Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 29/2/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PÁGINA 2
BOLETÍN OFICIAL
Sección Oficial DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N 130
16-02-24
I
I
1
DEPARTAMENTO
SECRETARÍA
ANEXO B
MINISTERIO DE ECONOMÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN TRIBUTARIA
MISIÓN:
Coordinar entre los diferentes estamentos del Estado normas, convenios, contratos y actos administrativos, en materia tributaria, que deban impulsarse en la Dirección General de Rentas; como así también, colaborar en el replanteo del sistema Tributario Provincial y su armonización con los municipios.
FUNCIONES:
a Asistir a la Dirección General técnicamente en lo referente al replanteo del Sistema Tributario Provincial y su armonización con los municipios.
b Estudios y análisis de la Legislación Tributaria comparada, proponiendo las adecuaciones necesarias en el marco del punto anterior.
c Proponer, coordinar y supervisar la reglamentación de las normas tributarias y la elaboración de los anteproyectos de modificación de la Legislación Tributaria Provincial, dentro del marco de sus competencias.
d Asistir en la planificación y coordinación con los municipios en los estudios necesarios para proponer la modificación a los regímenes de coparticipación de recursos tributarios y no tributarios provinciales.
e Colaborar con el secretario del Consejo Provincial de Responsabilidad Fiscal en las tareas administrativas y técnicas vinculadas con el funcionamiento del mismo.
f Colaborar con el representante del Ministerio de Economía en el Consejo Provincial Interjurisdiccional.
g Participar técnicamente en los grupos de trabajo que se conformen con otras provincias y/o nación, relacionados con aspectos tributarios municipales.
h Recabar las Ordenanzas Tarifarias municipales, con el objeto de mantener actualizada la normativa relacionada en toda la provincia, para facilitar el acceso a los municipios y los contribuyentes..
i Mantener actualizada la página web del Consejo Provincial de Responsabilidad Fiscal y del Acuerdo Interjurisdiccional.
j Confeccionar las bases de datos que contengan información municipal, tendiente a servir de base para los análisis que se efectúen en materia de coordinación tributaria con los municipios.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer Título de Contador Público o experiencia mínima de cinco 5 años en Administración Tributaria Municipal.-
Dto. N 131
DEPARTAMENTO
COORDINACiÓN
I
DIRECCION
DE
COORDINACIÓN
TRlBUTARIA
I
DIRECCION
DE
ADMINISTRACIÓN
Y FINANZAS
I
DIRECCION
DE
ASUNTOS
LEGALES
DIRECCION
DE
FISCALIZACIÓN
I
I
DIRECCIÓN
DE
RECAUDACIÓN
MINISTERlO
DE
ECONOMÍA
1
DIRECCIÓN
GENERAL
DE
RENTAS
1
DlRECCION
DE
REGALÍAS
DIRECCION
DELEGACiÓN DE
CAPITAL
FEDERAL
DIRECCION
DE
ASUNTOS
TÉCNICOS
1
DlRECCION
DE
SISTEMATIZACIÓN
Y CONTROL
ANEXO A
Artículo 1.- Modificar, a partir de la fecha del presente decreto, el Anexo N I Hoja 14 de la Estructura Orgánica Funcional del Ministerio de Economía, aprobada mediante Decreto N 1724/23, conforme al Anexo N
A que forma parte integrante del presente.Artículo 2.- Crear a partir de la fecha del presente decreto, la Dirección de Coordinación Tributaria la que dependerá de la Dirección General de Rentas del Ministerio de Economía.Artículo 3.- Aprobar las Misiones, Funciones y Requisitos para ocupar el cargo de la Dirección de Coordinación Tributaria dependiente de la Dirección General de Rentas del Ministerio de Economía, las que quedarán redactadas conforme Anexo N B, que forma parte integrante del presente decreto.Artículo 4.- Anótese en la marginal del Decreto N
1724/23, la modificación que por este acto se dispone.-
Jueves 29 de Febrero de 2024
16-02-24
Artículo 1.- Modificar, a partir de la fecha del presente decreto, el Detalle Analítico de las Plantas Presupuestarias de Personal, eliminándose de la Jurisdicción 91: Obligaciones a cargo del Tesoro SAF 91: Obligaciones a cargo del Tesoro - Programa 1: Administración de Obligaciones del Tesoro -