Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/03/2024 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

MUNICIPALIDAD

AÑO CXI - TOMO DCCXI - Nº 53
CORDOBA, R.A. LUNES 11 DE MARZO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LABORDE

ORDENANZA Nº 528/2024

ORDENANZA Nº 529/2024

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE
LABORDE SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA Nº 528/2024

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE
LABORDE Sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº 529/2024

ARTICULO 1º: APRUEBASE el Proyecto o Programa de Obra REPOSICIÓN DE PAVIMENTO DE HORMIGÓN, que se incorpora como Anexo I
de esta Ordenanza.-

ARTICULO 1º: CONFÍRMESE lo acordado por el Departamento Ejecutivo Municipal y el Sindicato de Empleados Municipales del Sudeste de la Provincia de Córdoba, con fecha 03 de enero de 2024.

ARTICULO 2º: FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTO Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES
DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, un préstamo de pesos Cinco millones con 00/100 $ 5.000.000.- con destino a la ejecución del Proyecto que se aprueba en al Artículo 1º.

ARTICULO 2º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la documentación necesaria para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo primero como objetivo general de esta Ordenanza.

ARTICULO 3º: FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en pago de crédito ceda al Fondo Permanente, de la coparticipación que mensualmente corresponda al Municipio en los Impuestos Provinciales, hasta la suma de Pesos Ciento Treinta y Ocho mil ochocientos ochenta y ocho con 89/100, $138.888,89 mensuales durante el término máximo de treinta y seis 36 meses.
ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá notificar formalmente a la Provincia de la cesión de la coparticipación, anoticiándola de que en mérito a tal cesión, deberá mensualmente pagarse la suma cedida directamente al Fondo Permanente. ARTICULO 5º: FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que garantice la existencia y cobrabilidad del crédito tomado, con los recursos del Municipio provenientes de otras fuentes que no sean la coparticipación en los impuestos provinciales.
ARTICULO 6º: IMPONESE al Departamento Ejecutivo informará al Concejo Deliberante y al FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA antes del día diez de cada mes, el estado de ejecución del proyecto aprobado en el artículo 1º y al mismo tiempo y ante los mismos organismos, rendirá cuenta documentada de los fondos tomados.ARTICULO 7º: Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.DADO: en la localidad de Laborde a los 06 días del mes de marzo de 2024
y promulgada por Decreto Nº34/2024 Acta Nº05
FDO: RUIZ, MARINA SOLEDAD Pres. del HCD; GROSSO, ALEJANDRO OSCAR Vice Pres. 1; ROCCHETTI, ENRIQUE CESAR Vice Pres. 2; AGUILAR, DORA DEL VALLE Concejal; SENESTRARI, ELÍAS FERNANDO Concejal; BARBERO, LEANDRO ADRIÁN Concejal; MORALES, IVANA Concejal.1 día - Nº 515288 - s/c - 11/3/2024 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ARTICULO 3º: OTÓRGUESE a los empleados municipales de planta permanente un incremento de forma no remunerativa. El aumento determinado en el acuerdo mencionado en Artículo 1 es del DIEZ POR CIENTO
10% retroactivo al salario del mes de enero de 2024.
ARTICULO 4: ELEVESE, a los efectos que corresponda, Publíquese y cumplido, Archívese.DADO: en la localidad de Laborde a los 06 días del mes de marzo de 2024
y promulgada por Decreto Nº35/2024 Acta Nº05
FDO: RUIZ, MARINA SOLEDAD Pres. del HCD; GROSSO, ALEJANDRO
OSCAR Vice Pres. 1; ROCCHETTI, ENRIQUE CESAR Vice Pres. 2;
AGUILAR, DORA DEL VALLE Concejal; SENESTRARI, ELÍAS FERNANDO Concejal; BARBERO, LEANDRO ADRIÁN Concejal; MORALES, IVANA Concejal.1 día - Nº 515290 - s/c - 11/3/2024 - BOE

ORDENANZA Nº 530/2024
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE
LABORDE Sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº 530/2024
ARTICULO 1: CONFÍRMESE lo acordado por el Departamento Ejecutivo Municipal y el Sindicato de Empleados Municipales del Sudeste de la Provincia de Córdoba, con fecha 03 de enero de 2024.
ARTICULO 2 AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la documentación necesaria para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo primero como objetivo general de esta Ordenanza.
ARTICULO 3º: OTÓRGUESE a los empleados municipales de planta permanente un incremento en el monto vigente en los conceptos Asistencia y Puntualidad, quedando cada uno en un importe de Pesos Siete mil $7.000,00.
ARTICULO 4: ELEVESE, a los efectos que corresponda, Publíquese y cumplido, Archívese.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/03/2024 - 5º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaysArgentine

Date11/03/2024

Page count5

Edition count1435

Première édition31/07/2018

Dernière édition25/05/2024

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