Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/01/2023

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

5 de enero de 2023

BOLETIN OFICIAL Nº 6149

48

29 Del Secretario: Son sus deberes y atribuciones:
a Redactar la correspondencia del partido y suscribirla, refrendando la firma del Presidente.
b Guardar y conservar la correspondencia recibida, las copias enviadas y demás papeles y documentos.
c Firmar las escrituras, contratos y documentos públicos y privados, conjuntamente con el Presidente.
d Labrar las actas del partido, tanto en las sesiones ordinarias de la Junta Central del Partido, como en las Asambleas.
30 Del Prosecretario: Reemplazará al Secretario en las mismas condiciones que el Vicepresidente reemplaza al Presidente.
31 Del Tesorero:
a Deberá llevar la contabilidad del partido ajustada al régimen legal vigente, actuando en todo lo relativo a la recaudación de fondos partidarios.
b Presentará a la Junta Central del Partido un estado patrimonial cuantas veces le sea requerido.
c Llevará conjuntamente con el Secretario, el registro de Afiliados.
32 Del Protesorero: Reemplazará al Tesorero, en las mismas condiciones que el Vicepresidente reemplaza al Presidente.
33 De los Vocales Titulares: Participarán en las reuniones de la Junta Central del Partido con voz y con voto.
34 De los Vocales Suplentes: Reemplazarán a los titulares en las formas y condiciones que determina esta Carta Orgánica en su artículo 23.
35 Del Organo de Fiscalización: La fiscalización y contralor de la administración de partido estará a cargo de dos Revisores de Cuentas, uno titular y uno suplente; dichos miembros durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelegidos, y para su elección se aplicará el mismo sistema de la Junta Central del Partido.
36 Tendrán a su cargo el contralor y fiscalización de la administración del partido, asegurando en todo momento la aplicación de un régimen contable adecuado y la publicidad necesaria de las gestiones y operaciones realizadas, todo ello, en sujeción a la Ley O 2431, fiscalizarán los balances del partido y toda otra documentación atinente a la administración. El Revisor de Cuentas Suplente, reemplazará al titular en sus tareas en idéntica forma que el Vicepresidente reemplaza al Presidente. Los balances anuales cerraran el 31 de Diciembre de cada año, debiendo ser presentados para la aprobación de los afiliados dentro de los Treinta 30 días de finalizado cada ejercicio junto a la cuenta de ingresos y egresos del ejercicio, certificados por Contador Público Nacional.
Se designara un administrador general de campaña ante el Juzgado Electoral Provincial por las autoridades partidarias dentro de los diez 10 días de la convocatoria a elecciones. El Designado administrador deberá expresar la aceptación de la designación y tendrá a su cargo el manejo de los fondos de las campañas electorales siendo el responsable del cumplimiento de lo normado en la Ley O 2431. El administrador deberá depositar sin excepción, todos los fondos que provengan tanto de aportes públicos como privados destinados a la campaña electoral en una cuenta única de acuerdo a lo establecido en el artículo 104 de la Ley O 2431, de la cual deberá disponerse su correspondiente apertura.37 Los Revisores de Cuentas participarán en las reuniones de la Junta Central con voz, pero sin voto.
38 Del Órgano Disciplinario. Junta de Disciplina. La Junta Central del Partido designara al Órgano Disciplinario del partido, con sujeción a lo establecido en la presente Carta Orgánica y régimen electoral vigente. El mismo sera integrado por tres miembros y tendrán absoluta independencia funcional en sus decisiones,no pudiendo integrar ningún otro órgano partidario durante su mandato. Su mandato sera por el termino de Cuatro 4 años.- Es requisito para ser designado ser afiliado al partido.39 La Junta de Disciplina, podrá previo estudio de las actuaciones correspondientes y con citación del inculpado, imponer sanciones que importen la amonestación, suspensión o expulsión, sin perjuicio del derecho del afiliado a recurrir la decisión por ante la Junta Central del Partido y conforme a lo establecido en esta Carta Orgánica.
40 Cualquier pena impuesta al afiliado, con excepción de la amonestación, acarreará indefectiblemente, la pérdida de la antigedad partidaria para el mismo.
Título 5: Del Régimen Electoral:
41 En todas las elecciones internas del partido, se aplicará el voto directo, secreto y obligatorio de sus afiliados, sirviendo de base el padrón que confeccionará la Junta Electoral del Partido, de acuerdo a las constancias de los documentos de afiliación y demás requisitos exigidos por está Carta Orgánica.
42 Los registros partidarios permanecerán abiertos todo el año, para la inscripción de los afiliados.
43 El régimen electoral a aplicarse será, el de lista incompleta o de mayoría y minoría, adjudicándose una porción de dos tercios y de un tercio respectivamente del total de los miembros.
44 En caso de oficializarse una sola lista para la elección de autoridades, no podrá prescindirse del acto eleccionario.

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6149.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/01/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date05/01/2023

Page count49

Edition count1913

Première édition03/01/2002

Dernière édition13/05/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Enero 2023>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031