Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/03/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5652

bienes dejados por el causante para que dentro de treinta días lo acrediten y se presenten en autos Serer Cristina Beatriz s/Sucesión Ab Intestato Expte. 0634/17/J1. El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Olicial.- Viedma, Río Negro, 23 de febrero de 2018.- Gustavo J. Tenaglia, Secretario.oOo El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4, Secretaría Única del Departamento Judicial de Bahía Blanca, en los autos: Valencia Luis Tomás y otra c/Rodríguez Lita Thelma y otros s/ Cumplimiento de Contrato y Escrituración cita y emplaza a la demandada Lita Thelma Rodríguez para que dentro del término de diez días comparezca a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrarle Defensor de Ausentes en turno del Departamento. Bahía Blanca, 4 de Octubre de 2017.- Fdo. Ingrid J. Guglielmi, Secretaria.- El presente edicto deberá publicarse por dos días en el Boletín Oficial de Río Negro y Diario Río Negro de la provincia de Río Negro.Ingrid J. Guglielmi, Secretaria.oOo El Dr. Carlos Marcelo Valverde, Juez a cargo de la Cámara del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de Viedma, Secretaría N 1 , a cargo del Dr. Martín J. Crespo, en autos: López, Hugo Orlando c/Paderno, Juan Pablo y Otros S/
Reclamo Expte. 314/10, cita y emplaza a la accionada: Néstor Adrián Paderno por el término de doce 12 días, comparezcan a estar a derecho y la conteste bajo los apercibimiento previsto en los arts. 30 y 33 segundo párrafo de la ley 1504, opongan las excepciones de las que intenten valerse art. 34, ley cit. y ofrezcan la prueba que hace a su derecho. Notifíquese mediante publicación de edictos por dos 2 días, en el Boletín Oficial art.
145 y ccdtes. del C.P.C.y C., dejándose constancia que la parte actora goza del beneficio de pobreza art. 15 Ley 1504.- Publíquese por dos días.Viedma, 9 de Marzo de 2018.- Martín Crespo, Secretario.oOo La Dra. K.Vanessa Kozaczuk, Jueza de Primera Instancia del Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia N 9, Secretaría Única a cargo del Dr. F. Daniel Gutiérrez, con asiento en San Antonio Oestesito en calle Sarmiento 241-de esta Primera Circunscripción Judicial de Río Negro, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante en autos Juárez Adelina s/Sucesión Ab Intestato Expte. 1807/2018, para que dentro del plazo de treinta 30 días lo acrediten - Art. 699 del C.P.C.C.
Publíquese edictos, en el Boletín Oficial por Un 1
día. San Antonio Oeste, 27 de febrero de 2018.Fabio Daniel Gutiérrez, Secretario.oOo El Sr. Fiscal a cargo de la U.F.T. N 1 de Viedma RN, Dr. Juan Pedro Puntel, hace saber a Otermin Cintia Belén, D.N.I. N 31.794.835 que en Legajo N MPRF-VI-00011-2017 Duarte Nelson Luis s/
Abuso Sexual Agravado, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: Viedma, 28 de febrero de 2018. Autos y Vistos: Considerando:
Que teniendo en cuenta que en el marco del advenimiento del nuevo sistema procesal y en orden a una racionalización de los recursos de este Ministerio Público Fiscal, corresponde reanalizar la continuación de la pesquisa. Ahora bien conforme surge del relato efectuado por la denunciante y el plexo probatorio obrante recabado hasta el momento, no surgen indicios de criminalidad suficientes que permitan sostener una eventual formulación de cargos en contra del imputado
Duarte Nelson Luis por el hecho que se pretende indilgar. Es por ello que resulta fundamental el informe del perito psicologo que indica la imposibilidad de determinar la fuente del recuerdo de aquello relatado en la entrevista en cámara gesell, es decir si el relato que la menor efectue del hecho se encuentra inducido por terceros. Por el contrario y dado el tipo penal que se pretende instar resulta necesaria y fundamental la participación en el proceso de la denunciante, quien al día de la fecha no ha sido habida en su domicilio como así tampoco de a través de los abonados telefónicos precisados por ella; habiéndose solicitado desde la defensa una ampliación del informe pericial, cuestión que no pudo realizarse por desconocer el paredero de la denunciante.- En consideración de las cuestiones particulares de esta causa, que son el tiempo transcurrido, la imposibilidad de recolectar prueba;
Resuelvo: Proceder al Archivo de la pesquisa, en virtud de lo dispuesto en el artículo 128, 4, del C.P.P. Notifíquese en los términos del artículo 129
del C.P.P. Fdo. Dr. Juan Pedro Puntel - Agente Fiscal.- Asimismo, se hace saber al/la requerido/a que para el caso de no compartir lo resuelto podrá, en el término de tres días a contar de la notificación, requerir la elevación de las actuaciones en consulta al Fiscal Jefe art. 129 1er. parrafo CPP.- Mariana Giammona, Fiscal Adjunto.oOo Federico Emiliano Corsiglia, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones N
9, con asiento de funciones en calle Villegas N
384 de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, cita y emplaza por treinta 30 días a herederos y acreedores del Sr. Francisco Juan DAngelo, Documento Nacional de Identidad N
11.427.606, para que comparezcan en autos:
DAngelo Francisco Juan s/Sucesión Ab Intestato Expte. N F-4CI-1504-C2017 a hacer valer sus derechos, acompañando la documentación que lo acredite. Publíquese por tres días. Cipolletti, 28 de septiembre de 2017.- Noelia Alfonso, Secretaria.oOo La Cámara del Trabajo de Cipolletti, de la Cuarta Circunscripción Judicial de la provincia de Río Negro, con asiento de funciones en calle Roca N 870
de la ciudad de Cipolletti, Presidencia del Dr. Luis F. Méndez, Secretaría Nº 2, a cargo de la Dra. María Marta Gejo, por subrogancia legal, cita y emplaza por el término de diez 10 días a quienes se creyeran con derecho a percibir la indemnización y documentación depositados en autos, derivadas del fallecimiento del Sr. Rubén Darío Celis, D.N.I. Nº 28.530.802, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 343 del C.P.C.C. en los autos Kleppe S.A.. C/ Beneficiarios y/o Herederos de Rubén Darío Celis S/Ordinario Expte. N 17670-CTC-2017.
Publíquese edicto por un 1 día en el Boletín Oficial por dos 2 días en el Diario Río Negro.- Cipolletti, 23 de noviembre de 2017.- Dra. María Marta Gejo, Secretaria.oOo
REMATES

Por orden del Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones número Tres a cargo de la Dra.
Soledad Peruzzi, Secretaría Única a cargo de la Dra.
Ana Victoria Ganuzza, se comunica por un 1 día en Boletín Oficial y dos 2 en diario Río Negro, que en juicio: Banco de La Pampa SEM c/Concha Edgardo David s/Ejecutivo Exp.10353-J13, el martillero Francisco Castañeda Cuit. 2008211676-2, Rematará el día 20-03-2018 a horas 10,00 en Yrigoyen 364 Cipolletti - RN,
Viedma, 15 de Marzo de 2018
en el estado en que se encuentra el vehículo: Modelo SA RANGER DC 4x2 XL 2.8L D,Motor Internacional N C36180395, Chasis Ford N8AFDR12F75J428799, Tipo 20 PICK UP, Modelo Año 2.005, Dominio FHU 299.- Estado general: No está en marcha.- En condiciones de uso, pequeña rotura en el tapizado del asiento delantero y otros detalles menores, cubiertas a medio uso.- Rentas: Deuda por patentes al 31-012018, $ 17.325.40; tramita vía judicial juicio por $ 19.559.85 al 30/01/18.- Condiciones de Venta:
Sin Base al contado y mejor postor.- Seña: 30% en el acto del remate, saldo a cinco días de aprobado el mismo, el que queda sujeto a consentimiento judicial.- Comisión: 10% y sellado del boleto 1% a cargo del comprador, quien deberá fijar domicilio en el radio del Juzgado.- Profesional por la actora, Dr. Luis Gustavo Arias.- Cuit. Actora: 3050001251-6.- DNI. demandado 27.695.851.Exhibición: el mismo día del remate, a partir de horas 09,00.- Es obligación depositar seña y comisión en el acto de subasta.- En el caso de abonarse la totalidad 100%, queda facultado el martillero de poner el rodado en posesión de comprador en calidad de depositario judicial, debiendo dejarse constancia en el acta respectiva de los deberes y obligaciones que le caben en tal carácter.- Se deja constancia que el comprador de bienes adquiridos en subasta judicial, sólo deberá hacerse cargo del pago de impuestos, tasas y contribuciones, desde el momento en que queda firme el auto respectivo de aprobación .art. 572
del CPCC.- Consultas al Tel.298-4641917.Cipolletti RN, 15 de febrero 2018.- Ana Victoria Ganuza, Secretaria.oOo Dra. Soledad Peruzzi, Jueza a cargo del Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones, N 3 CUIT
30-99924029-8, Secretaría Única, con asiento de sus funciones en calle Roca N 599 de la ciudad de Cipolletti R.N. hace saber por un día en el Boletín Oficial y por dos días en el Diario Río Negro, en autos caratulados: Zoppi Juan Carlos D.N.I. n 14.657.441 s/Quiebra Expte. N 11.177-J. III2.014, que el Martillero Público señor Prospero Peletay Mat. Prof. N 147-F 16-T I-STJ, CUIT
20-07300821-3, con domicilio en calle Av. Alem N 643 de la ciudad de Cipolletti R.N., rematará el día 21 de Marzo del 2.018 a las 9,30 horas en Av.
Alem N 643 de la ciudad de Cipolletti R.N., con Base al Contado y al mejor postor, los Títulos Nominativos No Endosables representativo de 318.500 acciones que comprende de la acción N
637.001 hasta la N 955.500 y del Título Nominativo No Endosable representativo de 6.500
acciones que comprende desde la acción N 968.501
hasta la N 975.000, existentes en la firma Zoppi Hnos. S.A.C.E.I, con domicilio real en calle 213
Fortín Ira. División N 145 de la ciudad de Cipolletti R.N. Condiciones: Base: $ 6.000.000.- Seña: 30%
en el acto de la subasta. El saldo se deberá depositar en la cuenta judicial de autos, dentro del término de cinco días de aprobada la subasta, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 573 del CPCyC. Comisión: 3% a favor del martillero y a cargo del comprador. Pagos en dinero efectivo pesos y/o cheques certificados, de Bancos de la zona, debiendo el comprador hacerse cargo de los gastos y comisiones, que cobren los Bancos por la diligencia de cobro. El comprador deberá hacerse cargo del sellado de ley correspondiente del 1%. Se deja constancia que el comprador de los bienes adquiridos en subasta judicial, deberá hacerse cargo del pago de impuestos, tasas y contribuciones, desde el momento que queda firme al auto respectivo de
Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5652.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/03/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date15/03/2018

Page count30

Edition count1913

Première édition03/01/2002

Dernière édition13/05/2024

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