Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/03/2021 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba
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LUNES 1 DE MARZO DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXV - Nº 41
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD DE

a SECCION

COSQUÍN

DECRETO N 0453/2020
Cosquín, 16 de noviembre de 2020
VISTO: El Expediente No 202040-1, Secretaría de Salud, Ambiente y Desarrollo Sustentable, registro de este Municipio, iniciado por la Asociación Cooperadora del Hospital Municipal Dr. Armando Cima Cosquín, mediante el cual solicita colaboración económica.
Y CONSIDERANDO:
Que la Cooperadora del Hospital Municipal Dr. Armando Cima de nuestra localidad, solicita disponer de fondos para abonar el arreglo del cable pocket fetal doppler del dispositivo portátil de detección de la frecuencia cardíaca utilizado en el servicio de ginecología del Hospital.
Que conforme lo diligenciado por Dirección de Economía y Finanzas Públicas en cuanto a la disponibilidad de créditos presupuestarios y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal
D E C R ETA

Artículo 1o.-OTORGASE a la ASOCIACIÓN COOPERADORA del HOSPITAL MUNICIPAL DR. ARMANDO CIMA COSQUÍN, un SUBSIDIO
NO REINTEGRABLE, por la suma de PESOS UN MIL $1000,00, fondos que serán destinados para abonar el arreglo del cable pocket fetal doppler del dispositivo portátil de detección de la frecuencia cardíaca utilizado en el servicio de ginecología del Hospital, facultándose por el presente a ORTEGA SONIA ADRIANA, CUIT 23146003494, a percibir directamente el monto supra mencionado.
Artículo 2o.-EL pago del subsidio referido en el Artículo 1o será imputado a la Partida 1.5.51.503 - colaboración con instituciones sin fines de lucro-, del Presupuesto vigente.

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

SUMARIO
MUNICIPALIDAD DE COSQUÍN
Decreto N 453/2020 Pag. 1
Decreto N 454/2020 Pag. 1
Decreto N 455/2020 Pag. 2
Decreto N 456/2020 Pag. 2
Decreto N 450/2020 Pag. 3
Decreto N 451/2020 Pag. 3
Decreto N 452/2020 Pag. 3
COMUNA DE LAS PLAYAS
Resolución N 005/2021 Pag. 4

DECRETO Nº 0454/2020
Cosquín, 16 de noviembre de 2020
VISTO: La Ordenanza No 3674/2017-Estructura Orgánica Municipal del Departamento Ejecutivo, modificada por la Ordenanza No 3853/2020.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza No 3853/2020 sancionada por el Concejo Deliberante con fecha 12/11/2020, modifica el Artículo 26 de la Ordenanza No 3674/2017-Estructura Orgánica Municipal e incorpora el Artículo 27bis a la organización de la Secretaría de Salud.
Que por consiguiente se encuentra vacante el cargo de Coordinación Administrativa de Salud de esta Municipalidad, en la órbita de la Secretaría de Salud.

Que a fin de asegurar un mejor desenvolvimiento operativo en la citada Secretaría, es necesario proceder a designar a la persona que desempeñará tareas en la Coordinación mencionada.

Que la designación recae en la señora Leandra Mabel Giménez, quien ejerce sus labores con reconocida eficiencia y dedicación.
Que a tal efecto debe ejercer las funciones referentes a las obligaciones determinadas en la Ordenanza No 3853/2020.

Que este Departamento Ejecutivo es el órgano competente para dictar el acto administrativo pertinente, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 49, inciso 17 y el Artículo 50 de la Ley Provincial No 8102.
Por todo ello, el señor Intendente Municipal en uso de sus legítimas atribuciones, D E C R ETA

Artículo 3o.-REFRENDASE el presente Decreto por la Secretaria de Gobierno.

Artículo 4.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

FDO: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno;
Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.
1 día - Nº 296713 - s/c - 01/03/2021 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 1o.-DESÍGNASE, a partir del Presente, a la señora GIMENEZ
LEANDRA MABEL, DNI No 25.198.777, Legajo No 2766, en el cargo de COORDINADORA ADMINISTRATIVA de SALUD, dependiente de la SECRETARÍA de SALUD de esta Municipalidad, con la competencia y funciones previstas en la Ordenanza No 3853 .
Artículo 2o.-EL gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Partida respectiva del Presupuesto Municipal de Gastos.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/03/2021 - 5º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaysArgentine

Date01/03/2021

Page count4

Edition count1438

Première édition31/07/2018

Dernière édition30/05/2024

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