Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 10/2/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Desígnase al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio como responsable de asignar los recursos del proyecto DESARROLLO DE GANADERÍA
BOVINA EN ZONAS ÁRIDAS DE LA PROVINCIA
DEL CHUBUT
Decreto N 108
Rawson, 06 de Febrero de 2023
VISTO:
El Expediente N 3184/2022-MAGlyC; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita establecer al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, como órgano encargado de ejecutar los recursos del Convenio suscripto entre la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía y el Gobierno de la Provincia del Chubut, en el marco del Régimen para la Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas;
Que mediante la Ley N 27.066 se creó el Régimen de Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas, con el objeto de incrementar en las zonas áridas y semiáridas de todo el territorio nacional la oferta de productos y subproductos de la ganadería bovina de carne para abastecer adecuadamente el mercado interno y externo, tanto en calidad como en cantidad, mejorando la eficiencia productiva, los sistemas comerciales, de información y la competitividad del negocio, preservando los equilibrios ambientales de dichas regiones;
Que la referida Ley se instrumenta a través del PLAN FEDERAL DEL BICENTENARIO DE GANADOS Y
CARNES, creado mediante la Resolución N 24 de fecha 10 de febrero de 2010 modificada por su similar N
360 de fecha 2 de junio de 2015, ambas del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA;
Que dicho plan prevé la asistencia financiera de proyectos específicos presentados por Gobiernos Provinciales, Municipales, Asociaciones, Cooperativas, Organizaciones o Entidades Privadas del sector de ganados y carnes mediante la suscripción de convenios;
Que en tal sentido, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación aportó a la Provincia la suma de PESOS DOS
MILLONES OCHOCIENTOS MIL $ 2.800.000, destinados a financiar el proyecto específico DESARROLLO
DE GANADERÍA BOVINA EN ZONAS ÁRIDAS DE LA
PROVINCIA DEL CHUBUT, que como Anexo forma
Viernes 10 de Febrero de 2023

parte del Convenio;
Que el Proyecto mencionado tiene como objetivo 1
contribuir con asesoramiento, apoyo profesional, facilidad para adquirir infraestructura propia del manejo bovino, a aquellos productores que demostraron estar en una línea de trabajo y quieran reconvertir la ganadería ovina en bovina; 2 demostrar en base a los resultados que se fueron obteniendo que es posible redireccionar la producción en establecimientos que cumplan con las condiciones básicas sin necesidad de tener que vaciar los campos; y 3 seguir y asesorar a aquellos productores y productoras que se encuentran en la transición productiva, brindándoles herramientas que contribuyan con un mejor uso y aprovechamiento de las instalaciones y del recurso;
Que en ese marco las acciones a desarrollar serán las siguientes: chequeo de pastizales, disponibilidad forrajera del establecimiento; distribución según balance forrajero del suplemento estratégico; aplicación de plan sanitario; incorporación de genética en aquellos establecimientos seleccionados; y asistencia técnica permanente;
Que atento ser la Provincia la responsable de la ejecución de las tareas necesarias para el logro de los objetivos del Convenio, como así también de su aplicación y rendición, corresponde en esta instancia designar al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio a esos efectos, por ser el responsable institucional del Proyecto, a través de la Subsecretaría de Ganadería;
Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio ha intervenido en las presentes actuaciones;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

D E C R E TA :
Artículo 1.- Designar al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio como responsable de asignar los recursos provenientes del proyecto específico DESARROLLO DE GANADERÍA BOVINA EN ZONAS ÁRIDAS DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, que como Anexo forma parte del Convenio suscripto el día 07 de diciembre de 2022, entre la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación y el Gobierno de la Provincia del Chubut, en el marco del Régimen para la Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas.Artículo 2.- Dese cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut a efecto que tome intervención conforme lo establece el Artículo 155, Inciso 7 de la Constitución Provincial de la Provincia del Chubut.Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, y de Gobierno y Justicia Artículo 4.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 10/2/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date10/02/2023

Page count24

Edition count4335

Première édition07/01/2004

Dernière édition26/04/2024

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