Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 6/5/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 86
Viernes, 06 de mayo de 2022
Pág. 39


OBJETO: Proyecto de instalación solar fotovoltaica de 500 Kw para autoconsumo, sin excedentes, sobre cubierta.
Situación: Paraje Los Aljibillos, s/n C.P. 04700 El Ejido Almería. Referencia Catastral: 000600700WF17B0001WM
Características técnicas:
- Tipo: Autoconsumo sin excedentes.
- Montaje: Sobre cubierta mediante soportes en montaje fijo coplanar a 6º - Potencia nominal / pico: 500,000 kWn / 550,095 kWp - Potencia nominal total: 500 kW
- N. de módulos y tipo: 1.209 x 455 Wp de Si monocristalino - Inversores: 5 de 100 kWn - Trifásicos de 400 V
- Conexión: En red interior mediante 2 interruptores Automáticos IV, uno de 630 A para el CGMP-1 y otro de 400 A para el CGMP-2, dotando cada inversor de interruptor magnetotérmico IV-160 A y relé diferencial de 30 mA, situados en cuadros independientes.

Segundo. Esta Autorización Administrativa Previa y de Construcción se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre y en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:
1 Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2 Transcurrido el plazo para la solicitud para la autorización de explotación de la instalación sin que se haya presentado la documentación, se procederá a la revocación de la presente autorización. La persona titular de la citada instalación podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación del Gobierno en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de este.
3 La persona titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación del Gobierno, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación.
4 Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación, en particular la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas, durante la ejecución del proyecto y en su explotación, así como los requisitos técnicos definidos por la empresa distribuidora en cuanto a regulación de tensión, comportamiento ante perturbaciones en la red eléctrica y huecos de tensión.
5 La Administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier momento en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma y/o la pérdida de los permisos de acceso y conexión a la red de la instalación. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
Tercero. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación del Gobierno y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos condicionantes habrán de respetarse: y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.
Cuarto. La presente autorización administrativa se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final cuarta, del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, condicionada a que no requiera de declaración de utilidad pública para su implantación y que no esté sometida a autorización ambiental unificada. Si las condiciones para acogerse a dicha disposición se alterasen, será necesario tramitar una nueva autorización, incluyendo el trámite de información pública.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada, en el plazo de UN
MES contado a partir del día siguiente a su notificación, bien ante esta Delegación o bien ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda y Financiación Europea, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Almería, a diecinueve de abril de dos mil veintidós.
EL DIRECTOR GENERAL DE ENERGÍA
P.D. Resolución de 11 de marzo de 2022 BOJA N.º 52 de 17/03/2022
LA DELEGADA DEL GOBIERNO EN ALMERÍA, María Isabel Sánchez Torregrosa.


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Documento firmado electrónicamente. Verificable en https ov.dipalme.org/csv?id=6-HxaLNxQN7M7Lm4-xcNjeNkVVaoa7Sq .

PRESUPUESTO: 330.500,00 €

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 6/5/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaysEspagne

Date06/05/2022

Page count40

Edition count6235

Première édition26/04/1999

Dernière édition10/06/2024

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