Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/11/2022 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA TULUMBA A LOS_____________DIAS DEL MES DE
____________________DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.ANEXO I - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES GENERALES
Artículo 1º: OBJETO. La Municipalidad de Villa Tulumba, llama a Concurso de Proyectos para la organización y explotación del encuentro de jineteada folklore y chamame a realizarse con fecha 4 y 5 de febrero de 2023 en un todo sujeto a las prescripciones que surjan del Contrato respectivo y demás normativa aplicable.
Artículo 2º: DURACIÓN DE LA CONCESIÓN. El plazo de la Concesión será de dos 2 días: para los días 4 y 5 de Febrero del año 2023.

Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCXCV - Nº 240
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 30 DE NOVIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Escribano Público que acredite fehacientemente los términos y alcances de la representación invocada.
Artículo 7º: PLIEGOS. DETERMÍNESE que la recepción de las propuestas se realizará en la Sede Municipal de calle Monseñor Dávila s/n Sede del Concejo Deliberante, hasta el día 2 de diciembre de 2.022, a las 12:00 hs.
Las que ingresaren vencido estos plazos se considerarán fuera de hora, sin valor para el Concurso.
Artículo 8º: PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. La presentación se efectuará en el lugar, fecha y hora indicada para el Acto de Apertura de Sobres bajo un único sobre con mención al Concurso de que se trata, el cual se encontrará debidamente cerrado, y contendrá la siguiente DOCUMENTACIÓN:
a Pliego debidamente firmado por el oferente.

Artículo 3º: PRESUPUESTO OFICIAL - CANON PROPUESTO A PAGAR
POR EL CONCESIONARIO. Las propuestas deberán prever un canon con un mínimo del diez por ciento 10% de lo recaudado en concepto de entradas.
FORMA DE PAGO: A la finalización de la concesión, a cuyo fin deberán ofrecer garantías suficientes.
Artículo 4º: RÉGIMEN LEGAL. La presentación a concursar será considerada como manifestación del proponente de conocer las modalidades y características del concurso y la concesión, y que acepta las cláusulas que rigen el llamado a concurso.Artículo 5º: APERTURA DE SOBRES. El Acto de Apertura de Sobres tendrá lugar en Sede Municipal de calle Monseñor Dávila s/n Sede del Concejo Deliberante, el día 2 de diciembre , a partir de las 12:30 horas, disponiéndose, en consecuencia y a tal fin, la integración de una Comisión encargada de analizar los Proyectos integrada por los Sres. Concejales y por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Villa Tulumba, labrándose acta al respecto y recomendando al Departamento Ejecutivo Municipal la contratación respectiva.
En este acto sólo se verificará la presentación de la documentación exigida en este Pliego, quedando a criterio de la Autoridad Municipal las cuestiones relativas a la validez legal y a la admisibilidad de la documental aportada.
Artículo 6º: OFERENTES REQUISITOS. Oferentes: El Concurso estará destinado a personas físicas y/o jurídicas. Las PERSONAS FÍSICAS
aportaran los datos completos de identidad y las PERSONAS JURÍDICAS
datos completos de la Razón Social.No se podrán presentar como oferentes: a Quienes tengan causas judiciales o litigios pendientes de resolución con la Municipalidad. b Los quebrados mientras no obtengan su rehabilitación y los que tuvieren concursos de acreedores y cuyo acuerdo se encuentra pendiente de homologación.
c Los condenados en juicio y con sentencia firme por el cobro de tasa y contribuciones Municipales y que no hayan dado cumplimiento de las sanciones. d Los que no tuvieren la libre disposición de sus bienes.
Mandatarios: Todo participante deberá expresar si lo hace en ejercicio de un derecho propio o por el de un tercero. Si lo hace por derecho que no sea el propio, deberá acompañar Poder Especial o general otorgado por BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

b Fotocopia del DNI del Oferente o Constancia CUIT
c El oferente deberá constituir domicilio electrónico y domicilio en la localidad de Villa Tulumba. Las notificaciones se practicarán en el domicilio electrónico constituido por los interesados. El domicilio electrónico producirá los efectos de domicilio legalmente constituido en el ámbito administrativo. Las notificaciones electrónicas se considerarán perfeccionadas transcurridos dos 2 días, contados a partir del momento en que se encontraron disponibles, es decir, en condiciones de ser visualizadas en el domicilio electrónico, aún en el caso que el destinatario no haya accedido al mismo para tomar conocimiento.
d PROYECTO: el mismo deberá presentarse debidamente cumplimentado y firmado por el oferente en cada una de las horas. La propuesta se considerará firme y válida hasta la adjudicación o desistimiento de la misma.
Artículo 9º: RECHAZO DE LOS PROYECTOS. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos en los incisos del Artículo anterior será causal de rechazo de la presentación, siempre que la omisión no pudiere ser salvada en el acto de apertura.
Cualquiera de las causales de rechazo establecidas precedentemente que pasaren inadvertidas en el Acto de Apertura de Sobres, podrá surtir efectos posteriores al ser advertidas por la Autoridad Municipal en el transcurso del estudio de la documental aportada por los proponentes. Las decisiones adoptadas por la Autoridad Municipal son definitivas e irrecurribles. INADMISIBILIDAD: En caso de que la totalidad de los Proyectos fueren inadmisibles, las mismas serán declaradas tales y rechazadas, considerándose desierto al concurso.
En caso de no presentarse proponentes, el Concurso se declarará desierto.
Artículo 10º: ADJUDICACIÓN. Es requisito para la adjudicación que el proponente acredite una solvencia técnica y económico financiera que asegure la cantidad y calidad de elementos necesarios para lograr una prestación eficiente en la concesión que se otorga. - La Municipalidad se reserva el derecho de declarar nulo o rechazar todas las propuestas sin que ello origine derecho alguno en favor de los oferentes. La Autoridad Municipal analizará en su conjunto la totalidad de las pro-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/11/2022 - 5º Sección

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PaysArgentine

Date30/11/2022

Page count19

Edition count1449

Première édition31/07/2018

Dernière édition19/06/2024

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