Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 18/1/2019

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

d Adopción;
e Lactancia;
f Matrimonio;
g Fallecimiento de familiar directo cónyuge, hijos, padre, madre y hermanos;
h Exámenes de estudios solo por el día fijado para el examen correspondiente;
i Razones personales Art. 6º Resolución N 195/
17-ST;
j Capacitación Gremial, solo para delegados gremiales seis 6 días al año;
k Tutela o Tenencia;
TÍTULO II
De las Sanciones a Apercibimiento:
Se procederá a descontar el equivalente al Cincuenta por ciento 50% por cada apercibimiento del total a percibir del Fondo por Funciones Específicas.b Suspensión:
Se procederá a descontar el equivalente al cien por ciento 100% del mes en curso a percibir del Fondo por Funciones Específicas.c Cesantía/Exoneración:
Los agentes que resultaren cesantes y/o exonerados de la Administración Pública Provincial pierden el total de los importes correspondientes al Fondo por Funciones Específicas.TÍTULO III
Consideraciones Generales:
1 Adscriptos:
a Agentes del Ministerio de Turismo que presten servicios en otras reparticiones:
No percibirán el Fondo por Funciones Específicas.
En caso de que dicho agente retorne al Ministerio de Turismo, podrá percibir el Fondo por Funciones Específicas a partir del inicio del año siguiente, tomando en cuenta la fecha de retorno al Ministerio de Turismo.b Agentes de otras reparticiones con asignación de funciones el Ministerio de Turismo:
Percibirán el Fondo por Funciones Específicas después de un 1 año de prestación de funciones efectivas en el Ministerio de Turismo y al cincuenta por ciento 50%.2 Antigedad:
a Antigedad Empleado del Ministerio de Turismo:
A la fecha de comienzo de aplicación del Fondo por Funciones Específicas y por única vez se tendrá en cuenta la antigedad total de todos los agentes que se despeñen en el Ministerio de Turismo, incluso la trabajada en otros organismos pertenecientes a la Administración Pública Provincial antigedad registrada en el recibo de haberes de cada agente.b Antigedad de personal del Ministerio de Turismo adscripto a otras reparticiones:
Todos aquellos agentes adscriptos en otras reparticiones, al momento de regresar a prestar funciones en el Ministerio y los ingresantes percibirán el Fondo por Funciones Específicas después de un 1
año de prestación efectiva en el Ministerio de Turismo e independientemente de su antigedad total contem-

Viernes 18 de Enero de 2019

plada en el recibo de haberes iniciaran en la escala más baja de antigedad establecida a los efectos del cobro del Fondo por Funciones Específicas.3 Comisión Revisora.
a Créase la Comisión Revisora del Fondo por Funciones specíficas, la deberá ser reglamentada.b Conformación: la Comisión estará integrada por un 1 titular afiliado y un 1 suplente afiliado por gremio, quienes serán elegidos por el personal del Ministerio de Turismo por la mayoría simple. Asimismo estará integrada por igual cantidad de personas quienes serán elegidas por las autoridades del Ministerio de Turismo. En caso de empate, define la máxima autoridad del Ministerio de Turismo.-

PODER EJECUTIVO: Autorización de Descuentos Dto. N 48/19
Rawson, 11 de Enero de 2019
VISTO:
El Expediente N 2403 - M.F.P.S. - 2017; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente del Visto, la Subsecretaría de Desarrollo Social dependiente del Ministerio de la Familia y Promoción Social solicita se gestione la habilitación de un código de descuento por planilla;
Que el mencionado código tiene por finalidad efectuar retenciones correspondientes a la cuota social de los Centros de Veteranos de la Provincia del Chubut que integran la Mesa de Enlace Provincial, descontando de los sueldos de los empleados de la administración pública adheridos, en concepto de cuota social y servicios sociales prestados por las mencionadas Asociaciones;
Que la citada Mesa de Enlace se encuentra conformada por representantes del Centro de Ex Soldados Combatientes en Malvinas de Trelew, Centro de Veteranos de Guerra de Puerto Madryn, Asociación de Veteranos de Guerra de Malvinas Colonia Sarmiento, Centro de Ex Soldados Combatientes en Malvinas de Esquel y zona Noroeste, Unión Ex Combatientes de Malvinas Georgias y Sandwich del Sur y Centro de Veteranos ambos de Comodoro Rivadavia;
Que de fojas refoliado 29/145 obra documentación correspondiente de cada una de las Asociaciones Civiles sin fines de lucro;
Que la referida autorización se ajusta a las prescripciones de la Ley I N 109;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de la Familia y Promoción Social;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
D E C R E TA :
Artículo 1º.- Autorízase a los Servicios Administrativos de la Administración Pública Central y Organismos Descentralizados, a descontar de los haberes del perso-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 18/1/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date18/01/2019

Page count19

Edition count4340

Première édition07/01/2004

Dernière édition06/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Enero 2019>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031