Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/8/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa
Paraná, martes 15 de agosto de 2023

DECRETO Nº 1021 GOB
OTORGANDO ADICIONAL
Paraná, 24 de abril de 2023
VISTO:
La gestión iniciada por varios agentes pertenecientes a la Secretaría de Ambiente; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se solicita el otorgamiento del Adicional por Actividad Crítica o Riesgosa, previsto en el Anexo I apartado B.4 del Decreto N 4458/90 MGJOSP;
Que dichos agentes se desempeñan como Inspectores de Actividades Productivas y de Servicios diversos, dentro de las competencias de las Áreas de Gestión Ambiental, Área Residuos y Área de Control y Fiscalización de Actividades Productivas y de Servicios del citado órgano;
Que fundamentan su pedido en las inspecciones que deben realizar regularmente en cumplimiento de sus funciones, en establecimientos industriales, de producción primaria, de operadores o generadores de residuos peligrosos o, en cualquier proyecto o establecimiento que se encuentre sometido en la normativa ambiental, adjuntando en autos un anexo fotográfico con numerosas imágenes tomadas durante distintos procedimientos;
Que la Coordinación de Fiscalización de la Secretaría de Ambiente ha ratificado las circunstancias de hecho invocadas por los agentes en cuestión;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Ambiente se ha expedido mediante Dictamen N
518/21, indicando que son cuantiosas las normas ambientales, de las cuales la Secretaría de Ambiente es Autoridad de Aplicación, que contemplan expresa o implícitamente la competencia y la obligación de realizar inspecciones, de forma ordinaria y también ante situaciones particulares en las cuales se constate un incumplimiento de la normativa o una posible afectación a los bienes jurídicos comprometidos;
Que en cuanto al riesgo al cual están expuestos los agentes al realizar las inspecciones, refiere que se encontraría razonablemente acreditado en autos con los elementos agregados habiendo constatado asimismo esa Dirección la realización de numerosas inspecciones en sitios riesgosos y peligrosos, al tomar intervención en los expedientes con posterioridad al trabajo realizado por los agentes solicitantes;
Que la División Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ha intervenido en lo que es de su competencia, informando que las actividades que se realizan son técnicas y de control, y que por las condiciones de infraestructura de las empresas inspeccionadas y los equipo necesarios para afrontar los riesgos propios de las mismas, es que hay posibilidades de exposición a ciertos riesgos para la salud y seguridad de los trabajadores;
Que el Departamento Dictámenes y Asesoría Legal de la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia, ha destacado que del informe obrante en autos, proporcionado por personal idóneo, surge que efectivamente los agentes se encuentran bajo algún tipo de riesgo para su salud;
Que adicionalmente manifiesta que debido a ello y teniendo presente la existencia de antecedentes administrativos, debería procederse por el principio de igualdad ante la ley, a su otorgamiento, evitando de este modo, dar a unos lo que se niega a otros en situaciones objetivamente idénticas o similares y evitar establecer categorías hostiles o de injustificado privilegio, debiendo delimitarse al personal detallado en autos y mientras sus tareas impliquen una exposición a cierto riesgo;
Que es dable señalar que a través del Artículo 5 del Decreto N 4458/90 MGJOSP se dispuso el otorgamiento de un adicional denominado Adicional por funciones riesgosas o peligrosas destinado a aquellos agentes que desempeñen funciones cuya naturaleza implique la realización en forma permanente de acciones o tareas que pongan en riesgo cierta integridad psicofísica;
Que por Decreto N 7465/94 MSAS fue modificado el Decreto N 4458/90 MGJOSP en su Art. N 5, reemplazándose la denominación del adicional b por funciones riesgosas y peligrosas por Adicional en la Actividad Sanitaria Crítica Riesgosa, disponiendo el mismo que les corresponderá percibir este adicional a los agentes que desempeñen funciones en áreas de salud que por su transcendencia y complementación integrada de servicios, son considerados fundamentales para un normal y efectivo desarrollo de la actividad sanitaria provincial, también gozarán de este beneficio aquellos agentes que desarrollan tareas en forma permanente en las

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/8/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date15/08/2023

Page count64

Edition count4753

Première édition01/12/2003

Dernière édition21/05/2024

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