Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/6/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 26.680- 118/19

PARANA, miércoles 26 de junio de 2019

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
DECRETO Nº 363 MGJ

RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 13 de marzo de 2019

VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por el Sargento de la Policía de Entre Ríos, Lisandro José Salini, M.I. N29.079.628, L.P
N 26.691, contra la Resolución D.P. Nº 1828/17; y CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución DP N1828/17, el señor Jefe de Policía de la Provincia dispuso rechazar, por improcedente el recurso de apelación jerárquica interpuesto por Salini contra la Resolución D.O.S. Nº 158/17 y que guarda relación con la sanción de diez 10
días de arresto aplicada al Sargento de Policía Salini; y Que advirtió el recurrente en sus agravios -cfr. fs. 02/05 vta.- que la sanción que se interpuso no es clara ni precisa, toda vez que no se le especifica en la planilla de castigo, ni tampoco en la notificación cual es la conducta en la que incurrio, ya que no se encuentra puntualizada, tal como exige el derecho de defensa en juicio garantizado por la Constitución Nacional; y Que a fs. 47 obra intervención de la Dirección de Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia manifestando que el planteo no resulta procedente. Conforme lo señala, el artículo 218 de la Ley N 5654/75, estipula en la materia que en los casos de denegatorio podrá seguirse la instancia reiterando el reclamo ante el superior que jerárquicamente le siga, dentro de las cuarenta y ocho 48 horas siguientes a la notificación del rechazo;
podrán seguirse las instancias hasta llegar al Jefe de Policía de la Provincia, previéndose la vía ante el Poder Ejecutivo únicamente para los casos en que el Jefe de Policía hubiere dispuesto la sanción -artículo 219 Ley 5654/75-, supuesto diametralmente distinto al traído a análisis, resultando aplicables las atribuciones reconocidas por el plexo legal de rito al Jefe de Policía de la Provincia -artículo 31 Ley N 5654/75-; y Que en este caso, atento a que la sanción se impuso por la comisión de una falta leve y por autoridad inferior al Sr. Jefe de Policía, con el dictado de la Resolución D.P. Nº 1828/17 se agotó el procedimiento recursivo previsto por la ley para la revisión de éste tipo de sanciones y con ello la instancia administrativa, razón por la que el remedio interpuesto por ante esta autoridad resulta formalmente inadmisible y por lo tanto susceptible de ser desestimado in limine; y
E D ICION: 36 Págs. - $ 20,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl Dra. Da. Rosario Margarita Romero Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Edgardo Darío Kueider
Que por lo expuesto se aconseja rechazar el recurso interpuesto por el Sargento de Policía Salini, por ante el señor Gobernador de la Provincia sin que corresponda, atento a la manifiesta inadmisibilidad formal del recurso interpuesto, reabrir la discusión sobre el fondo del asunto; y Que la Fiscalía de Estado de la Provincia se expidió mediante Dictamen Nº 0297/18 obrante a fs. 171 y vta., aconsejando el rechazo del recurso interpuesto por el Sargento Salini, contra la Resolución D.P. N 1828/17, por resultar formalmente inadmisible; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Recházase el recurso de apelación jerárquica interpuesto contra la Resolución D.P. Nº 1828/17, por el Sargento de la Policía de Entre Ríos, Lisandro José Salini, M.I. N 29.079.628, L.P. N
26.691, conforme los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º - Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívense.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 364 MGJ
DISPONIENDO CESANTIA
Paraná, 13 de marzo de 2019
VISTO:
El sumario administrativo iniciado contra el Sub Comisario Roberto Marcelo Casas, L.P. Nº 23.682, M.I. Nº 23.917.257, por la causal del artículo 201 inciso a del Reglamento General de Policía; y CONSIDERANDO:
Que dichas actuaciones administrativas fueron impulsadas desde la Jefatura Departamental Paraná, mediante el dictado de la Resolución S.A.J. N 125/16, de fecha 29 de abril de 2016, a fs. 31/32, ante la situación administrativo - laboral irregular del Sub Comisario Casas; y Que de las pruebas recolectadas, se pudo establecer que el causante el día 15 del enero de 2016 fue examinado por la Junta Medica Superior y se lo consideró como apto parcial y temporario; y Con posterioridad y en diferentes períodos faltó injustificadamente al servicio a partir del 12 de febrero de 2016, fecha en que fuera

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/6/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date26/06/2019

Page count22

Edition count4773

Première édition01/12/2003

Dernière édition19/06/2024

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