Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 19/09/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 19 de Septiembre de 2013

Nº 5182

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 6,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIV
EDICION DE 54 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Dirección de Iniciativa Legislativa, Decretos y Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 54

LEYES

LEY Nº 4892
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1 - Incorpórase al Art. 7 de la ley K n 200, el siguiente inciso:
eUn representante del Poder Ejecutivo Municipal de la ciudad de Viedma.
Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los seis días del mes de septiembre del año dos mil trece.
Carlos Gustavo Peralta, Presidente Legislatura.- Dr. Rodolfo R. Cufré, Secretario Legislativo.

Viedma, 16 de septiembre de 2013.
Cúmplase, publíquese, dése al Registro, al Boletín Oficial y archívese.
Alberto E. Weretilneck, Gobernador.- Alfredo Alberto Palmieri, Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.
DECRETO Nº 1418
Registrada bajo el Número de Ley Cuatro Mil Ochocientos Noventa y Dos 4892.
Viedma, 16 de septiembre de 2013.
Dra. María Dolores Cardell, Secretaria Legal y Técnica.
oOo LEY Nº 4893
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1 - Se designa a la ciudad de Catriel como Capital Provincial del Petróleo.
Art. 2º - Se instituye en la Provincia de Río Negro la Fiesta Provincial del Petróleo que se realiza el 20 de noviembre de cada año en la ciudad de Catriel.
Art. 3º - Se debe cumplir con lo establecido por la ley T n 3478 elevándose todos los antecedentes de la Fiesta Provincial del Petróleo al Poder Ejecutivo.
Art. 4º - La Fiesta Provincial del Petróleo es incorporada a la ley T n 1048 de Fiestas Provinciales en la oportunidad prevista por el Art. 3 de la ley n 4734.
Art. 5º - Se derogan los Arts. 10 y 11 de la ley F n 2381.
Art. 6º - Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los seis días del mes de septiembre del año dos mil trece.
Carlos Gustavo Peralta, Presidente Legislatura.- Dr. Rodolfo R. Cufré, Secretario Legislativo.

Viedma, 16 de septiembre de 2013.
Cúmplase, publíquese, dése al Registro, al Boletín Oficial y archívese.
Alberto E. Weretilneck, Gobernador.- Luis Di Giácomo, Ministro de Gobierno.
DECRETO Nº 1419
Registrada bajo el Número de Ley Cuatro Mil Ochocientos Noventa y Tres 4893.
Viedma, 16 de septiembre de 2013.
Dra. María Dolores Cardell, Secretaria Legal y Técnica.
oOo LEY Nº 4894
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1 - Desaféctase de su condición de bien de dominio público en el Paraje Valle Azul, parte de las calles y ochavas ubicadas entre las Manzanas 622, 621 y 631 con una superficie de 1.881,08 metros cuadrados y ubicadas entre las Manzanas 632 y 633 con una superficie de 3.899,65 metros cuadrados, conforme plano de mensura registrado en la Dirección General de Catastro e Información Territorial bajo n 538/11, de fecha 6 de septiembre de 2011, y cuya designación catastral es Departamento Catastral 06, Circunscripción 5, Sección E.
Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Rio Negro, en la ciudad de Viedma, a los seis días del mes de septiembre del año dos mil trece.
Carlos Gustavo Peralta, Presidente Legislatura.- Dr. Rodolfo R. Cufré, Secretario Legislativo.

Viedma, 16 de septiembre de 2013.
Cúmplase, publíquese, dése al Registro, al Boletín Oficial y archívese.
Alberto E. Weretilneck, Gobernador.- Luis Di Giácomo, Ministro de Gobierno.
DECRETO Nº 1420
Registrada bajo el Número de Ley Cuatro Mil Ochocientos Noventa y Cuatro 4894.
Viedma, 16 de septiembre de 2013.
Dra. María Dolores Cardell, Secretaria Legal y Técnica.
oOo LEY Nº 4895
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1 - Se designa con el nombre de Gobernador Mario José Franco al Camino de la Costa, Ruta Provincial n 1, desde la rotonda de ingreso al balneario El Cóndor y hasta su finalización en el Puerto de San Antonio Este, en reconocimiento y conmemoración de la destacada trayectoria humana, social y política del homenajeado.
Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 19/09/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date19/09/2013

Page count54

Edition count1914

Première édition03/01/2002

Dernière édition24/06/2024

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