Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 31/5/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Martes 31 de Mayo de 2022

BOLETÍN OFICIAL

PlanificaciónPrograma 30 - Actividad 04 - Inciso 5 Partida Principal 8 - Partida Parcial 6 - Partida Subparcial 01 - Fuente de Financiamiento 3.68 - Ejercicio 2022.-

Dto. Nº 485

19-05-22

Artículo 1.- DECLÁRASE como Legítimo Abono la suma de PESOS SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y TRES CON CINCUENTA Y CUATRO
CENTAVOS $ 619.193,54 IVA incluido, por la deuda generada por el alquiler del inmueble ubicado en calle Lewis Jones N 280 de la ciudad de Rawson, para el funcionamiento del sector operativo del Departamento Eolo Chubut de la Dirección General de Servicios Públicos dependiente del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación, con el Señor JULIAN GALLARDO L.E N 7.813.700, por el período comprendido entre el 22 de Julio de 2020 al 30 de Junio de 2021.Artículo 2.- ABÓNESE la suma de PESOS SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y TRES
CON CINCUENTA y CUATRO CENTAVOS $ 619.193,54
IVA incluido al Señor JULIAN GALLARDO - L.E N
7.813.700.Artículo 3.-INSTRUIR Sumario Administrativo a los fines de investigar la trasgresión de normas legales y reglamentarias vigentes, estando involucrados agentes de la Administración Pública Provincial y de esta forma deslindar responsabilidades administrativas disciplinarías y/o patrimoniales en los términos de los Artículos 152 y 153 de la Ley II N 18.Artículo 4.- IMPÚTESE el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, que asciende a la suma de PESOS SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL CIENTO
NOVENTA Y TRES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS $ 619.193,54 IVA incluido en la Jurisdicción 8 Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación
SAF 31 - Subsecretaría de Energía - Fuente de Financiamiento 1.11 - Programa 2 - Actividad Específica 01 - Inciso 3 - Partida Principal 2 - Parcial 1 - Ejercicio 2022.-

Dto. Nº 486

19-05-22

Artículo 1.- AUTORIZASE a partir de la fecha del presente, el otorgamiento de una ayuda social directa a los trabajadores en relación de dependencia de las firmas ALPESCA S.A. e ISSFOOD SA que cumplimentan los requisitos del Decreto Provincial N 837/14, y que se individualizan en el ANEXO I, que forma parte integrante del presente Decreto.Artículo 2.- ABONESE a los beneficiarios detallados en el ANEXO I del presente Decreto, la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y SEIS MIL $176.000 correspondientes a la 1 y 2 quincena del mes de Marzo del año 2022, siendo un total de CUARENTA y CUATRO
44 trabajadores, los que percibirán la suma de PESOS
CUATRO MIL $4.000 cada uno.Artículo 3.- ESTABLECESE que los beneficiarios mantendrán la condición hasta tanto se reincorporen al circuito laboral, o estén en condiciones de acceder al régimen previsional que corresponda. La Secretaria de Trabajo arbitrará los medios necesarios a los fines de constatar tal condición y comprobada que fuera, dis-

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pondrá la baja automática de la ayuda social económica directa instrumentada.Artículo 4.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, el cual asciende a la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y SEIS
MIL $176.000 se imputará con cargo a la: Jurisdicción 15- Secretaría de Trabajo - SAF 15 - Programa 17Programa de Asistencia Laboral 00/00/A04 - Trabajar para Incluir 5- Transferencias 1- Transferencias al sector privado para gastos corrientes 4 - Ayuda social a personas 01 -Fuente de Financiamiento 3.47- Ejercicio 2022.Ver Anexos en el Original en la Dirección General de Registros
Dto. Nº 487

19-05-22

Artículo 1.- OTORGUESE una ayuda social directa a los trabajadores de la firma GUILFORD ARGENTINA
SA individualizados en el Anexo I que forman parte integrante del presente Decreto, por la suma de PESOS
SEIS MIL $6.000 cada uno, por un total de SESENTA Y
UN 61 trabajadores, ascendiendo a la suma total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL $366.000, por el período correspondiente al mes de Diciembre del año 2021.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, y que asciende a la suma total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL $366.000
se imputará con cargo en la Jurisdicción 15- SAF 15Secretaría de TrabajoPrograma 17- Programa de Asistencia Laboral 00/00/A04 - Trabajar para Incluir 5
Transferencias 1- Transferencias al sector privado para gastos corrientes 4 -Ayuda social a personas 01 Fuente de Financiamiento 3.47 -Ejercicio 2022.Ver Anexos en el Original en la Dirección General de Registros
Dto. Nº 489

19-05-22

Artículo 1.-Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL $
450.000,00, a favor de la Comuna Rural Dr. Ricardo Rojas, representada por su Presidente, señor Néstor Jorge VILLEGAS D.N.I. 14.898.184, destinado a cubrir desequilibrios financieros.Artículo 2.- El subsidio otorgado en el artículo 1
deberá ser invertido por el responsable dentro de los ciento veinte 120 días de recepcionado el primer desembolso y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.Artículo 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 91, SAF. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 96, Actividad 1, Fuente de Financiamiento 1.11, Partida 5.76: Aportes a Gobiernos Municipales, Ejercicio 2022.Artículo 4.- Autorizase al Área de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda a transferir los fondos del Aporte No Reintegrable conforme lo establecido en el presente Decreto.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 31/5/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date31/05/2022

Page count21

Edition count4339

Première édition07/01/2004

Dernière édition15/05/2024

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