Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/09/2020 - 5º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad
del General Manuel Belgrano
VIERNES 18 DE SEPTIEMBRE DE 2020
AÑO CVII - TOMO DCLXIX - Nº 215
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD DE

LA CUMBRE

5

a SECCION
SUMARIO

MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE
Decreto N 74/2020 Pag 1
Decreto N 75/2020 Pag 1
Decreto N 77/2020 Pag 2
Decreto N 78/2020 Pag 2
Decreto N 79/2020 Pag 3
Decreto N 81/2020 Pag 4
Decreto N 82/2020 Pag 4
Decreto N 83/2020 Pag 4
Decreto N 73/2020 Pag 5
Decreto N 76/2020 Pag 5

DECRETO Nº 74/2020
VISTO: La necesidad de reglamentar los procedimientos, para el uso del Servicio de Gobierno Electrónico de presentación de Declaraciones Juradas de Comercio e Industria, según lo indicado en la Ordenanza Nº 17 de Régimen de Clave Fiscal Municipal - Transferencia Electrónica de Datos, para el uso de Servicios de Gobierno Electrónico.
Y CONSIDERANDO:

Que la Empresa Program Consultores S.A. ha habilitado el Servicio de Presentación de Declaración Jurada de Comercio e Industria, dentro de los Servicios de Gobierno Electrónico.
Que se debe formular un marco normativo específico para este servicio.
Que significa un gran avance ampliando las posibilidades a los contribuyentes de la Tasa de Industria y Comercio, para hacer sus declaraciones juradas.
Que los contribuyentes deben suscribir el trámite mediante su Clave Fiscal Municipal y que el procedimiento de obtención de la misma ya esta reglamentado por el Decreto Nº 73 Procedimiento de Obtención de Clave Fiscal Municipal y Restablecimiento de Contraseña.
Que los contribuyentes, luego de confeccionada la presentación de la declaración jurada, de acuerdo a los rubros y métodos de cálculo que le correspondan, podrán emitir los comprobantes de pago desde el mismo servicio, para luego dirigirse a los lugares autorizados de cobranza.
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

El sistema permitirá imprimir tanto el Formulario de Declaración Jurada presentada, así como el comprobante de pago correspondiente.
Articulo: 4º Las disposiciones establecidas por la presente, entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Articulo: 5º Regístrese, publíquese y archívese.

DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE
LA CUMBRE, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE AUGUST DEL AÑO DOS
MIL VEINTE
FDO: EDGARDO HUGO JAUREGUI Secretario de Coordinación y Relaciones con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. / PABLO ALEJANDRO ALICIO Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 275204 - s/c - 18/09/2020 - BOE

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA

Articulo: 1º Se establece un régimen alternativo de presentación de DDJJ de Comercio e Industria, a través de la habilitación del servicio de Presentación de Declaración Jurada de Comercio e Industria, bajo el régimen de Clave Fiscal Municipal. El servicio está disponible en la página web creada a tal efecto.
Articulo: 2º En forma paralela, se mantiene en vigencia el régimen de presentación de declaraciones juradas en soporte papel, firmadas en su parte principal y anexos por el contribuyente, responsable o representante autorizado.
Articulo: 3º A los fines de efectuar la presentación de DDJJ mediante transferencia electrónica de datos, desde la página web que creada a tal efecto, los contribuyentes deberán solicitar con carácter previo su Clave Fiscal Municipal, conforme lo establecido en la legislación correspondiente.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

DECRETO Nº 75/2020
VISTO: La necesidad de reglamentar los procedimientos, para el uso del Servicio de Gobierno Electrónico de Consulta e Impresión de Deuda vía Internet, según lo indicado en la Ordenanza Nº 17 de Régimen de Clave Fiscal Municipal - Transferencia Electrónica de Datos, para el uso de Servicios de Gobierno Electrónico.
Y CONSIDERANDO:

Que la Empresa Program Consultores S.A. ha habilitado el Servicio de de Consulta e Impresión de Deuda vía Internet, dentro de los Servicios de Gobierno Electrónico.
Que se debe formular un marco normativo específico para este servicio.

Que con la finalidad de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones impositivas mediante la transferencia electrónica de datos, resulta necesario establecer los términos generales del procedimiento de consulta e impresión de deuda vía Internet.
Que con la posibilidad de que los contribuyentes puedan consultar la
1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/09/2020 - 5º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaysArgentine

Date19/09/2020

Page count6

Edition count1419

Première édition31/07/2018

Dernière édition04/05/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Septiembre 2020>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930