Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/02/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

6 de febrero de 2023

BOLETIN OFICIAL Nº 6158

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SECCIÓN ADMINISTRATIVA

DECRETOS
DECRETO Nº 1672/22

Viedma, 29 de diciembre de 2022

Visto: el Expediente N 087882-LG-2013, del Registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 425/428 luce el Decreto N 1541/2020, mediante el cual se le prorrogó a la Empresa Las Grutas S.A., la Concesión para la prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros por Automotor, por el término de dos 2 años, entre las localidades de ViedmaSan Carlos de Bariloche con paradas intermedias, en la modalidad Ejecutivo;
Que a fojas 484 el Apoderado de la Empresa, Señor Héctor Omar Castro, solicita la renovación de la concesión, adjuntando la documentación prevista en los términos del Artículo 30 inciso b de la Ley Provincial J N 651;
Que el Coordinador General a cargo de la Dirección de Transporte Terrestre certifica que la empresa presentó la totalidad de la documentación requerida, reuniendo los requisitos legales exigidos a fojas 539/540;
Que en este corredor no se prestan servicios similares y que durante el período en que duró la concesión otorgada, la operadora unió parajes y poblaciones remotas del interior de nuestra provincia con dos centros turísticos importantes de la misma;
Que entendiendo que la prestataria cubrió la demanda de manera eficiente, valiéndose para ello de un estudio de las necesidades de la población y ante la ausencia de sanciones y/o quejas del público usuario, lo que queda constatado a fojas 544 con el Informe Técnico realizado por el Coordinador General a cargo de la Dirección de Transporte Terrestre donde se destaca la inconveniencia de llevar adelante una licitación pública para la renovación de la línea;
Que el Artículo 1 de la Ley J N 651 establece que el Servicio Público de transporte por automotor, cualquiera fuere su naturaleza, dentro del territorio de la provincia estará sujeto a las prescripciones de la mencionada ley;
Que el servicio Público de Transporte de Pasajeros por Automotor, de carácter intraprovincial, constituye un servicio esencial para la comunidad, cuya prestación el Estado debe asegurar y satisfacer respetando los principios de continuidad, regularidad, generalidad, obligatoriedad y uniformidad en igualdad de condiciones para todas las necesidades de carácter general en materia de transporte;
Que conforme lo establecido en el Artículo 6 de la Ley J N 651 es obligación de la Secretaría de Transporte coordinar los servicios con los intereses sociales, políticos, económicos y las necesidades de la población, procurando obtener una efectiva coordinación y organización de los servicios de transporte;
Que el Decreto J N 110/72 en su Artículo 30 inciso k y 1 establece que las estaciones terminales y paradores forman parte de la concesión o permiso;
Que de acuerdo al informe efectuado por el Departamento Contable de la Secretaría de Transporte obrante a fojas 536/538 la permisionaria provincial no posee deuda en concepto de Tasa Provincial de Fiscalización del Transporte, ni infracciones a la Ley J N 651, tal lo informado por el Área respectiva a fojas 534;
Que a fojas 541 y 543 se glosan las respectivas constancias de las publicaciones realizadas en el Portal Oficial de la Provincia de Río Negro y del Boletín Oficial, sin que existan oposiciones respecto de la renovación de la concesión;
Que analizados los antecedentes respecto de la prestación del servicio en cuestión sobre la línea otorgada, la empresa demostró idoneidad y capacidad para cumplir con el mismo, y en el entendimiento que ha venido satisfaciendo las necesidades de carácter general en materia de transporte de pasajeros, y reunidos los recaudos legales exigidos en la Ley J N 651, conforme lo certificado a fojas 544 se considera oportuno prorrogar la Concesión;
Que el presente acto halla sustento legal en lo dispuesto por los Artículos 4, 7 y concordantes de la Ley J N 651 y su Decreto Reglamentario J N 110/72;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal de la Secretaría de Transporte y Fiscalía de Estado a fojas 553 mediante Vista N 05039-22;

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6158.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/02/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date06/02/2023

Page count46

Edition count1913

Première édition03/01/2002

Dernière édition13/05/2024

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