Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/10/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa
Paraná, miércoles 26 de octubre de 2022

de actividades que a través del reconocimiento amplio de derechos, han sido incorporadas como políticas de estado en la Constitución, entre los que la salud, la cultura, el deporte, el turismo y el desarrollo industrial son sólo algunos ejemplos que de ningún modo agotan todo el espectro; y Que mediante el Decreto 485/2019 GOB, se dispuso que la Secretaría de Comunicación, dependiente del Poder Ejecutivo, tendrá las competencias y atribuciones determinadas por el artículo 13, inciso 3, puntos 1 a 17 de la Ley 10093, en lo concerniente a su especialidad, por lo que es competencia de ésta, la difusión de los actos y acciones del Estado Provincial en lo que respecta a la imagen institucional del Gobierno, como así también coordinar con los distintos organismos, entes descentralizados, empresas y sociedades del Estado; y Que si bien el artículo 14 de la Constitución Provincial regula sobre publicidad oficial y establece principios fundamentales, a la fecha no se ha dictado la ley reglamentaria que dicha norma prevé, por lo que en materia de producción, difusión, contratación y asignación de la publicidad, sin soslayar las particularidades de la materia, debe estarse al régimen jurídico general de contrataciones del Estado y demás normas que resulten aplicables; y Que tanto la Constitución Provincial en su artículo 80, como la Ley N 5140 en su artículo 26 establecen, como norma general, que las contrataciones que realiza la Administración deben ser hechas por licitación pública, por lo que sólo cuando no es posible utilizar alguno de dichos mecanismos resulta potestad de la autoridad competente contratar por vía de excepción, dentro de las hipótesis de autorización contempladas por la propia norma, resultando la publicidad oficial una de las áreas que por su constante dinámica y especificidad, requiere de formas de contratación que se adapten a sus particularidades propias; y Que las campañas de comunicación que se planifican y ejecutan desde la Secretaría de Comunicación, tienen por objetivo principal dar a conocer a la población entrerriana las principales acciones de interés público que lleva adelante el Estado Provincial y que tienen por fin promover el bienestar social; y Que en este caso en particular, el 25 de mayo es una de las fiestas patrias más importantes de nuestro País, ya que conmemora la Revolución de Mayo, una gesta que comenzó con los acontecimientos revolucionarios ocurridos en la llamada Semana de Mayo y que culminó el 25, con la formación del Primer Gobierno Patrio; y Que la Revolución de Mayo, dio inicio al proceso de surgimiento del Estado Argentino que proclamó su Independencia 6 años después, el 9 de julio de 1816; y Que puntualmente, se persigue difundir el siguiente aviso publicitario oficial: Campaña 25 de Mayo: Día de la Revolución de Mayo de 1810/Gobernación/Secretaría de Comunicación/Gobierno de Entre Ríos, con difusión el día 25 de mayo del corriente año; y Que tal publicación se enmarca en el artículo 14 de la Constitución de la Provincia, en donde reza lo siguiente:
La publicidad oficial comprende la realizada por la Provincia, los municipios y las comunas, en todos sus estamentos y organismos. Su objeto es garantizar la vigencia del principio republicano de publicidad de los actos de gobierno y el derecho a la información pública y Que en este sentido, el contenido de la publicación que tiene por objetivo conmemorar esta fecha fundacional para el País, se encuentra conforme a lo establecido mediante Decreto 994/08 GOB, en lo referido a la imagen institucional del Gobierno de Entre Ríos, atribución exclusiva de la Secretaría de Comunicación; y Que la selección de los medios gráficos se realiza teniendo en cuenta criterios como: objetivo de la campaña de comunicación, temática específica de la misma, espacio publicitario propuesto, grupo de interés al cual está dirigida y según su inserción, considerando las Resoluciones 01/09 DGIP y 02/09 DGIP. Además, se considera el nivel de tirada que permita llegar al público destinatario y a las zonas geográficas de influencia. Estos criterios son el resultado de un mapa de medios de comunicación provincial que es diverso y heterogéneo, cada medio gráfico seleccionado alcanza un porcentaje de dicho público objetivo y cobertura geográfica; y Que los proveedores de espacios publicitarios contratados, se encuentran debidamente inscriptos en el Registro Integrado de Medios y cumplen con la normativa aplicable conforme lo informado por la Dirección General de Publicidad y Auditoría; y Que en la especificidad que tiene la contratación de espacios publicitarios, los proveedores de estos servicios, no compiten en igualdad de condiciones en el mercado, sino que cada uno ofrece un servicio de características diferenciadas lo que imposibilita convocarlos y someterlos a un procedimiento en el que se pretenda la competencia entre ellos; y

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/10/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date26/10/2022

Page count198

Edition count4773

Première édition01/12/2003

Dernière édition19/06/2024

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