count1225

Première édition10/01/2018

Dernière édition19/06/2024

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