Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/09/2023 - 5º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)
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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCV - Nº 179
CORDOBA, R.A. MARTES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS
DECRETO Nº 80 / 2023
VISTO: La Ordenanza Nº 21/2023 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de La Cumbre, con fecha 10 de Agosto del año Dos Mil Veintitrés.
Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y hacer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE
LA CUMBRE, A LOS VEINTIOCHO DIAS DELMES DE AGOSTO DEL AÑO
DOS MIL VEINTITRES
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relaciones con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
ANEXO
1 día - Nº 481853 - s/c - 19/09/2023 - BOE
DECRETO Nº 87 / 2023
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 21/2023 en todos y cada uno de sus articulados por la cual se MODIFICA el art. 62 al Código de Faltas Local, Ordenanza 31/2016 . Articulo: 2º Comuníquese, publíquese, dese copia al Registro Municipal y Archívese.-
VISTO: La Ordenanza Nº 23/2023 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de La Cumbre, con fecha 24 de Agosto del año Dos Mil Veintitrés.
Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y hacer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE
LA CUMBRE, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS
MIL VEINTITRES
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
fdo.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relaciones con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 23/2023 en todos y cada uno de sus articulados por la cual se AGREGA como art. 56 bis al Código de Faltas Local, Ordenanza 31/2016.-
ANEXO
1 día - Nº 481817 - s/c - 19/09/2023 - BOE
DECRETO Nº 86 / 2023
VISTO: La Ordenanza Nº 22/2023 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de La Cumbre, con fecha 24 de Agosto del año Dos Mil Veintitrés.
Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y hacer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
Articulo: 2º Comuníquese, publíquese, dese copia al Registro Municipal y Archívese.DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CUMBRE, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL
AÑO DOS MIL VEINTITRES
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relaciones con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
ANEXO
1 día - Nº 481862 - s/c - 19/09/2023 - BOE
DECRETO Nº 91 / 2023
VISTO: La Ordenanza Nº 24/2023 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de La Cumbre, con fecha 24 de Agosto del año Dos Mil Veintitrés.
Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 22/2023 en todos y cada uno de sus articulados por la cual se AUTORIZA a la Secretaria de Obras Públicas y Privados, a APROBAR por vía de excepción la extensión del pasillo privado ubicado en el domicilio sito en calle Maipú S/N; lote 1631,
Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha-
parcela 5506 de Barrio Las Cañadas en El Pungo y Peñon Blanco, del Sr.
Fernando Oscar Suarez.-
cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
Articulo: 2º Comuníquese, publíquese, dese copia al Registro Municipal y Archívese.-
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
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