Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 5/5/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial LEYES PROVINCIALES
DECLÁRESE LA EMERGENCIA EN LOS SERVICIOS, DIVISIONES Y SECCIONES DE LA UNIDAD DE
CUIDADOS INTENSIVOS PEDIÁTRICOS UCIP DE
LOS EFECTORES DEL SUBSECTOR ESTATAL DE
SALUD DEL HOSPITAL ZONAL DE TRELEW

Viernes 5 de Mayo de 2023

tar las medidas técnicas, contables y administrativas que dentro de la jurisdicción y en el marco del presupuesto asignado, conduzcan a garantizar la efectiva prestación de los servicios de cuidados intensivos pediátricos en el Hospital Zonal de Trelew, exceptuándolo del cumplimiento de la normativa prevista en el Reglamento de Contrataciones de la jurisdicción y de las disposiciones establecidas por el artículo 19 de la Ley I N262 y concordantes.
Artículo 7.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A
LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL
VEINTITRÉS.

LEY I N 750
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1.- Declárase la Emergencia en los Servicios, Divisiones y Secciones de la Unidad de Cuidados Intensivos Pediátricos UCIP, de los efectores del Subsector estatal de Salud del Hospital Zonal de Trelew, por el plazo de ocho 8 meses, con el principal objetivo de asegurar las prestaciones de la especialidad terapia pediátrica en el citado nosocomio.
Artículo 2.- El Ministerio de Salud debe adoptar las medidas y ejecutar las acciones conducentes para garantizar la prestación de la especialidad en el marco de la emergencia establecida por la presente norma en el Hospital Zonal de Trelew, incluyendo la asignación transitoria de funciones en dicha ciudad de personal dependiente con asiento en otra ciudad, en los términos y condiciones establecidos en el respectivo régimen laboral.
Artículo 3.- Durante el período de emergencia declarada, las renuncias de los profesionales médicos especialistas en cuidados intensivos pediátricos que cumplen funciones de la especialidad en el Hospital Zonal de Trelew, quedan suspendidas hasta tanto otro profesional acepte desempeñar las mismas, o sea aceptada su renuncia.
Artículo 4.- Mientras dure la emergencia declarada ningún médico especialista en terapia pediátrica con desempeño en el Hospital Zonal de Trelew y centros asistenciales de él dependientes puede negarse a cumplir con las exigencias y necesidades de su servicio y/o funciones profesionales, hasta tanto sea reemplazado por otro, bajo apercibimiento de aplicación de las sanciones administrativas previstas por la legislación vigente y de promoción de acciones civiles y penal que por ley correspondan.
Artículo 5.- Autorizase al Ministerio de Salud a contratar profesionales especialistas en cuidados intensivos pediátricos bajo la modalidad de prestación de servicios en virtud de la demanda que se ha generado en los efectores del subsector público en dicha área.
Artículo 6.- Facultase al Ministerio de Salud a adop-

RICARDO DANIEL SASTRE
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Decreto N 434
Rawson, 02 de mayo de 2023
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a la declaración de Emergencia en los Servicios, Divisiones y Secciones de la Unidad de Cuidados Intensivos Pediátricos UCIP de los efectores del Subsector estatal de Salud del Hospital Zonal de Trelew, por el plazo de ocho 8 meses, con el objetivo de asegurar las prestaciones de la especialidad terapia pediátrica en el citado nosocomio; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 27 de abril de 2023, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por ley de la Provincia: I N 750
Cúmplase, comuníquese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial.Esc. MARIANO E. ARCIONI
Abg. CRISTIAN AYALA

APRUÉBASE EL INSTRUMENTO DENOMINADO
OFERTA DE APORTE NO REEMBOLSABLE
LEY II N 285
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1.- Apruébase en todos sus términos el ins-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 5/5/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date05/05/2023

Page count30

Edition count4339

Première édition07/01/2004

Dernière édition15/05/2024

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