Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/02/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5848

Que han tomado debida intervención los organismos de control, Asesoria Legal del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, Contaduria General y Fiscalía de Estado mediante Vista N 00037-20;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181, Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
La Gobernadora de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Aprobar el Modelo de Adenda al Convenio para Ejecución de Obras, a firmarse entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, representado por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos, Arquitecto Carlos VALERI, DNI 17.523.662 y Aguas Rionegrinas Sociedad Anónima, representado por su Gerente General Interino, Técnico Claudio A. CELIZ
MARTIN, DNI 20.793.375, por la suma de Pesos Dos Millones ciento Ochenta y Seis mil Seiscientos Setenta con Cuarenta y Cinco Centavos $
2.186.670,45, en concepto de redeterminación de precios y adicional de obra, que como Anexo I forma parte del presente Decreto.Art. 2.-Aprobar la transferencia de fondos a Aguas Rionegrinas Sociedad Anónima, destinada a la ejecución de la Obra relacionada con la Construcción de una Cisterna de 1000 m3 mil metros cúbicos en el Barrio Nuevo de la Ciudad de General Roca, por la suma de Pesos Dos Millones ciento Ochenta y Seis mil Seiscientos Setenta con Cuarenta y Cinco Centavos $ 2.186.670,45, cuyo financiamiento será a través de Rentas Generales, Recurso 10Art. 3.-Por la Secretaria de Administración del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, comprometer y ordenar a pagar a Aguas Rionegrinas Sociedad Anónima, la suma de Pesos Dos Millones ciento Ochenta y Seis mil Seiscientos Setenta con Cuarenta y Cinco Centavos $ 2.186.670,45, con cargo al presente ejercicio, en cumplimiento de la transferencia aprobada, afectándose el gasto a la Jurisdicción 31, según el siguiente detalle:
Prog. Subp.
Proy. Act./Obra Rec. Ptda.
Monto 52
0 01
75
10
422
$ 2.186.670,45

Viedma, 10 de Febrero de 2020

- Motiva la presente Adenda el reconocimiento estimativo por redeterminaciónes de precios correspondientes según Decreto N 1313/
14, previendo aplicar según coeficientes provisorios, en pagos a la empresa contratista por la Terminación de la obra Construcción Cisterna de 1000 cm3 en Barrio Nuevo de la Ciudad de Gral. Roca R.N., generando una diferencia por la suma de Pesos Dos Millones Ciento Ochenta y Seis Mil Seiscientos Setenta con Cuarenta y Cinco Centavos $ 2.186.670,45.
- Que en función de lo expuesto LAS PARTES convienen en celebrar la presente Adenda al Convenio firmado oportunamente, de acuerdo a la forma y condiciones que se detallan seguidamente:
ADENDA:
CLAUSULA PRIMERA: El M. O. y S. P. se compromete a arbitrar los esfuerzos necesarios para gestionar el financiamiento y transferir a ARSA la suma complementaria de Pesos Dos Millones Ciento Ochenta y Seis Mil Seiscientos Setenta con Cuarenta y Cinco Centavos $ 2.186.670,45, para la Terminación de la obra Construcción Cisterna de 1000 cm3 en Barrio Nuevo de la Ciudad de Gral Roca R.N. .CLAUSULA SEGUNDA: En todo lo no contenido en la presente Adenda, rige en todos sus términos el Convenio para ejecución de obra suscripto entre ambas partes.
En prueba de conformidad, las partes firman tres 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los del mes de de 2020.
Anexo I

Art. 4.-Autorizar a la Tesoreria General a transferir los fondos a favor de Aguas Rionegrinas Sociedad Anónima, CUIT N 30-70742104-1, por la suma de Pesos Dos Millones ciento Ochenta y Seis mil Seiscientos Setenta con Cuarenta y Cinco Centavos $ 2.186.670,45, los que serán abonados de conformidad a la transferencia, que por la presente se aprueba, con cargo a la Cuenta Corriente N 9000011787 Rentas Generales.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos.Art. 6.-Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.CARRERAS.- C. Valeri
Adenda al Convenio para Ejecución Obras OBRA: CONSTRUCCIÓN CISTERNA DE 1000 CM3 EN BARRIO
NUEVO DE LA CIUDAD DE GRAL ROCA R.N. .
Entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, con domicilio en Buenos Aires 04 de la ciudad de Viedma, representado en este acto por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos, Arq. Carlos VALERI, DNI
17.523.662 en adelante denominado como El M.O. y S. P. y la empresa Aguas Rionegrinas Sociedad Anónima, con domicilio en calle Colón 719 de la ciudad de Viedma, representado en este acto por el Gerente General Interino, Téc. Claudio A. CELIZ MARTÍN, DNI 20.793.375 en adelante denominado como A.R.S.A., el M. O. y S. P. y A.R.S.A. conjuntamente denominados como LAS PARTES e individualmente como PARTE, y considerando:
Que el día 26 de Julio de 2017, las partes firmaron el Convenio de transferencia de fondos para la ejecución de la obra denominada Construcción Cisterna de 1000 cm3 en Barrio Nuevo de la Ciudad de Gral Roca R.N., obrante a fojas 47/52, aprobado por Decreto N
888/17 fs. 36/39.
- Que posteriormente, con fecha 17 de Mayo de 2019, las partes firmaron una Adenda al Contrato Original, obrante a fojas 95/97, aprobada por Decreto N 526/19 fs. 87/90.
- Que mediante Nota N 337-GG fs. 101, el Señor Gerente General de Aguas Rionegrinas solicita financiamiento adicional.
- Que de la documentación presentada adjunta a nota N 337-GG, se refleja la rescisión del Contrato Original, aprobada mediante Resolución N 240/17 fs.117/119, con la Empresa adjudicada oportunamente, debido a retrasos en la ejecución de los trabajos y por consiguiente en su finalización.
Que debido a este inconveniente, ARSA realiza una Contratación Directa mediante resolución N 254/19 fs. 120/122, y Contrato de fojas 123
a los efectos de la finalización de la obra en cuestión.

oOo DECRETO Nº 49
Viedma, 31 de Enero de 2020.
Visto: el Expediente N 154893-G-19, del ex Registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N 134/10 y sus modificatorias y diversas normas particulares existentes en los distintos organismos del Poder Ejecutivo Provincial, se regula el otorgamiento y rendición del subsidios y aportes no reintegrables a los municipios comprendidos en territorio provincial;
Que es una realidad que a la fecha existen rendiciones cuyos plazos se encuentran vencidos, no habiendose dado cuenta de los gastos efectuados, entorpenciendo la consecución de las actuaciones administrativas, así como la posibilidad de entregar nuevos subsidios, en ocaciones impresindibles para cubrir necesidades de los habitantes de esta provincia e impidiendo el recupero de las sumas no invertidas;
Que mediante el Decreto N 360/17 se establecieron los mecanismos de regularización de rendiciones respectos de subsidios y aportes mencionados precedentemente;
Que el Articulo 5 del Decreto N 360/17 dispuso la suspensión de los plazos de rendición para los casos que exista denuncia de irregularidad ante los organismos jurisdiccionales. Asimismo, dispuso que en tal caso los subsidios y aportes otorgados no se considerarian pendientes de rendición;
Que se entiende necesaria la modificación del mencionado Articulo incorporando como causales de suspensión de plazos las denuncias efectuadas ante los Organos de Control. Esto es, la Fiscalía de Investigaciones Administrativas y Tribunal de Cuentas de la Provincia;

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5848.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/02/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date10/02/2020

Page count16

Edition count1910

Première édition03/01/2002

Dernière édition25/04/2024

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