Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 22/2/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.708

CORRIENTES, 22 DE FEBRERO DE 2023

Sección Administrativa Decretos Decreto N 28
Corrientes, 26 de enero de 2023

Dr. Gustavo Adolfo Valdés
Dr. Pedro Braillard Poccard
C. P. Miguel Angel Olivieri Ministro Coordinación y Planificación
Dr. Carlos José Vignolo
Práxedes Ytatí López Ministra de Educación
Dr. Ricardo Alberto Cardozo Ministro de Salud Pública
Ing. Claudio Horacio Anselmo
Dra. Herminda María Gabur Ministro Industria, Trabajo y Comercio
Dr. Buenaventura Duarte Ministro de Seguridad
Osvaldo Claudio Polich
Gustavo Adan Gaya Ministro de Desarrollo Social
Dr. Juan José López Desimoni
Alejandra Eliciri Ministra de Turismo
Dr. Horacio David Ortega C.P. Jorge Antonio Gómez Ministro de Ciencia y Tecnología
Visto:
El expediente N 850-25-01-0333/2023, caratulado: INSTITUTO DE LOTERÍA Y
CASINOS-INTERVENCIÓN-MEMO N 00019/23-SPG-ASIG. UTIL. AL MINISTERIO DE
TURISMO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, DESTINADO PARA PROMOCIÓN Y
DESARROLLO TURÍSTICO DE LOS CARNAVALES CORRENTINOS 2023 - $
35.000.000,00, y Considerando:
Que en estas actuaciones, se peticiona la aprobación de la Resolución Nº 0035-I de fecha 25 de enero de 2023, dictada por la Intervención del Instituto de Lotería y Casinos de Corrientes.
Que el dictado del acto administrativo citado se originó en virtud a las necesidades operativas relevadas en la dependencia solicitante, fundamentado en el cumplimiento de los objetivos y metas encomendadas por la superioridad.
Que intervino la Dirección General de Presupuesto a través del Informe N
110/2023, en virtud del comprobante de modificación presupuestaria que obra agregado en autos, sin formular objeciones.
Que la ejecución presupuestaria de los fondos aquí tratados será regulada por el Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de cuotas financieras, en la medida que se produzca el ingreso efectivo de los mismos.
Que el artículo 35 de la Ley N 5.571 de Administración Financiera establece que los recursos serán incorporados al presupuesto por decreto del Poder Ejecutivo, como así también los créditos por igual importe para atender la finalidad a la que dichos recursos estuvieran destinados, debiendo comunicarse a la Legislatura Provincial.
Que el artículo 15 de la Ley N 6.626 de Presupuesto 2023 faculta al Poder Ejecutiva para que, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, autorice por decreto las modificaciones presupuestarias que impliquen ampliaciones del crédito presupuestario en las partidas ya existentes, o a incorporar como partidas específicas en la medida que las mismas sean consecuencia de mayores ingresos, en concepto de recursos que no es encuentren considerados en dicha norma.
Que conforme a las normativas vigentes que regulan los actos administrativos relativos a estos trámites, Ley N 3.423 y su modificatoria Ley N 3.855 y Decreto N
738/1984, así como también el 3er. párrafo del artículo 34 y el artículo 35 de la Ley Nº 5.571, resulta oportuno y procedente disponer de conformidad.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1, 2
y 18 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución Nº 0035-I de fecha 25 de enero de 2023, dictada por la Intervención del Instituto de Lotería y Casinos de Corrientes, la que como anexo forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2º: APRUÉBANSE las modificaciones presupuestarias de gastos N
04/2023 de la Jurisdicción 19-Ministerio de Turismo, y de recursos N 18/2023, las que, como anexos, forman parte del presente decreto.
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura Provincial, en cumplimiento de lo establecido en el 3er. párrafo del artículo 34 y en el artículo 35
de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera.
ARTÍCULO 4º: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 5º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Ministerio de Hacienda y Finanzas, al Ministerio de Turismo; y pásese al Instituto de Lotería y Casinos de Corrientes, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Gustavo Rivas Piasentini PAG. Nº 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 22/2/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaysArgentine

Date22/02/2023

Page count22

Edition count316

Première édition09/11/2020

Dernière édition07/08/2023

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