Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 24/7/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 89, lunes 24 de julio de 2023

10535

b9 En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

- PLENOS ORDINARIOS: Trescientos cincuenta euros 350 euros
c9 En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

- PLENOS EXTRAORDINARIOS: Cuatrocientos euros 400 euros
d9 En las oficinas de asistencia en materia de registros.

- CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR: Ciento cincuenta euros 150 euros
e En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

- JUNTA DE PORTAVOCES ORDINARIA:
Doscientos euros 200 euros
En Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de junio de dos mil veintitrés.

- JUNTA DE PORTAVOCES EXTRAORDINARIA:
Doscientos cincuenta euros 250 euros
LA JEFA DE SERVICIO DE LA OFICINA DE
APOYO AL ÓRGANO AMBIENTAL DE GRAN
CANARIA, Pilar Rivero Ramos.

- COMISIONES DE PLENO ORDINARIAS:
Doscientos euros 200 euros
157.297

- COMISIONES DE PLENO EXTRAORDINARIAS:
Doscientos cincuenta euros 250 euros
EXCMO. CABILDO INSULAR
DE LANZAROTE
ANUNCIO
2.611
El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote HACE SABER:
Que el Pleno de esta Corporación Insular, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 17 de julio de 2023, adoptó acuerdo relativo a la aprobación inicial de la Modificación de la Base 35 de las de Ejecución del Presupuesto General para el ejercicio 2023, en los siguientes términos:
Base 35. Indemnizaciones por asistencia a órganos colegiados.
Tal como establece el artículo 75bis.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 27/2013, solo los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán asistencia por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la siguiente cuantía:

La acreditación de la asistencia a los órganos colegiados será expedida por el Secretario.
Aquellos Consejeros con dedicación exclusiva que ostenten cargos con remuneración en Entes Dependientes de este Cabildo u otros Entes Públicos, no percibirán dietas por asistencia a órganos colegiados de esta Corporación.
De conformidad con lo establecido en los artículos 169 y 177 del R.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se concede un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente a la inserción del presente Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, en cuyo tiempo podrán formularse reclamaciones o sugerencias ante la Corporación.
En el supuesto de no presentarse reclamaciones o sugerencias contra esta aprobación inicial, se elevará a definitiva sin necesidad de nuevo acuerdo corporativo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Arrecife, a dieciocho de julio de dos mil veintitrés.
EL PRESIDENTE, Oswaldo Betancort García.
156.564

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 24/7/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

PaysEspagne

Date24/07/2023

Page count28

Edition count2978

Première édition01/01/2001

Dernière édition15/05/2024

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