Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 9/1/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Martes 9 de Enero de 2024

BOLETÍN OFICIAL

irregularidades graves en el funcionamiento del organismo;
Que entre los hechos denunciados se encuentra la creación de un plazo fijo millonario en una entidad bancaria privada, sin utilizar el Banco del Chubut S.A., lo cual se habría realizado para evitar el control del Ministerio de Economía;
Que el plazo fijo en cuestión se realizó con fondos previsionales, resultando incompatible con la situación deficitaria de la caja previsional, a lo cual se suma la prohibición legal de invertir el 100% de los fondos en un ente privado;
Que también se denuncia la existencia de pagos de horas extras sin justificación, lo que generó pagos en estos conceptos por más de CUARENTA MILLONES DE
PESOS $ 40.000.000 en los últimos seis meses, así como un des manejo de personal y de gastos en la Delegación del ISSyS de Comodoro Rivadavia;
Que se informan compras puntuales realizadas a las ofertas más caras o en exceso de las cantidades que se necesitaban, así como también el ingreso a la Planta Permanente de la agencia de Rada Tilly de la hija del anterior presidente de este ente autárquico, sin concurso de antecedentes, ni justificación en especialidad;
Que las gravísimas irregularidades descriptas en los Considerandos anteriores, fueron detectadas en dos semanas de gestión, y se sospecha que la gravedad de las irregularidades es aún mucho mayor;
Que ante las circunstancias denunciadas, en aras de regularizar el funcionamiento, del Instituto de Seguridad Social y Seguros y preservar los intereses de los jubilados y afiliados al mismo, deviene urgente y necesaria la intervención del organismo, a fin de realizar una auditoría integral del mismo, así como dejar sin efectos pagos y contrataciones irregulares y ordenar el personal del ente público;
Que en conformidad con lo indicado en los Considerandos que anteceden y en el marco de lo prescripto por los apartados 1 y 3 del artículo 120 y por el artículo 121 de la Ley I N 18, el Gobernador en acuerdo de Ministros resuelve la intervención del Instituto de Seguridad Social y Seguros de la Provincia del Chubut;
Que por los antecedentes, la experiencia profesional y el conocimiento del organismo de Rodrigo Leonardo SAN MARTÍN DNI 29.785.088, resulta aconsejable su designación como Interventor, por el plazo de tres meses a fin de regularizar el organismo;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

D E C R E TA :
Artículo 1.- Intervenir el Instituto de Seguridad Social y Seguros de la Provincia del Chubut a partir de la fecha del presente y por el término de tres 3 meses, para regularizar el funcionamiento del Instituto de Seguridad Social y Seguros, en aras preservar los intere-

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ses de los jubilados y afiliados.Artículo 2.- Designar a Rodrigo Leonardo SAN
MARTÍN DNI 29.785.088, como Interventor del Instituto de Seguridad Social y Seguros de la Provincia del Chubut.Artículo 3.- Dese cuenta a la Honorable Legislatura Provincial a cuyo fin se remitirán los antecedentes que han determinado el dictado del presente Decreto.
Artículo 4.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.
Lic. IGNACIO AGUSTÍN TORRES
Dr. ANDRÉS MATÍAS MEISZNER
Lic. FACUNDO RAMIRO BALL
Sr. HÉCTOR ITURRIOZ
Prof. JOSÉ LUIS PUNTA
Lic. ELVA NOEMI WILLHUBER
Geol. JORGE FEDERICO PONCE
Sr. DIEGO N. LAPENNA
Sra. DIGNA HERNANDO

PODER EJECUTIVO: Crease la Subsecretaría de Energía en el ámbito del Ministerio de Energía e Hidrocarburos Decreto N 1701
Rawson, 29 de Diciembre de 2023
VISTO:
El Artículo 55 inciso 3 de la Constitución de la Provincia del Chubut; y CONSIDERANDO:
Que la Ley I N 764, define las Estructuras de las áreas Ministeriales y Secretarías que componen la Administración Central, creando y readecuando las competencias asignadas a cada área;
Que asimismo el artículo 30 de la citada Ley, faculta al Poder Ejecutivo a adoptar las medidas necesarias y conducentes para adecuar la estructura orgánica, funcional y presupuestaria de las dependencias que integran los distintos Ministerios y Secretarías de Estado, pudiendo transferir dependencias, bienes patrimoniales y distribuir el personal necesario;
Que, por la citada Ley, se creó y se definieron las competencias del Ministerio de Energía e Hidrocarburos, entre ellas se transfirieron las misiones y funciones relativas a lo que fuera la Subsecretaría de Energía del entonces Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación;
Que en función de lo expuesto y considerando las nueva estructura del Ministerio de Energía e Hidrocarburos, es necesario crear en el ámbito de este organismo la Subsecretaría de Energía, y por consiguiente se deberán aprobar las misiones y funciones de dicha subsecretaría;
Que además, es necesario designar a la persona que se desempeñe en el cargo de Subsecretario de Energía dependiente del Ministerio de Energía e Hidrocarburos;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 9/1/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date09/01/2024

Page count26

Edition count4336

Première édition07/01/2004

Dernière édition08/05/2024

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