Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 14/4/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
Viernes 14 de Abril de 2023
PÁGINA 3
BOLETÍN OFICIAL
Jurisdicción: 20 - Ministerio de Gobierno y Justicia /
Saf: 20 - Ministerio de Gobierno y Justicia / Ubicación Geográfica: 11999 - Ámbito Provincial / Programa: 22 Subsecretaría de Autotransporte Terrestre / Actividad:
1 - Conducción Subsecretaría de Autotransporte Terrestre / Inciso:05 / Partida Principal: 1 / Partida Parcial:
9 - Transferencias a Empresas Privadas / Fuente de Financiamiento N 4.03 - Fondo Compensador Tarifario para el Sistema de Transporte Automotor / Ejercicio 2023.
Artículo 4.- Dar cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut del Convenio que por este acto se ratifica.Artículo 5.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.Artículo 6.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.Esc. AMRIANO E. ARCIONI
Abg. CRISTIAN AYALA
PODER EJECUTIVO: DEJAR SIN EFECTO el Decreto N 965 de fecha 23 de octubre de 2018
Decreto N 351
Rawson, 10 de Abril de 2023.
VISTO:
El Expediente N 710 -M.D.S.F.M.J - 2023; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, el señor Ministro de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, gestiona conformar el orden de prelación del Ministerio a su cargo;
Que mediante Decreto N 965 de fecha 23 de octubre de 2018, se estableció el orden de prelación para el caso de impedimento o ausencia de la señora Ministro del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social;
Que se deberá dejar sin efecto el Decreto N 965/
18 y establecer un nuevo orden de prelación de los/
las Subsecretarios/as que actuarán en su reemplazo, en caso de impedimento o ausencia, de conformidad con el artículo 155 - inciso 15 de la Constitución Provincial;
Que a fojas 1 obra Nota mediante la cual el señor Ministro de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, propone establecer el nuevo orden de prelación de los/
las Subsecretarios/as que actuarán en su reemplazo en caso de impedimento o ausencia;
Que en ese orden de ideas se establece en el presente acto, el orden de prelación que deberá seguirse, cuando se registre la situación planteada en el considerando precedente y determinar así el responsable del Ministerio de Desarrollo Social, Familia Mujer y Juventud;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
D E C R E TA :
Artículo 1.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto N 965
de fecha 23 de octubre de 2018, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos que anteceden.
Artículo 2.- ESTABLECER que en caso de impedimento o de ausencia del señor Ministro de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, el refrendo de los actos del Poder Ejecutivo será ejercido en las condiciones del artículo 155 - inciso 15 de la Constitución Provincial, por los/las Subsecretarios/as en el orden de prelación que seguidamente se detalla:
1. Subsecretario/a de Políticas Sociales 2. Subsecretario/a de Desarrollo Social 3. Subsecretario/a de Desarrollo Humano y Familia 4. Subsecretario/a de Políticas de Géneros y Diversidad Artículo 3.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y de Gobierno y Justicia.
Artículo 4.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.
Esc. AMRIANO E. ARCIONI
Abg. CRISTIAN AYALA
Sr. LUIS MANUEL AGUILERA
PODER EJECUTIVO: DESÍGNASE al Ministro de Economía y Crédito Público, como representante de las acciones Clase A del Banco del Chubut S.A.
Decreto N 355
Rawson, 10 de Abril de 2023.
VISTO:
El Expediente N 565-EC-2023 y la Ley II N 26; y CONSIDERANDO:
Que el Directorio del Banco del Chubut Sociedad Anónima ha convocado a Asamblea General Ordinaria de Accionistas para el día 13 de abril de 2023;
Que en Ejercicio de la Titularidad de las Acciones Clase A corresponde que este Poder Ejecutivo designe al representante con mandato suficiente para intervenir en la Asamblea convocada;
Que el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Economía y Crédito Público, Lic. Oscar Abel Antonena D.N.I. N 16.284.457, reúne las condiciones necesarias para cumplir tal cometido;
Que la representación se tendrá por cumplida con la copia certificada del acta de Asamblea respectiva;
Que ha intervenido legalmente la Asesoría General de Gobierno;