Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/4/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 3 de abril de 2020

BOLETIN OFICIAL

SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
DECRETO Nº 260 MGJ
APROBANDO RENOVACION DE CLAUSULA
Paraná, 17 de diciembre de 2019
VISTO:
La gestión iniciada en el ámbito de la Jefatura de Policía de la Provincia de Entre Ríos; y CONSIDERANDO:
Que teniendo en cuenta que el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos ha ejercido la opción de compra prevista en la cláusula séptima del contrato de Licitación Pública 01/11 Sistema Integral de Seguridad Pública - Emergencias 911"; interesa la renovación del contrato con la firma Negocios y Servicios - REDENGAS UT
para prestar respectivamente los servicios de Mantenimiento y soporte integral; y Que a fs. 01 obra Nota CE AG/ml de fecha de 3 de Septiembre de 2019, suscripta por el apoderado de la firma comercial, Fernando Peñaloza, mediante la cual adjunta factura B N" 0001-00000024, correspondiente al mantenimiento y soporte Integral del Servicio Emergencias 911, por un monto total de pesos cinco millones setecientos ochenta y dos mil ochocientos $ 5.782.800, solicitando la tramitación correspondiente para el pago de la misma; y Que a fs. 07 el Jefe de la División Informática, Crio. Ppal. Germán Hock, informa mediante Nota D.A.G. D.I. Nº 45/19 de fecha septiembre del 2019, que la empresa Negocios y Servicios - REDENGAS UT, durante el periodo considerado, ha prestado a la Policía de Entre Ríos el servicio de conformidad a la oferta propuesta y a las condiciones de trabajo y estado del sistema en cuestión; y Que a fs. 10 y vta. obra agregado dictamen de la División Asesoría Letrada de la Policía de la Provincia, no encontrando objeciones que formular, correspondiendo la continuidad del trámite de rigor; y Que a fs. 34 obra nota suscripta por el Sr. Jefe de Policía de la Provincia, Crio Gral. Gustavo Horacio Maslein, dirigida al Escribano Mayor de Gobierno de la Provincia Alejandro Demián Santona, con relación a la vigencia de los contratos suscriptos, en razón de que los mismos se encuentran vencidas; y Que a fs. 35 se anexó constancia de entrega de un ejemplar firmado del contrato de locación de servicios, para el mantenimiento y soporte integral del Sistema de Seguridad Pública - Emergencias 911, firmada por el apoderado de Negocios y Servicios - REDENGAS UT, Fernando Peñaloza; y Que a fs. 36/37 se adjuntó Volante de Pago de Impuesto al Sello de A.T.E.R y a fs. seguidas se adjunto Folio de Actuación Extraprotocolar; y Que a fs. 54 se adjunta Volante de Registro de Reserva de Expediente por un monto total de pesos diecisiete millones setecientos setenta y cinco mil $ 17.775.000, dándose intervención al contador auditor delegado de conformidad con la normativa vigente; y Que a fs. 59/61 se adjuntan copias de la factura B N 000100000024, por un monto total de pesos cinco millones setecientos ochenta y dos mil ochocientos $ 5.782.800, de la factura B Nº 0001-00000028, por un monto total de pesos seis millones diecinueve mil ochocientos $ 6.019.800, y de la factura B N 0001-0000026
por un monto total de pesos cinco millones seiscientos cuarenta mil seiscientos $ 5.640.600; correspondientes al periodo agosto, septiembre y octubre del servicio de mantenimiento y soporte integral del Servicio Emergencias 911; y Que la Ley 5140 -Régimen de Contrataciones del Estadoen su artículo 26 señala clases de procedimientos básicos para la formación de la voluntad de la Administración y la celebración de los contratos por parte de esta última, reservando las vías de excepción permitidas por la misma norma entre otras cuando existan probadas razones de urgencias no previsibles tales como catástrofes sociales, económicas o sanitarias y no sea posible aplicar otro procedimiento y que su realización resienta seriamente el servicio, o mediante situación de emergencia en el territorio provincial o parte de él artículo 27, Inc. c ap. b pto. 9. Existen objetivas razones de urgencias las cuales resaltan que actualmente la Policía de Entre Ríos no cuenta con capacidad técnica ni logística para implementar los servicios de soporte, garantía, mantenimiento y conectividad indispensables para continuar brindando a la comunidad el Servicio de Emergencia Pública 911; y
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Que con el fin de preservar el centro de operaciones, con capacidad de resolución y atención de emergencias a la comunidad. no solo para contactar con la policía, sino también con los servicios de bomberos, ambulancias, etcétera, es indispensable contratar provisoriamente estos servicios hasta tanto se pueda adjudicar e implementar la nueva licitación correspondiente; y Que el Estado es garante de la seguridad pública y el máximo responsable a fin de evitar alteraciones al orden público y social por lo que dentro de las políticas delineadas a tal fin. el Servicio de Emergencias 911, cumple un rol fundamental como servicio esencial; y Que existen sobradas razones comprobables que se sustentan en hechos reales y objetivos de emergencia de la seguridad pública, la cual es indelegable por parte del Estado, para justificar que se contrata bajo esta modalidad provisoriamente sin que con ello se desnaturalice el principio general de licitación publica; y Que consecuentemente el encuadre legal para la selección del contratante se ajusta a lo dispuesto en el artículo 27, Inc. c, ap. b pto. 9 de la Ley Nº 5.140;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Apruébase el uso de la renovación prevista en la clausula segunda del contrato de locación de servicios aprobado por el Decreto N 1166 de fecha 13 de Mayo de 2019, referido a los Servicios de Mantenimiento y Soporte Integral; desde el día veintitrés de agosto de dos mil diecinueve 23/08/2019, hasta su vencimiento el día veintidós de noviembre de dos mil diecinueve 22/11/2019, inclusive.Art. 2.- Reconózcase el servicio devengado prestado por la contratada Negocios y Servicios - REDENGAS UT, correspondientes a la factura B N 0001 00000024, por un monto total de pesos cinco millones setecientos ochenta y dos mil ochocientos $ 5.782.800, a la factura B N 0001-00000026 por un monto total de pesos cinco millones seiscientos cuarenta mil seiscientos $ 5.640.600, y a la factura B N 0001-00000028, por un monto total de pesos seis millones diecinueve mil ochocientos $ 6.019.800, conforme a lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 3.- Impútase el gasto a: Dirección de Administración 956
Carácter 1 - Jurisdicción 20 - Subjurisdicción 01 - Entidad 0000 Programa 22 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 04- Obra 00 - Finalidad 2 - Función 10- Fuente de financiamiento 11Subfuente de Financiamiento 0001- Inciso 3- Partida Principal 4 Partida Parcial 6 - Partida Sub Parcial 0000 - Departamento 84Ubicación Geográfica 07 del presupuesto vigente.Art. 4.- La Tesorería General de la Provincia, previa intervención de la Contaduría General de la Provincia, hará efectivo los pagos con cargo de oportuna rendición de cuenta ante el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, a la firma Negocios y Servicios - REDENGAS UT del monto en moneda de curso legal equivalente a la suma mensual de dólares estadounidenses noventa y cuatro mil ochocientos u$s 94.800. El tipo de cambio, a los efectos del presente, será el de cambio vendedor publicado por el Banco de la Nación Argentina al día anterior al de la emisión de la factura mensual y respectiva otorgada por la contratada al momento de ocurrir al cobro de sus acreencias.
Art. 5º: El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 5º: Comuníquese, publícase. Con copia del presente remítanse las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 261 MGJ
RATIFICANDO RESOLUCION
Paraná, 17 de diciembre de 2019
VISTO:
La Resolución N 684, de fecha 10 de Julio de 2.018, de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada resolución se encargó las funciones de la Jefatura de la Oficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Santa Elena a la Agente Soledad Betiana Martínez, DNI N 27.591.046, Legajo Personal N 173.193, desde el día 25

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/4/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date03/04/2020

Page count11

Edition count4732

Première édition01/12/2003

Dernière édition19/04/2024

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