Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 4/5/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Mayo, 04 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 52

26.983.633 fecha de nacimiento 30 de abril de 1979 estado civil soltero con domicilio en la manzana A-lote 36, calle 334 número 1016-240 viviendas del Barrio Alto Comedero ciudad de San Salvador de Jujuy, de Profesión Empleado Administrativo, Cuil. 20-26.983.633-5 todos hábiles para contratar, de común acuerdo convienen por este acto celebrar la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada CONSTRUCTORA
IDEAS DEL NORTE S.R.L. la que se regirá conforme las disposiciones de la Ley 19.550 de Sociedad Comerciales y sus modificatorias y por las siguientes cláusulas particulares: PRIMERA: Constitución, Denominación y Domicilio: La sociedad Girará bajo la denominación CONSTRUCTORA
IDEAS DEL NORTE S.R.L. y tendrá su domicilio legal y sede principal en la calle los Claveles nro. 977 del barrio Alto Palpalá de la ciudad homónima, pudiendo trasladarlo, establecer sucursales y representaciones en cualquier lugar del país por simple decisión de sus socios mediante acta.- SEGUNDA:
Duración: Esta sociedad se constituye por un plazo de cincuenta años 50
años contados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio, este plazo podrá ser prorrogado por voluntad unánime de los socios, debiendo solicitarse la inscripción del pertinente instrumento de prorroga antes del vencimiento de duración de la sociedad.- TERCERA:
Objeto Social: la sociedad tendrá por objeto dedicarse a la construcción pudiendo para ello contratar, sub contratar con personas físicas y/o jurídicas para el mejor funcionamiento del objeto social en general. Por cuenta propia o de tercero en cuanto a la producción, venta, mano de obra para el mejor aprovechamiento de la actividad desarrollada que tiene por fin la sociedad constituida asimismo podrá efectuar las gestiones u suscripciones, publicidad y promoción de los artículos ofrecidos a la comercialización. Para realizar su objeto la sociedad podrá también, alquilar, contratar con personas físicas o jurídicas, inmuebles, vehículos, maquinarias y demás bienes de producción para la mejor producción y venta de los productos comercializados que los requieran, ejercer representaciones, mandatos, dar o aceptar comisiones, distribuciones, fletes, consignaciones presentarse a licitaciones públicas o privadas, etc., y toda otra operación afines y complementarias de toda clase, para el necesario y mejor cumplimiento del objeto social.- CUARTA: Capital Social. El capital social se fija por el valor de pesos trecientos tres mil treinta con treinta centavos $303.030,30 divido en tres cuotas 3 sociales suscritas por los socios en la proporción siguiente: EL SR. MEALLA JORGE suscribe la suma de pesos ciento tres mil treinta con treinta centavos $103.030,30 en una cuota social integrada en efectivo por la suma de pesos diecisiete mil treinta con treinta centavos $17.030,30 y en especie por el valor de ochenta y seis mil $86.000 divididos en diez herramientas de construcción: las que se detallan Dos Hormigoneras 1 HPVibrador para Hormigón UnoCarretillas DosHormigonera de Volteo 400L 2HPUnaMotosierraUnaBordeadora moto guadañaDosBloquera-unaBienes Muebles escritoriosDos P.C. dosBibliotecas Tres Comprometiéndose a aportar los mismos dentro del plazo del periodo de un mes a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de comercio de la constitución de la sociedad, representando así el treinta y dos por ciento 32% del capital social.- El SR. TOCONAS
JULIO GUILLERMO suscribe la suma en pesos cien mil $100.000 en una cuota social integrando en especie por el valor de pesos cien mil $100.000 constituidos en doscientos treinta y nueve 239 herramientas de construcción: Un Compresor Kona motor de 2HP Tanque de 50 litrosTres Hormigoneras Metalobra de 140
litros motor de 1 HPUna máquina de soldar Nowel Nordika de 200 Amp. - Una Motosierra Niwa 45 cc. Con espada de GB de 18 Tres amoladoras Black y Decker de 4 800 wattsDos Taladros Black y Decker de 550 Watts de 13mmCuatro carretillas Metalobra de 70 litrosSeis Palas cuadradas GherardiSeis Picos GherardiDos Rastrillos GherardiDos Barretas de Acero GherardiTres escaleras de nueve peldañosCincuenta Puntales de 2,6 mts.- Cien metros cuadrados de madera para encofrarDiez Cucharas de N 8 GherardiDiez Tenazas de 6 GherardiDiez Martillos Galponeros GherardiDiez niveles de mano dobleQuince Baldes de Albañil 2000.- Comprometiéndose a aportar los mismos en el plazo de un mes a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio de la constitución de la sociedad, lo que representa el treinta y tres por ciento 33% del capital social.- EL SR. TERRAZAS ANTEZANA
WILFORD suscribe la suma de pesos cien mil $100.000 en una cuota social integrando en especie por el valor de pesos cien mil $100.000 constituidos en veintinueve 29 herramientas de construcción: comprometiéndose a aportar los mismos en el plazo de un mes a partir de la fecha de Inscripción en el Registro Público de Comercio de la constitución de la sociedad Una Hormigonera de 400
litros a explosión metalobraUna Hormigonera Metalobra de 140 litros motor de 1
HPUna Maquina de Soldar Salkor de 200 Amp.- Dos Amoladoras Black y Decker de 4 800 WattsDos Pistolas de Calor Black y Decker de 2000 wattsCuatro Carretillas Metalobra de 70 litrosSeis Palas Cuadradas BellotaSeis Picos Tramontinay Seis Palas corazón Bellota., lo que representa el treinta y tres por ciento 33% del capital social. A aportar los mismos en el plazo de unes desde la inscripción.- Los socios aprueban por unanimidad el valor de las cuotas aportadas en especie según el valor de plaza.- QUINTA: Aumento de Capital: Cuando el giro de la sociedad comercial lo requiera, podrá aumentarse el capital indicado en el párrafo anterior por decisión unánime de los socios, ya sea en dinero o en especie,
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quienes determinan el plazo y monto de integración, conforme a la suscripción del articulo anterior y en la misma proporción de las cuotas sociales que suscribió cada uno de los socios.- SEXTA: Cesión de Cuotas: La cesión de cuotas no podrá hacerse a terceros extraños sin aprobación unánime de los socios. el socio que desee ceder sus cuotas comunicara a los restantes socios la decisión otorgándole derecho de preferencia sobre la transacción de venta de sus cuotas sociales, los socios se pronunciaran dentro de los 15 quince días de notificado fehacientemente, presumiéndose el consentimiento si no ejercen su derecho de preferencia dentro de dicho plazo, en caso de formulase oposición a la cesión el socio pude recurrir al juez del domicilio social quien con audiencia del representante de la sociedad y del socio oponente podrá autorizar la cesión si juzga que no existe causa justa de oposición. Los socios convienen que, para el caso de cesión de cuotas sociales entre socios, a los efectos de fijar el valor de la cuota se preparará los estados contables especiales a la fecha de retiro, cuya metodología de cálculo será determinada por la asamblea de socios. Es libre la cesión de cuotas sociales entre socios, salvo las limitaciones establecidas en el presente contrato.SEPTIMA: La transferencia de cuotas sociales por causa de muerte se rige por la cláusula sexta del presente contrato, los herederos del socio fallecido tendrán derecho a incorporarse a la sociedad según la proporción que les corresponda en el haber hereditario, su incorporación se hará efectiva cuando acrediten su calidad de herederos, ejerciendo su derecho de representación al administrador de la sucesión hasta que tal hecho ocurra.- OCTAVA: Dirección, Administración y Representación: La sociedad será dirigida, administrada y representada de manera conjunta y colegiada, por lo que los tres socios revistaran el carácter de SOCIO
GERENTE de la razón social pudiendo obligarla a la sociedad mediante su firma, colocada debajo de su sello o leyenda que contenga la denominación de la sociedad, los socios en forma conjunta podrán realizar los negocios que forman el objeto social y las actividades que a continuación se especifican: a Realizar todo tipo de actos jurídicos para la mejor realización de su objeto, y en especial adquirir por cualquier título onerosos o gratuito toda clase de bienes, sean estos muebles o inmuebles enajenarlos a título onerosos o gravarlos con derecho real, pactando en cada caso de enajenación o adquisición el precio o forma de pago de la operación y tomar o dar en posesión los bienes que hubieren sido materia del acto o contrato.b Realizar acuerdos comerciales, firma de contrato de compra, venta promoción y publicidad de distintos materiales y productos comerciales, industriales, relacionados con el objeto social.- c Conferir poderes generales, especiales y revocarlos. e Otorgar y firmar los instrumentos públicos y privados que fueren necesarios para ejecutar los actos enumerados y relacionados con la administración social. Así mismo el socio gerente en forma exclusiva podrá realizar las siguientes actividades: 1 constituir depósito en dinero o valores en los bancos y extraer total o parcialmente los depósitos efectuados a nombre de la sociedad ante o durante la vigencia de este contrato. 2 librar, aceptar, endosar, descontar, cobrar, ceder o negociar de cualquier modo letras de cambio, pagares, vales, giros, cheques u otras obligaciones o documentos de crédito publico o privados con o sin garantía hipotecaria prendaria o personal siempre que no comprometiese el patrimonio de la razón social y fuese conveniente para la misma 3 hacer, aceptar o impugnar consignaciones de pago, novaciones, remisiones o quitas de deuda, comparecer a juicio ante los tribunales de cualquier fuero o jurisdicción, por si o por medio de apoderado, con facultad para promover o contestar demanda de cualquier naturaleza, declina o prorrogar jurisdicción, poner o absolver posiciones y producir todo género de pruebas o informaciones, comprometer arbitrajes, transigir, renunciar al derecho de apelar prescripciones adquiridas 4 Percibir y otorgar recibos o cartas de pago 5 Formular protestos y protestas 6 Solicitar y tomar dinero prestado a interés, de establecimientos bancarios oficiales o comerciales o de particulares con sujeción en su caso a reglamento establecido expresamente en su caso, la forma de pago y porcentaje y tipo de interés. 7 Contratar seguros referidos a las actividades comerciales del objeto social. Asimismo se deja constancia que el socio gerente quedara limitado y no podrá contratar con terceros, comprometiendo la administración, además de los negocios que forman el objeto de la sociedad. Durará en su cargo durante el plazo de duración de la sociedad y solo podrán ser removidos por justa causa, conservando el cargo hasta la sentencia judicial.- NOVENA: Fiscalización: los socios tendrán más amplio derecho de fiscalización y control de las operaciones sociales y podrán inspeccionar en cualquier momento los libros, cuentas, papeles, y estados contables de la sociedad.DECIMA: Resoluciones Sociales, Votos, Actas, y Mayorías: Las resoluciones sociales se adoptarán mediante reunión de socios que se celebrarán en el domicilio legal de la sociedad. Serán convocadas por el órgano de administración por cualquier medio fehaciente a cada uno de los socios, en el cual se incluirá el orden del día a considerar. también deberá convocarse cuando lo solicite cualquiera de los socios que se reunirán en asamblea a solicitud de cualquiera de ellos por considerarlo conveniente en especial para los casos contemplados en el artículo 160 de la Ley 19550. Las deliberaciones y resoluciones sociales se asentarán en un libro de actas rubricado donde harán constar bajo firma de los socios las resoluciones de importancia que consideren dejar expresadas de común acuerdo o a pedido de alguno de ellos. Los socios serán notificados de estas asambleas en el último domicilio comunicado a la sociedad. Todas resoluciones que tengan por objeto la modificación del presente contrato en lo referente al cambio del objeto social, prorroga, transformación, fusión o escisión de la sociedad, como así también a la modificación o revocación del cargo del socio gerente, como toda modificación que imponga mayor responsabilidad de los socios, solo podrá ser resuelta y aprobada por unanimidad. Cada cuota social dará derecho a un voto. El
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 4/5/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date04/05/2020

Page count8

Edition count1199

Première édition10/01/2018

Dernière édition21/05/2024

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