Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/2/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Viernes 17 de Febrero de 2023
AÑO 2023

Dto. Nº 120

PÁGINA 3

BOLETÍN OFICIAL

13-02-23

Artículo 1.- Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2023, la suma de PESOS CIEN MILLONES $ 100.000.000 en la Jurisdicción 66, S.A.F. 66 - SAF Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y la suma de PESOS DOSCIENTOS MILLONES $
200.000.000 en la Jurisdicción 67, S.A.F. 67 - SAF Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N
1 y 2, que forman parte del presente Decreto.Artículo 2.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-

CINCUENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS MIL
$51.600.000,00, será imputado por el mes de enero de 2023 en la Jurisdicción: 20 - Ministerio de Gobierno y Justicia / Saf: 20 - Ministerio de Gobierno y Justicia /
Ubicación Geográfica: 11999 - Ámbito Provincial / Programa: 22 - Subsecretaría de Autotransporte Terrestre / Actividad: 02 - Dirección General de Autotransporte Terrestre / Inciso: 05 / Partida Principal: 01 / Partida Parcial: 09 - Transferencias a Empresas Privadas /
Fuente de Financiamiento 3.58 - Recursos de afectación esp de Origen Pcial. / Fdo. Aporte Especial Ley 5616 / Ejercicio 2023.
Ver Anexos en el Original en la Dirección General de Registros
Dto. Nº 124
Ver Anexos en el Original en la Dirección General de Registros
Dto. Nº 122

13-02-23

Artículo 1.- Otorgar la Compensación Tarifaria Provincial a favor de las empresas de autotransporte terrestre de pasajeros que prestan servicio interurbano en la Provincia del Chubut, que se detallan en el Anexo I
que forma parte integrante del presente decreto, por el mes de enero 2023, por los importes mensuales allí consignados.Artículo 2.- El gasto que demande la Compensación, que asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y
TRES MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL $
33.420.000,00, será imputado por el mes de enero de 2023 en la Jurisdicción: 20 - Ministerio de Gobierno y Justicia / Saf: 20 - Ministerio de Gobierno y Justicia /
Ubicación Geográfica: 11999 - Ámbito Provincial / Programa: 22 Subsecretaría de Autotransporte Terrestre / Actividad: 02 - Dirección General de Autotransporte Terrestre / Inciso: 05 / Partida Principal: 01 / Partida Parcial: 09 Transferencias a Empresas Privadas / Fuente de Financiamiento 3.58 Recursos con afectación esp. de Origen Pcial./ Fdo. Aporte Especial Ley 5616 /
Ejercicio 2023.Ver Anexos en el Original en la Dirección General de Registros
Dto. Nº 123

RESOLUCIÓN
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS

13-02-23

Artículo 1.- Exceptuase el presente tramite el criterio de irretroactividad establecido en el artículo 32, punto 1 de la Ley I N 18 del Digesto Jurídico, por aplicación de los dispuesto en el punto 3 del mismo artículo y norma legal.Artículo 2.- Otorgar la compensación tarifaria provincial por el mes de enero de 2023 a favor de las empresas de autotransporte terrestre de pasajeros que prestan servicio urbano en la Provincia del Chubut que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente decreto, por los importes mensuales allí consignados.Artículo 3.- El gasto que demande la citada Compensación, que asciende a la suma total de PESOS

13-02-23

Artículo 1.-Otorgarse un subsidio en los términos del Decreto N 1304/78, modificado por los Decretos N
1232/00 y 2424/04, por la suma de PESOS UN MILLON
QUINIENTOS MIL $ 1.500.000, a favor de la Comuna Rural de Cushamen, CUIT N 30-67035009-2 en la persona de su Presidente señor Ricardo Elíseo MILLAHUALA DNI N 13.533.165, destinado al sostenimiento de las cuadrillas que realizan el monitoreo, control y aplicación de la Tucura Sapo.Artículo 2.- Autorízase al SAF 67 Ministerio Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio a abonar la suma detalla en el Artículo 1.Artículo 3 - La Comuna Rural de Cushamen deberá invertir los fondos dentro de los NOVENTA 90 días de recepcionados y rendirlos por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los SESENTA 60 días de su inversión, con remisión de copia a la Dirección General de Administración del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio. Artículo 4.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará con cargo a la Jurisdicción 67-SAF 67- Programa 01- Actividad 01 I.P.P.
5-7-6 - Fuente de Financiamiento 111 - Ejercicio 2023.

Resolución N 24
Rawson, CH 13 de diciembre de 2022.VISTO:
El Expediente Nº 88/2022 - EPRESP, la Ley I Nº 196, y;
CONSIDERANDO:
Que el Ente Regulador de Servicios Públicos de la Provincia del Chubut EPRESP es un Organismo autárquico creado por Ley I N 196;
Que la citada ley establece que el Consejo Directivo tiene entre sus atribuciones la de contratar y remover a su personal, fijándole su funciones y condiciones de empleo;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/2/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date17/02/2023

Page count24

Edition count4335

Première édition07/01/2004

Dernière édition26/04/2024

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