Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 9/1/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 5

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Granada, martes, 9 de enero de 2024

marca TRINA SOLAR TSM-DEG21C.20 650W o similar, tres inversores marca HUAWEI SUN2000-330KTL-H1 o similar, de 300 kW de potencia nominal cada uno, un transformador de potencia unitaria 1000 kVA, mecanismo antivertido, cableado, cuadro general, protecciones y adaptación del Centro de Transformación a las normas de la empresa distribuidora, según proyecto técnico firmado por el ingeniero técnico industrial D.
Antonio Moreno Sánchez, colegiado nº 01327 del Colegio Oficial de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de Ciudad Real, nº de visado 2023213454.
Finalidad: Producción de energía solar fotovoltaica en régimen de autoconsumo sin excedentes.
CUPS de contrato de suministro asociado: ES003110
4113838001QY0F.
SEGUNDO.- La Autorización Administrativa de Construcción se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen y resto de informes emitidos por los organismos afectados.
2. Se establece un plazo previsto de ejecución de la obra de 18 meses.
3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación. Aportando la dirección técnica de obra y resto de documentación y certificaciones reglamentarias.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
5. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
6. Esta autorización se concede únicamente para la modalidad de autoconsumo sin excedentes. El cambio de modalidad de autoconsumo sin excedentes a la de autoconsumo con excedentes requerirá de los correspondientes permisos de acceso y conexión por parte del gestor de la red, así como autorización administrativa previa por parte de esta Delegación.
TERCERO.- A tenor de lo prescrito en el artículo 53.6
de la Ley 24/2013 esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a ordenación del territorio y al medio ambiente.
CUARTO.- Notifíquese esta resolución al peticionario y publíquese en el Boletín Oficial de la provincia de Granada.

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Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, en el plazo de un 1 mes contado a partir del día siguiente a la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Granada, 12 de diciembre de 2023.-El Secretario General de Energía P.D. resolución de 11 de marzo de 2022, BOJA nº 52; El Delegado Territorial, fdo.: Gumersindo Carlos Fernández Casas.

DIPUTACIÓN DE GRANADA

NÚMERO 8.385/23

SERVICIO PROVINCIAL TRIBUTARIO

Acuerdo delegación gestión recaudatoria con Ayuntamiento de Alhendín EDICTO
Mediante el presente Anuncio se hace público lo siguiente:
ACUERDO DE DELEGACIÓN PARA LA APLICACIÓN
DE TRIBUTOS LOCALES Y OTROS RECURSOS DE DERECHO PÚBLICO ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN
PROVINCIAL DE GRANADA Y EL AYUNTAMIENTO DE
ALHENDÍN.
De una parte, D Ana María Molina Gálvez, Diputada Delegada de Economía y Atención al Alcalde y Vicepresidenta del Servicio Provincial Tributario, según delegación de Presidencia conferida mediante Resoluciones números 3.627/2023, de 18 de julio y 301/2023 de 21 de julio:
todo ello en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud del artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, autorizado para este acto por acuerdo del Pleno de la Diputación Provincial de 30 de marzo de 2023, y de conformidad con el modelo de convenio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 69, de fecha 13 de abril de 2023.
De otra parte, D. Francisco Pedro Rodríguez Guerrero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alhendín facultado para este acto por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 24 de noviembre de 2023.
MANIFIESTAN:
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para obligarse mediante el otorgamiento del presente acuerdo de delegación, en virtud de las competencias que les son atribuidas por las disposiciones legales que a continuación se detallan:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 9/1/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaysEspagne

Date09/01/2024

Page count41

Edition count5520

Première édition01/06/2002

Dernière édition31/05/2024

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