Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/4/2023

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial DECRETOS PROVINCIALES
PODER EJECUTIVO: Pago del complemento especial correspondiente al Programa de Compensación Salarial Docente Decreto N 302
Rawson, 30 de Marzo de 2023
VISTO:
El Expediente N 839 - ME - 23; y CONSIDERANDO:
Que por Ley N 26.075 se regula el incremento progresivo del financiamiento educativo, estableciendo en su artículo 9 la creación del Programa Nacional de Compensación Salarial Docente, cuyo objetivo es contribuir a la compensación de las desigualdades en el salario inicial docente en aquellas provincias en las cuales se evalúe fehacientemente que, a pesar del esfuerzo financiero destinado al sector y de las mejoras de la eficiencia en la asignación de los recursos, no resulte posible superar dichas desigualdades;
Que se ha suscripto con fecha 17 de febrero de 2023, el acta paritaria docente, cuyo Artículo 3 dispone que a partir del 01 de marzo de 2023, ningún docente percibirá una suma inferior a PESOS CIENTO
TREINTA MIL CON 00/100 $130.000,00, por lo que se crea un COMPLEMENTO en el marco del Programa Nacional de Compensación Salarial Docente;
Que en razón de ello, por Nota N 488/23 SP - ME, el Ministro de Educación de la Provincia del Chubut, solicita a su par nacional Licenciado Jaime PERCZYK, los fondos necesarios para complementar el equivalente a la diferencia entre el salario inicial de los docentes chubutenses y la suma expresada en el párrafo anterior;
Que el salario inicial mencionado estará compuesto por todos los ítems que percibe cada docente, de cualquier índole, sean remunerativos o no, bonificables o no, menos los descuentos de ley;
Que desde el Ministerio de Educación de la Nación se ha informado que la Provincia del Chubut ha sido incorporada en el Programa de Compensación Salarial Docente;
Que los plazos administrativos financieros, impiden que la transferencia de fondos desde el ente nacional, estén disponibles para su usufructo en el pago de haberes del mes de marzo de 2023, lo que implicaría un incumplimiento a lo expresado en la paritaria nacional;
Que en función de hacer efectivo el pago de este complemento, la Provincia deberá provisoriamente financiar el mencionado pago con recursos de libre disponibilidad, para luego compensar los mismos al momento de recibir por parte del Estado Nacional las transferencias correspondientes;
Que ello permitirá dar cumplimiento a lo dispuesto
Miércoles 12 de Abril de 2023

en el artículo 3 del Acta Paritaria Nacional, en los términos del Artículo 9 de la Ley 26.075 de Financiamiento Educativo, del artículo 117 de la Ley 26.206 de Educación Nacional, de la Resolución ME N 79/16 y del Programa 98 de la Ley 27.701 del Presupuesto para el año 2023;
Que para hacer efectivo el pago del complemento deberá considerarse lo normado por Resolución ME N
79/16, respecto a que la liquidación será no remunerativa y no bonificable por ningún concepto, y que la misma debe figurar en el recibo de haberes provincial con la leyenda Programa de compensación salarial docente Ley de Financiamiento Educativo - artículo 9;
Que la modificación del Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados se encuadra en el artículo 13, inciso 2, apartado d de la Ley II N 282;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

D E C R E TA :
Artículo 1.- Establecer a partir de la fecha del presente Decreto, la utilización de recursos de libre disponibilidad para hacer frente al pago en tiempo y forma del complemento especial correspondiente al Programa de Compensación Salarial Docente, los cuales serán compensados mensualmente una vez acreditada la transferencia de los fondos por parte del Estado Nacional.
Artículo 2.- Comunicar a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.
Artículo 3.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Educación, de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.
Artículo 4.- Regístrese, comuníquese, notifíquese dese al Boletín Oficial y cumplido. ARCHÍVESE.
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Abg. CRISTIAN AYALA
Lic. OSCAR ABEL ANTONENA
Sr. JOSÉ MARIA GRAZZINI AGERO

PODER EJECUTIVO: Ratificar el Convenio de Colaboración y Cooperación del Área Natural Protegida Bosque Petrificado Sarmiento Decreto N 334
Rawson, 03 de abril de 2023
VISTO:
El Expediente N 0001340/2022-MTyAP; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la ratificación del CONVENIO DE COLABORACIÓN Y COOPERACION DEL AREA NATURAL PROTEGIDA BOSQUE
PETRIFICADO SARMIENTO celebrado en fecha 14 del mes de febrero del año 2023;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/4/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date12/04/2023

Page count30

Edition count4335

Première édition07/01/2004

Dernière édition26/04/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Abril 2023>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30