Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 10/4/2019
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén
Número 69
Miércoles, 10 de abril de 2019
Pág. 5139
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BAILÉN JAÉN
INTERVENCIÓN
2019/1509 Aprobación del Padrón Contributivo del canon para puestos no fijos del mercado de abastos correspondiente al mes de abril de 2019.
Edicto Don Luis Mariano Camacho Núñez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Bailén.
Hace saber:
Que por Resolución de la Alcaldía de fecha 4 de abril de 2019 ha sido aprobado el padrón contributivo correspondiente a la tasa de puestos no fijos del mercado de abastos correspondiente al mes de abril de 2019.
Dicho padrón se encuentra expuesto al público en el Departamento de Recaudación del Área de Tesorería Municipal, sito en Plaza de la Constitución, 1, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas por un plazo de un mes a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.
Contra dichos recibos se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del padrón, de acuerdo con los dispuesto en el artículo 14.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estimen procedente.
De conformidad con lo establecido en el art. 102.3 de la Ley General Tributaria, el presente Edicto, tendrá carácter de notificación colectiva de los recibos comprendidos en el referido Padrón, entendiéndose realizadas las notificaciones el día que termine la exposición pública del mismo.
El plazo de ingreso en periodo voluntario será de 2 meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. Transcurrido el plazo de cobro en periodo voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, y devengarán el recargo de apremio, interés de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, lo que se indica a tenor de lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.
Los recibos se podrán abonar en la cuenta restringida que el Ayuntamiento de Bailén mantiene abierta en CAJASUR núm. ES89-0237-0210-3091-5374-2736, en horario bancario y en la OFICINA DE ATENCIÓN A LA CIUDADANIA de este Ayuntamiento, los días laborables de 9
a 14 horas.