Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/08/2023 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

AÑO CX - TOMO DCCIV - Nº 153
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 16 DE AGOSTO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

za, el Intendente Municipal Marcelo Fernando Agustín D.N.I. nº 26.832.190
y/o quién lo suceda.-

Art. 8º Protocolícese, Dese al Archivo Municipal y Publíquese. Dado en Alejo Ledesma, a los veinticuatro días del mes de julio de 2023.

Art. 7º Impútense los ingresos provenientes de la presente enajenación a la partida presupuestaria de ingresos municipales 2.3.2.01 Venta de Terrenos Municipales.

Fdo. Dr. Jorge Fischer, Pte. del HCD; Carina Gregorio, Secretaria.-

MUNICIPALIDAD

1 día - Nº 472713 - s/c - 16/08/2023 - BOE

LUQUE

ORDENANZA 2041/2023
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art. 1º: FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACION DE
PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA, un préstamo de hasta pesos cuatro millones cuatrocientos cuarenta 4.440.000 para el PAGO DE SUELDOS DEL MES
DE JUNIO Y PRIMER AGUINALDO DEL CORRIENTE AÑO, a ser descontados según lo indicado en el art 2º de la presente.
Art. 2º: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en pago de crédito, ceda al Fondo Permanente, de la coparticipación que mensualmente corresponda al Municipio en los impuestos provinciales, hasta la suma de pesos ciento veintitrés mil trescientos treinta y tres con 33/100 $123.333,33
mensuales, durante el termino máximo de TREINTA Y SEIS 36 meses.
Art. 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá notificar formalmente al Gobierno de la Provincia de Córdoba de la cesión de la coparticipación, anoticiándola de que, en mérito de tal cesión, deberá pagarse mensualmente la suma cedida directamente al Fondo Permanente.
Art.4º: FACÚLTASE al departamento Ejecutivo Municipal para que garantice la existencia y cobrabilidad del crédito tomado, con los recursos del Municipio provenientes de otras fuentes que no sean la coparticipación de los impuestos provinciales.
Art 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal informará al Concejo deliberante y al FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACION DE
PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA, mensualmente, el estado de ejecución del proyecto y al mismo tiempo y ante dichos organismos, rendirá cuenta documentada de la utilización de los fondos tomados.

ORDENANZA 2042/2023
AUTORIZACION AUMENTO DEL DIEZ POR CIENTO EN LOS SALARIOS.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
FUNDAMENTOS:
Considerando los aumentos del costo de vida, se propone establecer a partir del mes de julio de 2023, un incremento del 10% diez por ciento, de los salarios básicos para las Autoridades del Departamento Ejecutivo Municipal, Miembros del Concejo Deliberante y Miembros del Tribunal de Cuentas, y para las Categorías de 1 a 10 del Personal de la Planta Permanente, quedando fijados en los siguientes términos:
Art. 1º: OTORGAR a partir del 01 de julio de 2023, un incremento equivalente al 10% diez por ciento, sobre las remuneraciones para el Personal de la Planta Permanente, las Autoridades Superiores y, cuando correspondiere, las dietas de los Señores Concejales y Miembros del Tribunal de Cuentas, serán fijadas con arreglos a las prescripciones de la Ley Orgánica Municipal Nº 8.102, sus modificatorias y las establecidas en la Ordenanza General de Presupuesto vigente.
Los Salarios Básicos para las Autoridades Superiores del Departamento Ejecutivo Municipal, miembros del Concejo Deliberante y Tribunal de Cuentas, a partir del 01 de julio de 2023, se fijan en los siguientes montos:
Intendente Municipal $ 628.689,00
Secretario de Economía y Administración $ 419.473,00
Secretario de Obras y Servicios Públicos $ 419.473,00
Miembros del Concejo Deliberante y Tribunal de Cuentas $ 75.198,00
Los Salarios Básicos para las categorías 1 a 10 del Personal de la Planta Permanente, a partir del 01 de julio de 2023, se fijan en los siguientes montos:

Art.6º: Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y ProvincialArchívese.

Categoría 1

Categoría 2
Categoría 3

Dado en la sala de sesiones del Concejo Deliberante de la localidad de Luque a los cinco días del mes de junio de dos mil veintitrés.

Categoría 4 $ 154.100,00
Categoría 5 $ 161.759,00
Categoría 6 $ 174.078,00
Categoría 7 $ 184.742,00
Categoría 8 $ 196.021,00
Categoría 9 $ 207.019,00
Categoría 10$ 217.967,00

Promulgada mediante Decreto Nº 065/2023 de fecha 06 de junio de 2.023.
Firmas: Gabriela Trucco - Paula Sacchetti 1 día - Nº 473672 - s/c - 16/08/2023 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

$ 119.266,00
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/08/2023 - 5º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaysArgentine

Date16/08/2023

Page count6

Edition count1442

Première édition31/07/2018

Dernière édition07/06/2024

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