Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 21/2/2020

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 36
Viernes, 21 de febrero de 2020
Pág. 52


ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
543/20

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE SEVILLA
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 144/2018 Negociado: L
N.I.G.: 4109144S20150007633
De: D/D. FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN
Abogado: JOSÉ LUIS LEÓN MARCOS
Contra: D/D. CIORNEI SORINA
Abogado:

D/D DIANA BRU MEDINA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO
6 DE SEVILLA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 144/2018 a instancia de la parte actora D/D.
FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN contra CIORNEI SORINA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 27/11/2019 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1.- Declarar terminado el presente procedimiento de ejecución seguido a instancia de la FUNDACIÓN LABORAL DE LA
CONSTRUCCIÓN frente a ClORNEl SORINA.
2.- Hágase entrega a la parte actora de la cantidad de 10,01 € euros en concepto de intereses, al Letrado D. José Luis León Marcos la cantidad de 94,3 € en concepto de honorarios, expídanse mandamientos de pago por los citados importes, debiendo comparecer ante este Juzgado en día y hora hábil pura retirar los mismos.
3.- Asimismo, se acuerda el levantamiento de los embargos trabados sobre los bienes propiedad de la parte ejecutada, a tal fin álcese telemáticamente el embargo acordado a través de la base de datos que tiene instalada este Juzgado.
4.- Una vez verificado lo anterior, archívense las actuaciones sin más trámite.
MODO DE IMPUGNACIÓN: contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, que deberá interponerse en el plazo de cinco días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido, art. 188 LRJS, El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y, deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el DEPÓSITO para recurrir de VEINTICINCO EUROS, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones nº del JUZGADO DE
LO SOCIAL NÚMERO 6 DE SEVILLA, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos NO SE ADMITIRÁ A TRÁMITE el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.
Así lo acuerdo y firmo, Doy fe,EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación al demandado CIORNEI SORINA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia DE ALMERÍA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, Diana Bru Medina.
"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a las derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería B.O.P. nº 57 de 24/03/2009

Documento firmado electrónicamente. Verificable en https ov.dipalme.org/csv?id=D2N5BNRybQrkVHrcUM2iefqmqLIpo6Kk .

EDICTO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 21/2/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaysEspagne

Date21/02/2020

Page count54

Edition count6234

Première édition26/04/1999

Dernière édition07/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Febrero 2020>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829