Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/6/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Declárase Huésped de Honor al Señor Presidente de la Nación, Dr. NESTOR
CARLOS KIRCHNER y COMITIVA.
Dto. N 647/06.
Rawson, 01 de Junio de 2006.
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el día viernes 02 de junio del corriente año, visitará la Provincia del Chubut el Señor Presidente de la Nación, Dr. NESTOR CARLOS KIRCHNER y COMITIVA;
Que resulta particularmente grato al Gobierno de la Provincia del Chubut, recibir a tan distinguido visitante, brindándole los honores correspondientes a su jerarquía;
Que el mismo estará participando del Acto Inaugural del Nuevo Puente de Rawson;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno en el presente trámite;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
DECRETA:
Artículo 1º.- Declárase Huésped de Honor mientras dure su permanencia en la Provincia del Chubut, al Señor Presidente de la Nación, Dr. NESTOR CARLOS
KIRCHNER y COMITIVA.
Artículo 2.- El presente Decreto, será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial, y cumplido, ARCHIVESE.
MARIO DAS NEVES
NORBERTO GUSTAVO YAUHAR

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 628

30-05-06

Artículo 1º.- AUTORIZASE la comisión de servicios a realizar por personal dependiente de la Dirección General de LU 90 TV Canal 7 de Rawson a la Región de Aysén, República de Chile con motivo de realizarse el Encuentro Empresarial Chileno Argentino 2006
los días 1º y 2 de junio del corriente año.

Jueves 15 de Junio de 2006

Artículo 2º.- DESIGNASE a los agentes Carlos ESPINOSA L.E. Nº 7.812.397 y Mario MALBAREZ D.N.I.
Nº 8.526.340 a participar del encuentro mencionado en el artículo 1º del presente Decreto.
Artículo 3.- FIJASE en la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TREINTA U$S 130,00 el monto diario a percibir en concepto de viáticos dure su permanencia fuera de los límites de nuestro país y dentro de lo establecido por el Decreto 1374/03.

Dto. Nº 638

31-05-06

Artículo 1º.- Reconocer lo actuado y abonar a la agente VIDAL, María Alejandra DNI Nº 21.335.271
clase 1970 la diferencia salarial existente entre su cargo de revista Profesional II Categoría 2-B Agrupamiento Personal Profesional con 44 horas semanales de labor, y el cargo Director de Internado Categoría 1C Agrupamiento Personal Jerárquico ambos correspondientes a la Ley 3158, dependiente de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia - Ministerio de la Familia y Promoción Social, a partir del 28 de julio de 2005 y hasta el 06 de diciembre del mismo año, por aplicación del Artículo 105º del Decreto Ley 1987, reglamentado por Decreto Nº 116/82 y Decreto Nº 700/92, más el Adicional por Dedicación Exclusiva establecido en el Artículo 5º inciso h de la Ley 3158, modificado por el Artículo 5º - inciso h Decreto 1170/91.
Artículo 2º.- El gasto que demande el presente trámite será imputado en la Jurisdicción 40 - Ministerio de la Familia y Promoción Social SAF 40 Programa 92
Reclamo de gastos de Personal de Ejercicios Anteriores, por el período comprendido entre el 28 de julio de 2005 y el 06 de diciembre del mismo año.

Dto. Nº 639

31-05-06

Artículo 1.- OTORGASE un subsidio por la suma de PESOS CIEN MIL $ 100.000,00 a favor de la Municipalidad de Trelew, representada por su Intendente Dr.
CESAR GUSTAVO MAC KARTHY DNI Nº 17.643.956, destinado a asistir a familias relacionadas con la problemática de la pesca, que se encuentran atravesando una crítica situación social debido a la falta de trabajo.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será con cargo a: Jurisdicción 40 Ministerio de la Familia y Promoción Social Programa 22 Actividad 3 Ubicación Geográfica 7751 Inciso 5
Partida Principal 7 Partida Parcial 6 Fuente de Financiamiento 111 Ejercicio año 2006.
Artículo 3.- El subsidio otorgado deberá ser invertido dentro de los treinta 30 días de recepcionado y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta 60 días de su inversión, con copia a la Dirección General de Administración del Ministerio de la Familia y Promoción Social.

Dto. Nº 640

01-06-06

Artículo 1º.- RECTIFICASE el Anexo II del Decreto Nº 97/06.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/6/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date15/06/2006

Page count22

Edition count4341

Première édition07/01/2004

Dernière édition24/06/2024

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