Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 2/12/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 231

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Granada, viernes, 2 de diciembre de 2022

A Méritos profesionales hasta un máximo de seis puntos 1. Por cada mes completo de servicios prestados en un Organismo Autónomo Local de Promoción Económica y Empleo como personal funcionario o laboral en el mismo puesto y misma categoría profesional a la que se opta: 0,042 puntos.
2. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las otras Administraciones Públicas como personal funcionario o laboral en el mismo puesto y misma categoría profesional a la que se opta: 0,021
puntos.
No se tendrán en cuenta para su valoración los contratos inferiores a 30 días.
B Formación hasta un máximo de cuatro puntos 1. Por la posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel superior, relacionadas con el puesto, distintas a la requerida para el acceso al cuerpo, escala o categoría correspondiente, a razón de 0,5 puntos hasta un máximo de 0,5 puntos.
2. Cursos de Formación: se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas, y las homologadas oficialmente para la impartición de cursos, y los impartidos por los sindicatos, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo, con la categoría y funciones de la plaza que se convoca, debiendo estar debidamente acreditados a juicio del Tribunal, según su duración, con arreglo a 0,0020 puntos por hora de duración del curso Hasta un máximo de 2 puntos.
3. Por estar en posesión de los siguientes permisos de circulación: tipo B 0,25 puntos, tipo A 0,25 puntos.
4. Por estar en posesión del CAP Certificado de aptitud profesional para conductores de transportes de viajeros y/o mercancías, 1 punto.
Los cursos se acreditarán mediante certificación o copia expedida por el centro en que se haya cursado o mediante copia del diploma o título expedido. En el certificado o en el título deberá constar la denominación del curso, centro que lo imparte, periodo de celebración del mismo y número de horas. De no resultar acreditado el número de horas no se procederá a su valoración.
De la veracidad de las copias presentadas queda responsabilizado el opositor, que podrá ser requerido para que aporte los originales.
2.- Calificación definitiva y relación de aprobados.
La calificación final de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de los méritos profesionales y la formación.
En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en el apartado A 1.
Méritos profesionales prestados en Organismos Autónomos de Promoción Económica y Empleo.
El Tribunal de valoración hará público en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Organismo la lista de aspirantes por orden de mayor a menor puntuación e incluirá la propuesta de contratación como personal laboral fijo, dicha lista tendrá carácter provisional, disponiendo los aspirantes de un plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente a su publicación, para formular alegaciones a la misma.

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Página 179

La relación definitiva de aspirantes, resolviendo las alegaciones si las hubiese, será elevada a la Presidencia, con propuesta de nombramiento de personal laboral fijo y, también, se hará pública en el citado Tablón.
C.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTOS.
El aspirante propuesto deberá presentar ante el OAL, Promoción Económica y Empleo en el plazo de 20 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación de aprobados definitiva en el tablón de anuncios de la sede electrónica del OAL, de Promoción Económica y Empleo, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la convocatoria:
a Copia autentica del DNI o documento identificativo presentado con la instancia inicial.
b Copia autentica de la titulación exigida.
c Declaración jurada, en caso de no haberse presentado con la instancia de participación, de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d Informe médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las funciones a desarrollar en el puesto.
Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en estas Bases, no podrá ser contratado, pudiendo procederse por parte del OAL de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del TREBEP.
Cumplidos los trámites anteriores, el Presidente dictará resolución de contratación y se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo en el plazo de 15 días.
D.- NORMA FINAL.
Contra estas Bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el Presidente/a del OAL de Promoción Económica y Empleo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación. Alternativamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y siguientes de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, y 8, 10
y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que sea procedente y estimen oportuno.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 2/12/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaysEspagne

Date02/12/2022

Page count181

Edition count5525

Première édition01/06/2002

Dernière édition07/06/2024

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