Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/5/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 10

BOLETIN OFICIAL

lo dispuesto en el Artículo 2 de la presente Disposición, solicitando tome los recaudos necesarios a fin de hacerla cumplir hasta tanto se produzca el levantamiento por parte de esta Autoridad de Aplicación. En caso de que la Municipalidad de Gaiman tome conocimiento de incumplimiento de la medida aquí dispuesta deberá notificarse de manera inmediata a esta Autoridad de Aplicación a fin de efectuar las sanciones correspondientes.Artículo 6.- Regístrese, notifíquese a Juan Ignacio ITURRALDE, Avícola Iturralde S.R.L., Avícola Granja Sur S.R.L. y/o CARPAT S.A., comuníquese a la Municipalidad de Gaiman, a la Subsecretaría de Ganadería dependiente del Ministerio de Producción y al El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria Senasa, dése al Boletín Oficial para su publicación y cumplido, ARCHÍVESE.-

Disp. N 24

17-03-20

Artículo 1.- INSTRUYASE sumario administrativo a la empresa SERVICOOPCOOPERATIVA LIMITADA
DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y VIVIENDA
DE PUERTO MADRYN S.R.L., domicilio legal Fontana N 42 en de la ciudad de Provincia del Chubut, por la presunta infracción al artículo 39 de la Ley XI N 35
Código Ambiental de la Provincia del Chubut y a los artículos 3, 5, 9, 13, 15, 19, 38 y 39 del Decreto 1540/16.
Artículo 2.- A los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, fijase el perentorio plazo de siete 7
días hábiles de notificada la presente, para que la empresa, presente descargo, ofrezca la prueba que estime haga su derecho, autorizándolo a tomar vista de las actuaciones, bajo apercibimiento de tener por presunta la veracidad de los hechos imputados.
Artículo 3.- Designase instructor sumariante al Dr.
José Manuel PENDON, D.N.I N 25.887.636 quien deberá llevar adelante el presente sumario administrativo, de acuerdo a los Artículos 4, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 del Decreto 1282/08.Artículo 4.- Regístrese, notifíquese a la empresa SERVICOOP COOPERATIVA LIMITADA DE PROVISIÓN
DE SERVICIOS PÚBLICOS Y VIVIENDA DE PUERTO
MADRYN S.R.L., comuníquese a la Municipalidad de Puerto Madryn, dese al Boletín Oficial para su publicación y cumplido ARCHIVESE.-

Disp. N 25

16-04-20

Artículo 1.- APRUÉBESE el Estudio de Impacto Ambiental denominado: Instalación Horno para el Tratamiento de Residuos Peligrosos, ubicado en Área El Tordillo, presentado por la empresa QUIMIGUAY
COMODORO SA. en su carácter de responsable técnico de la elaboración del proyecto.Artículo 2.- La presente Disposición de aprobación no exime al titular del proyecto de solicitar las autorizaciones que sean pertinentes para ejecutar el mismo.Artículo 3.- La empresa QUIMIGUAY COMODORO SA.
deberá presentar de manera previa al inicio de las obras:
a. Cronograma de obras con fechas precisas del avance de proyecto, debiendo informar fecha prevista para el inicio de las obras como así también fecha de
Viernes 15 de Mayo de 2020

finalización correspondiente.
b. Presentar las autorizaciones emitidas por la Municipalidad de Comodoro Rivadavia para la disposición de residuos asimilables a urbanos en basural municipal.
c. Abastecimiento de agua necesaria para la obra, autorizaciones, permito de explotación del recurso, como así también análisis de calidad del agua.
d. Cumplimiento de la legislación vigente en materia de efluentes cloacales y presentación de procedimiento completo sobre la gestión de aguas grises y negras.
e. Informar de manera cabal el tipo, fuente, cantidad, almacenamiento y consumo de combustible, debiendo cumplir con la normativa legal aplicable.
Artículo 4.- La empresa QUIMIGUAY COMODORO
SA. deberá presentar, a fin de evaluar la correcta aplicación de las medidas de mitigación propuestas, un Informe de Auditoría Ambiental cuando el proyecto se encuentre en un estado de avance del 50% y otro finalizado el mismo, debiéndose informar de manera previa la fecha de inicio de la obra.
Artículo 5.- La empresa QUIMIGUAY COMODORO
SA. deberá presentar, la copia certificada de póliza de seguro de daño ambiental de incidencia colectiva o seguro de caución en el caso de ser materialmente imposible la contratación del primero, a favor de la provincia del Chubut.
Artículo 6.- EI incumplimiento de los artículos anteriores, condiciona la plena vigencia de la presente Disposición, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder.-

Disp. N 28

27-04-20

Artículo 1.- ACLARECE que la CLAUSURA PREVENTIVA dispuesta al establecimiento ubicado en Chacra 145 F Bryn Gwyn, Gaiman, Provincia del Chubut, por infracción a los artículos 39, 40 y 41 de la Ley XI N
35 y al Decreto N 185/09, es solamente en relación a la disposición de los residuos sólidos orgánicos en el fondo predio.Artículo 2.- Regístrese, notifíquese a Juan Ignacio ITURRALDE, Avícola Iturralde S.R.L., Avícola Granja Sur S.R.L. y/o CARPAT S.A., comuníquese a la Municipalidad de Gaiman, a la Subsecretaría de Ganadería dependiente del Ministerio de Producción y al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria Senasa, dése al Boletín Oficial para su publicación y cumplido, ARCHÍVESE.-

Sección General EDICTO JUDICIAL
El Juzgado Letrado de Primera Instancia de Ejecución N 1, a cargo del Dr. Gustavo L. H. ToquierJuez, Secretaría N 1 a cargo del autorizante, de la Circuns-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/5/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date15/05/2020

Page count12

Edition count4339

Première édition07/01/2004

Dernière édition15/05/2024

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