Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/12/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art. 1º.- AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal del Municipio de Luque a celebrar un contrato de cesión de derechos por el cual la Municipalidad restituye y cede nuevamente al señor Ricardo Lucena DNI
Nro. 12.868.990 los derechos que tiene sobre el inmueble que se identifica como lote Nro. 14 de la Manzana 136 con una superficie de 464 mts2
que a la fecha forma parte de una mayor superficie inscripta en la cuenta Nro. 2704-2802846/2, Nomenclatura Catastral nro. 2704130101076001000, y que anteriormente fueron cedidos a la Municipalidad por Ordenanza Nº1681/2016.
Art. 2º.- ESTABLÉCESE que dicho convenio deberá instrumentarse por escritura pública, cuyo costo será a cargo del Ricardo Lucena DNI
Nro. 12.868.990, y deberá notificarse con posterioridad al tercero cedido SONALL DESARROLLOS INMOBILIARIOS SA.

AÑO CVII - TOMO DCLXXII - Nº 283
CORDOBA, R.A. MARTES 15 DE DICIEMBRE DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Art. 3º.- COMUNÍQUESE, dese al Registro Municipal y archívese.

DADA en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Luque a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil veinte.
Promulgada mediante Decreto del DEM Nº 120/2020 de fecha 01 de diciembre de 2020.
1 día - Nº 289726 - s/c - 15/12/2020 - BOE

ORDENANZA Nº 1884/2020
VISTO: Que la misión de un buen gobierno se debe la realización del bien común, que consiste en encauzar concretamente las manifestaciones de los ciudadanos hacia el bienestar general. Que entre los miembros de una sociedad ligados por un bien común ético, reina el espíritu de la participación personal, recíproca y solidaria ; y CONSIDERANDO:
Que la obligación moral es largamente anterior al desempeño de la función pública.
Que no solo somos representantes de ciudadanos de nuestra localidad, sino que somos semejantes, de personas que en tal condición, necesitan gestos concretos para que se le resuelvan problemas complejos.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que la función del político debe ser la promoción del bien común.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Art. 1º: Se crea el premio FRATERNIDAD destinado a todas aquellas personas o grupos de personas, que hayan demostrado conducta solidaria, mediante gestos extraordinarios de ayuda, heroísmo y solidaridad, hacia una persona, o grupos de personas que habitan nuestra localidad, o bien que la consecuencia de esa acción se refleje en un beneficio para la localidad, renunciando a un beneficio material y evitando que los demás sufran un grave y claro perjuicio en su contra.
Art. 2º: El premio consistirá en una distinción o reconocimiento que se materializará de la forma que establezca el Departamento Ejecutivo Municipal Art. 3º: El premio será entregado en la Fiesta del Reencuentro a realizarse en conmemoración del aniversario de la fundación de Luque, o en el lugar que designe el Concejo Deliberante.
Art. 4º: El Concejo Deliberante designará anualmente, cual es la persona o grupo de personas, que deberán ser merecedores de dicho premio.
Art. 5º: La población será quien proponga al Concejo Deliberante los nombres de los postulantes con los fundamentos correspondientes, mediante nota con firma y aclaración de la o las personas que realizan la postulación. Las postulaciones ambiguas o anónimas no serán tenidas en cuenta.

Art. 6º: Los merecedores del premio deberán ser de la localidad.

Art. 7º Esta ordenanza deroga la ordenanza 1662/2016

Art. 8º: Comuníquese, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.
Dada en la sala de sesiones del Concejo Deliberante de la localidad de Luque a los treinta días del mes de noviembre de dos mil veinte.
Promulgada mediante decreto 120/2020 de fecha 01 de diciembre de 2.020.
1 día - Nº 289728 - s/c - 15/12/2020 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/12/2020 - 5º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaysArgentine

Date15/12/2020

Page count18

Edition count1450

Première édition31/07/2018

Dernière édition24/06/2024

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