Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/11/2013

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Nº 25.344 - 212/13

PARANA, lunes 18 de noviembre de 2013

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría Gral. y de Relaciones Institucionales de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 2808 MS
EXCEPTUANDO DE REGIMEN
Paraná, 27 de agosto de 2013
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales la Dra. María Dolores Alle, DNI Nº 11.606.908, con funciones en el Hospital San Antonio de Gualeguay, solicita se la exceptúe de los alcances de la Ley 7413 de incompatibilidad; y CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 de autos obra nota efectuada por la profesional en cuestión manifestando que se encuentra como médica dentro del Hospital San Antonio de Gualeguay, también como médica de policía y como médica suplente en el ámbito tribunalicio y en razón de lo preceptuado por la Ley 7413. en cuanto que prescribe que el personal de la Administración Pública Provincial con desempeño en más de un empleo debe optar por uno de ellos y atendiendo a la situación por la que atravesaba en la Jefatura Departamental de Policía de la ciudad de Gualeguay donde tenía funciones médicas, fue exceptuada a través del Decreto N 2428/95
MGJE, para proseguir actuando dentro de las funciones propias de su función;
Que el director del Hospital San Antonio de Gualeguay a fs. 2 de autos, manifestó que atento a la situación que está atravesando el nosocomio en lo atinente a la pronunciada escasez de personal médico y por sobre todo siendo imprescindible contar con los servicios de la citada profesional situación que encuadrada en lo dispuesto por el artículo 6 inciso a y b de la Ley 9892 y lo autoriza el artículo
EDICION: 26 Págs. - $ 2,50

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Dr. D. Hugo Ramón Cettour Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Dr. D. Guillermo Smaldone Dra. Da. Sigrid Elisabeth Kunath
18 de la Constitución de la Provincia, resaltando que la Dra. Alle, se desempeña actualmente como Médica Interna de Guardia, cumpliendo su profesión mediante una guardia semanal de 24 hs., los días jueves, con contracción y apego a su labor, no resultando afectada la misma por el desempeño de otros cargos;
Que al tomar intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, dictaminó que de los antecedentes incorporados en autos más la nota emitida por el director del Hospital San Antonio de Gualeguay, que destaca la necesidad de contar con la galena atento a la escasez de personal médico, y más aún, ya existiendo acto administrativo anterior que exceptúa a la Dra. Alle, del régimen de incompatibilidad consagrado legalmente no se encuentra obstáculo para que se dicte en consonancia con lo peticionado con fundamentos en los artículos 5 y 6 de la Ley 9892 de la Carrera Profesional Asistencial-Sanitaria, y en el artículo 40 de la Constitución Provincial;
Que corresponde, en el presente caso, hacer uso de las facultades discrecionales conferidas a este Poder Ejecutivo, eximiendo a la Dra.
María Dolores Alle DNI N 11.606.908, con funciones en el Hospital San Antonio de Gualeguay de la incompatibilidad en la acumulación de cargos en que quedaría incursa en razón que es prioritario contar con sus servicios, a fin de no resentir el normal desenvolvimiento del citado establecimiento asistencial, teniendo en cuenta la escasez de profesionales médicos, lo que hace necesario y justifica acabadamente tal acumulación;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Exceptuando a la Dra. María Dolores Alle, DNI N 11.606.908, con funciones en el Hospital San Antonio de Gualeguay, de
lo dispuesto por la Ley 7413 de Régimen Sobre Incompatibilidades, en el artículo 40 de la Constitución Provincial y encuadrase en los artículos 5 y 6 de la Ley 9892 de la Carrera Profesional Asistencial-Sanitaria, de la incompatibilidad en que quedaría incurso, en razón que es prioritario contar con sus servicios, a fin de no resentir el normal desenvolvimiento del citado establecimiento asistencial, teniendo en cuenta la escasez de profesionales, lo que hace necesario y justifica acabadamente tal acumulación, atento a lo expuesto en los considerandos del presente decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el Sr. Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Hugo R. Cettour
DECRETO Nº 2809 MS
Paraná, 27 de agosto de 2013
Designando a partir del presente decreto Coordinador Técnico en el ámbito de la Secretaría Privada del Ministerio de Salud, al Sr. Hugo Alem, Doc. Nº 20.255.679, con una remuneración equivalente al cargo 41 -Ley 8620.
Facultando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar al Sr. Hugo Alem, Doc N
20.255.679, lo que corresponda en concepto a lo dispuesto.
DECRETO Nº 2813 MS
APROBANDO Y FINALIZANDO SUMARIO
Paraná, 29 de agosto de 2013
VISTO:
El Decreto N 385 MSAS de fecha 11 de marzo de 2010; y

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/11/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date18/11/2013

Page count26

Edition count4753

Première édition01/12/2003

Dernière édition21/05/2024

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