Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 31/8/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 166

n
Granada, martes, 31 de agosto de 2021

n
Página 3

3. Las personas jurídico privadas deberán carecer de fines de lucro. A estos efectos, se considerarán también entidades sin fines de lucro aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales.
4. Para el ejercicio de 2021 tendrán la condición de beneficiarias de las subvenciones las personas físicas y/o jurídicas que se relacionan en la Memoria Explicativa que se acompaña como Anexo a este Plan.
Artículo 6.- Consignación presupuestaria.
El Plan Estratégico de Subvenciones se articula presupuestariamente en 2021 en el Capítulo IV del Estado de Gastos del Presupuesto del ejercicio 2021 Económica 480, excepción hecha de las ayudas a fomento de empleo 241.226 y Convenios Urbanísticos que se desarrollen en las zonas degradadas del municipio que se pagarán, si las hubiere, con cargo a la aplicación 459.689 Patrimonio Municipal del Suelo.
Artículo 7.- Modificación del Plan.
Si surgen nuevas circunstancias relevantes que aconsejen incentivar nuevas líneas de actuación, el Plan Estratégico se entenderá modificado automáticamente, procediendo simultáneamente a efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias, respetando los contenidos generales básicos y programáticos, así como el objetivo de estabilidad presupuestaria.
Artículo 8.- Procedimiento de concesión de subvenciones.- Concurrencia Competitiva.
Para el ejercicio de 2021 las subvenciones se encuentran relacionadas en el Anexo que se acompaña, en régimen de concurrencia no competitiva Nominativasy en régimen de concurrencia competitiva las referidas a Convenios Urbanísticos, de Emergencia Social y Fomento de Empleo, que se concederán en atención a las peticiones cursadas y serán previamente informadas favorablemente por las Concejalías respectivas o por el Pleno de la Corporación y con el límite de la cuantía de la consignación presupuestaria existente a la fecha de su concesión.
Para tener la condición de beneficiario de subvención de Fomento de Empleo se deberá ostentar la calificación de JOVEN EMPRESARIO, con un límite de edad de 45 años.
Artículo 9.- Procedimiento de Concesión Directa: Subvenciones previstas nominativamente en el presupuesto municipal.
1. A efectos de lo dispuesto en el artículo 22.2.a de la Ley General de Subvenciones, son subvenciones previstas nominativamente en el presupuesto municipal aquellas cuyo objeto, dotación presupuestaria y beneficiario, aparecen determinadas expresamente en el Anexo del presente Plan.
2. Con las entidades beneficiarias de las subvenciones precitadas se formalizará un convenio de colaboración que deberá contener como mínimo los siguientes extremos.
a Definición del objeto de la subvención y de sus beneficiarios, incidencia en la mejora de la calidad de vida de los habitantes de Aldeire de acuerdo con la asignación presupuestaria.
b Crédito presupuestario al que se imputa el gasto.
c Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración o entes públicos o privados, nacionales o de la Unión Europea o de Órganos internacionales.
d Los interesados beneficiarios de subvenciones nominativas incluidas en el Anexo de esta Propuesta, presentarán su solicitud en el plazo que a tal efecto determine la Alcaldía, acompañada de MEMORIA en la que se expongan las actividades realizadas en beneficio y mejora de la calidad de los vecinos de Aldeire, acompañando las FACTURAS acreditativas del gasto realizado. El pago de la subvención se hará efectivo una vez que se apruebe por la Alcaldía la Memoria presentada y se fiscalicen de conformidad las facturas que la acompañen.
e Para tener derecho al pago de la subvención de 2021, deberán haberse justificado previamente las subvenciones recibidas del año 2020.
Artículo 10.- Control de cumplimiento.
La Alcaldía efectuará el control del cumplimiento del presente Plan durante su período de vigencia.
Disposición Final.- Publicación y entrada en vigor.
El Plan Estratégico entrará en vigor una vez haya sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada.
ANEXO

DENOMINACIÓN
ASOCIACIÓN
Universidad de Granada
Coro Aldair
DOMICILIO
SOCIAL
DEPARTAMENTO
HISTORIA
MEDIEVAL

Plaza Federico García Lorca
C.I.F.

PLAZO DE
EJECUCIÓN

IMPORTE

Representante Manuel Espinar Moreno XX.XX3.208J
G19687805

2021

650,00 €

2021

600,00 €

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 31/8/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaysEspagne

Date31/08/2021

Page count15

Edition count5535

Première édition01/06/2002

Dernière édition21/06/2024

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