Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/2/2023

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 114

07-02-23

Artículo 1.- Aprobar lo actuado por el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, en relación al dictado de las Resoluciones N 99/2020MAGIyC, 100/2020-MAGIyC, N 101/2020-MAGIyC, 102/
2020-MAGIyC, 103/2020-MÁGIyC, 104/2020-MAGIyC, 105/2020-MAGIyC, 106/2020-MAGIyC, por medio de las cuales se procedió a otorgar subsidios a las Municipalidades de Río Mayo, Tecka, Sarmiento, Gualjaina, Paso de Indios, José de San Martín, Río Pico y Corcovado, de la Provincia del Chubut, con el objetivo de prevenir, minimizar y neutralizar las consecuencias del avance de la pandemia provocada por el Coronavirus COVID-19, todo ello conforme el Convenio suscripto el día 30 de marzo de 2020 entre la Provincia del Chubut y el Consejo Federal de Inversiones a esos efectos.-

Dto. Nº 115

07-02-23

Artículo 1.- Otórgase un subsidio al Club Social y Deportivo Roca CUIT 30-71439480-7, destinado a la realización de la obra denominada Vestuarios Club Social y Deportivo Roca, por la suma total de PESOS
CUARENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES CON
DIECINUEVE CENTAVOS $ 43.434.823,19, en tres 3
cuotas iguales de PESOS CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DISCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS
$14.478.274,39, abonándose la primera con el dictado del presente decreto, y las restantes cada treinta 30 días.Artículo 2.- La institución beneficiaria deberá presentar el certificado de avance de obra, suscripto por su Presidente y el Responsable Técnico de la obra, ante la Subsecretaría de Obras Municipales, dependiente del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación, organismo que mediante acto administrativo deberá aprobar el avance de la misma y proceder a la autorización de pago. El último desembolso se tramitará ante la presentación del certificado de avance de obra y acta de recepción provisoria.
Artículo 3.- El Presidente de la institución señor Diego José María SOLER DNI 25.656.740, y el Tesorero señor Luis del Carmen VALLEJOS DNI 21.927.327, serán los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados.Artículo 4.- El subsidio otorgado deberá ser invertido dentro de los ciento veinte 120 días de recepcionado y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta 60 días de su inversión.
Artículo 5.- Los importes no utilizados deberán
Miércoles 15 de Febrero de 2023

ser reintegrados mediante cheque, giro o depositados en la cuenta N 203443/7 a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición en el Tribunal de Cuentas de la Provincia.Artículo 6.-El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado, en la jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia / S.A.F. 20 - SAF
Ministerio de Gobierno y Justicia / Ubicación Geográfica 11999: ámbito provincial / Programa 01: Conducción Ministerio de Gobierno y Justicia / Actividad 01: Conducción Ministerio de Gobierno y Justicia / Inciso: 05 / Partida Principal 02: transferencias de capital a asociaciones civiles / Partida Parcial 05 / Fuente de Financiamiento:
1.11 / Rentas Generales /Ejercicio 2023.

Dto. Nº 116

07-02-23

Artículo 1.- Designar a la agente Liliana DIAZ MI N
24.974.707 - Clase 1975 cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente de la Dirección General de Medios - Subsecretaria de información Pública - Secretaría General de Gobierno, en el cargo de Directora General de Coordinación y Gestión Administrativa del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación, a partir de la fecha del presente decreto.Artículo 2.-La agente Liliana DIAZ MI N 24.974.707
- Clase 1975 reservará su cargo de revista: Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente de la Dirección General de Medios - Subsecretaria de Información Pública - Secretaría General de Gobierno, de acuerdo a los Artículos 14 y 20 de la Ley I N 74.Artículo 3.- El gasto q e demande el cumplimiento del presente decreto, se imputará a la Jurisdicción 8: Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación - SAF: 88
- Programa 1: Conducción del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación - Actividad 1: Conducción del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación Ejercicio 2023.-

RESOLUCIÓN
PODER JUDICIAL
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA GENERAL
Nº 9750/2023
Rawson, 09 de febrero de 2023.VISTO:
La Resolución Administrativa General N 7102/2020, el Inodi Expediente N 498369, y;
CONSIDERANDO:
Que se encuentra un 1 cargo de Auxiliar Letrado vacante en la Cámara Penal de la Circunscripción Judicial N V con asiento en la ciudad de Esquel;
Que corresponde llamar a concurso en los términos del Acuerdo Plenario N 4030/12, sus modificatorios, y del Protocolo establecido por el Acuerdo Plenario N 4947/

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/2/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date15/02/2023

Page count27

Edition count4335

Première édition07/01/2004

Dernière édition26/04/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Febrero 2023>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728